Estrasburgo condena a Espa?a por el largo tr¨¢mite para extraditar a un brit¨¢nico
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dependiente del Consejo de Europa y con sede en Estrasburgo, dict¨® ayer una sentencia que condena a Espa?a, por duraci¨®n excesiva de la tramitaci¨®n de la extradici¨®n de un ciudadano brit¨¢nico, que permaneci¨® privado de libertad, por ese motivo, m¨¢s de cuatro a?os. El Estado espa?ol deber¨¢ indemnizarle con 3,6 millones de pesetas. Se trata de la octava condena contra Espa?a, desde que en 1981 acept¨® este tipo de reclamaciones individuales ante esta instancia europea.La sentencia declara, por unanimidad, que ha existido violaci¨®n de 1 art¨ªculo 5.3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en lo que se refiere a que "toda persona detenida preventivamente" tiene "derecho a ser juzgada en un plazo razonable, o a ser puesta en libertad durante el procedimiento". En cambio, el tribunal desestima la demanda, por ocho votos a uno, en lo relativo a la alegada vulneraci¨®n del art¨ªculo 5.1 ["derecho a la libertad"], dados los antecedentes del detenido, acusado de violar a una finlandesa cuando sobre ¨¦l pesaba una orden de busca y captura procedente de un tribunal de Birmingham.
El origen de este caso fue la detenci¨®n de Christopher lan Scott el 5 de marzo de 1990 en el Puerto de la Cruz (Tenerife). El 23 del mismo mes se inici¨® en la Audiencia Nacional un procedimiento de extradici¨®n, si bien la autoridad judicial estableci¨® que s¨®lo podr¨ªa ser entregado al Reino Unido, para juzgarle por parricidio, cuando hubiera cumplido la pena impuesta por violaci¨®n. En marzo de 1992 ya hab¨ªa cumplido tal condena, pero permaneci¨® en prisi¨®n por decisi¨®n judicial a la espera de que se resolviera sobre su extradici¨®n, hecho que se produjo el 21 de marzo de 1994, por lo que permaneci¨® privado de libertad m¨¢s de cuatro a?os, l¨ªmite m¨¢ximo de la prisi¨®n preventiva en Espa?a.
Riesgo de evasi¨®n
Desde la prisi¨®n, en noviembre de 1992, Scott pidi¨® el amparo del Tribunal Constitucional y, mientras se resolv¨ªa el recurso, solicit¨® que se le suspendiera provisionalmente la privaci¨®n de libertad. El alto tribunal rechaz¨® tal petici¨®n, por el riesgo de que pudiera eludir la acci¨®n de la justicia. En este punto, el Tribunal de Estrasburgo avala la decisi¨®n del Tribunal Constitucional, aunque no el retraso de la justicia espa?ola en resolver un caso de extradici¨®n contra una persona en prisi¨®n, especialmente cuando no se trataba de un caso complejo ni es imputable al demandante el retraso producido.Previamente a la sentencia del Tribunal de Estrasburgo, notificada ayer, la Comisi¨®n Europea de Derechos Humanos -¨®rgano que actua como filtro de las demandas dirigidas a la jurisdicci¨®n europea de derechos humanos- ya formul¨® su opini¨®n, coincidente, por amplia mayor¨ªa, con la manifestada ayer por el tribunal.
La sentencia hecha p¨²blica ayer es la octava contra Espa?a. La primera, de 1988, lo fue por vulneraci¨®n del derecho a un juicio justo de los acusados del asesinato del industrial catal¨¢n Jos¨¦ Mar¨ªa Bult¨®. La segunda, de 1989, por dilaciones indebidas en un proceso civil contra la empresa Sanders. La tercera, de 1992, por violaci¨®n de la libertad de expresi¨®n del ex senador de HB Miguel Castells, en unas declaraciones de 1979 sobre la guerra sucia contra ETA. La cuarta, de 1993, por falta de audiencia del Tribunal Constitucional al empresario Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos. Las tres ¨²ltimas sentencias contra Espa?a antes de la de ayer se produjeron el 9 de diciembre d¨¦ 1994. La m¨¢s importante de ellas conden¨® a Espa?a por desproteger la vida privada de la familia L¨®pez Ostra frente a los vertidos de una depuradora instalada en Lorca (Murcia).
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