?Liberalizaci¨®n o monopolio?
El Parlamento tiene ahora la ocasi¨®n de debatir -en contra de la intenci¨®n inicial del Gobierno de Aznar- el Decreto Ley 5/1996, injustificada y pomposamente denominado "de medidas liberalizadoras en materia de suelo". El debate de este texto como proyecto de ley, fruto de la voluntad de la mayor¨ªa de los partidos pol¨ªticos, permite poner en evidencia algunas falacias sobre el mercado del suelo. El propio ministro de Fomento, con motivo de la presentaci¨®n del Decreto Ley en la C¨¢mara el pasado mes de junio, reconoci¨® la ineficacia de las medidas propuestas para abaratar el precio de la vivienda -a pesar de que ¨¦ste es uno de los objetivos explicitados en el texto-, y calific¨® la propuesta como un "peque?o anticipo" de la gran reforma futura de la Ley del Suelo.En s¨ªntesis, el proyecto de ley actualmente en tramitaci¨®n contiene dos importantes modificaciones de la legislaci¨®n hasta ahora en vigor. La primera consiste en eliminar la distinci¨®n entre suelo urbanizable no programado y suelo urbanizable programado. El efecto supuestamente deseado de esta medida ser¨ªa el de incrementar el suelo urbanizable con car¨¢cter inmediato, de acuerdo con el postulado "a m¨¢s suelo urbanizable, menor coste del suelo". La realidad es que en Espa?a no existe escasez de suelo urbanizable -hay suficiente como para construir tres veces el n¨²mero de viviendas que ser¨¢n demandadas en los pr¨®ximos 20 a?os-: lo que escasea es el suelo urbanizado, es decir, el suelo sobre el que ya se han producido decisiones concretas de inversi¨®n. Ah¨ª est¨¢ el ejemplo, muy significativo, de Madrid, en cuyo t¨¦rmino municipal hay suelo calificado como urbanizable programado para 60.000 viviendas, que no se ha desarrollado a pesar de la evidente demanda existente. ?Cabe esperar que se urbanice en mejores condiciones al haber aumentado la expectativa de edificabilidad en otras 70.000 viviendas en la revisi¨®n del PGOU?
La desaparici¨®n de la distinci¨®n entre suelo programado y no programado, por el contrario, genera al menos dos efectos indeseables: eleva artificialmente el valor legal, en proporci¨®n de uno a 10, de los suelos hasta ahora calificados como no programados, y otorga a sus propietarios mayor control sobre su desarrollo futuro, ya que elimina la posibilidad de competencia con terceros derivada del' sistema de concursos. De hecho, en lugar de "liberalizar" el mercado del suelo, el proyecto de ley incrementa el car¨¢cter de cuasi monopolio del mismo -para mayor satisfacci¨®n de los propietarios del suelo no programado- y sin garant¨ªa de aumento de suelos urbanizados.
La segunda medida aprobada por el Gobierno de Aznar se refiere a la reducci¨®n del porcentaje de cesi¨®n obligatoria de aprovechamiento urban¨ªstico (del 15% al 10%) destinado al patrimonio municipal de suelo, tambi¨¦n con la intenci¨®n te¨®rica de reducir su coste. Podr¨ªa entenderse como un gui?o cari?oso a CiU para acabar con el conflicto planteado en su momento por la diferencia existente entre la norma estatal y la norma catalana; pero hay que recordar que en Catalu?a, donde se aplica desde hace a?os la cesi¨®n del 10%, los precios del suelo no son inferiores a los del resto del territorio espa?ol. Por el contrario, esta medida supone reducir en un tercio la formaci¨®n de patrimonio municipal de suelo, obligatoriamente destinado a la construcci¨®n de viviendas protegidas (V. P. 0.) y que, en la pr¨¢ctica, ha permitido la edificaci¨®n de m¨¢s de 200.000 V. P. 0. acogidas al Plan de Vivienda 1992-1995. Y, en cualquier caso, PNV y Coalici¨®n Canaria (junto con el PSOE e IU) han presentado enmiendas para que se mantenga el 15%.
?D¨®nde est¨¢, pues, la supuesta liberalizaci¨®n del mercado del suelo impulsada por el Gobierno de Aznar en este proyecto de ley? Evidentemente, lo que se producir¨¢ -si el debate parlamentario no lo corrige- ser¨¢ un retroceso que favorece s¨®lo a los propietarios de suelo.
El Grupo Parlamentario Socialista present¨® una enmienda a la totalidad al mencionado proyecto de ley, coherente con un modelo de referencia absolutamente opuesto al del PP en esta materia y basado en experiencias concretas, posibles en el marco de la legislaci¨®n hasta ahora en vigor. En particular, se propone aumentar la competencia entre propietarios y empresarios del sector de la construcci¨®n, extendiendo el sistema de concurso a todo el suelo urbanizable, mediante un desarrollo de la Ley de Suelo de 1990 an¨¢logo al ya realizado en la Comunidad Aut¨®noma de Valencia. Es curioso que dicha normativa auton¨®mica, impulsada en su d¨ªa por el Partido Socialista, no haya sido modificada por el PP en la actual legislatura; la raz¨®n est¨¢ en los efectos satisfactorios de la misma, reconocidos por los empresarios valencianos y asumido por el PP regional.
El PSOE propone tambi¨¦n reforzar la utilizaci¨®n preferente de todo suelo p¨²blico -no s¨®lo municipal- para la construcci¨®n de viviendas protegidas. Parece oportuno, en un momento en el que se anuncian procesos generalizados de privatizaci¨®n de los patrimonios p¨²blicos, garantizar porcentajes suficientes -al menos el 50%- de suelo p¨²blico reservado para satisfacer las necesidades de vivienda de las familias de menores ingresos. Por supuesto, la enmienda a la totalidad fue rechazada por el PP y sus socios nacionalistas; no esper¨¢bamos su aprobaci¨®n, ya que ello supondr¨ªa la existencia de planteamientos radicalmente diferentes a los que, bajo el paraguas de la liberalizaci¨®n, inspiran el proyecto de ley. En cualquier caso, confiamos en que el debate sobre las enmiendas parcialmente mejore este texto y se eviten o reduzcan los efectos perniciosos antes se?alados.
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