lnterior endurece las normas que permiten a la polic¨ªa desnudar a los detenidos para cachearlos
Ministerio del, Interior ha decidido endurecer las normas sobre los cacheos que incluyan el desnudo integral de los detenidos. El viceministro de Seguridad, Ricardo Mart¨ª Flux¨¤, ha dictado una orden a la polic¨ªa y a la Guardia Civil se?alando que "¨²nicamente" se justificar¨¢ esta pr¨¢ctica cuando haya indicios de que el detenido oculta en su cuerpo o en sus ropas alg¨²n objeto con el qu¨¦ pudiera autolesionarse o atacar a los agentes. Tambi¨¦n se podr¨¢ obligar a los arrestados a desnudarse para "recuperar efectos, instrumentos o pruebas" que pudieran avalar su culpabilidad.
Mart¨ª Flux¨¢ ha dictado las normas que polic¨ªas y guardias civiles han de cumplir para los reconocimientos fisicos a los detenidos, sobre todo cuando suponen su desnudo integral.El defensor, del Pueblo Fernando ?lvarez de Miranda, dirigi¨® el pasado d¨ªa 13 un escrito a Mart¨ª Flux¨¤ para pedir que se aclare cu¨¢ndo y c¨®mo han de realizarse los cacheos.El viceministro se?ala que la pr¨¢ctica del desnudo integral a los detenidos "cuenta con escasa regulaci¨®n". S¨®lo hay confusas referencias en el art¨ªculo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en el 19 de la ley Corcuera.Esos textos "no permiten saber cu¨¢ndo y de qu¨¦ modo es posible acudir a este tipo de registro", dice Interior.Los cacheos deben someterse a los requisitos siguientes:
Primero. La pr¨¢ctica del desnudo integral en el cacheo deber¨¢ acordarse por el funcionario policial responsable del ingreso en los calabozos del detenido y bajo su responsabilidad.
Segundo. La determinaci¨®n de la intensidad del cacheo y, en su caso, del desnudo integral del detenido, ¨²nicamente podr¨¢ justificarse en raz¨®n d¨¦ la protecci¨®n de la integridad del propio detenido, as¨ª como de la de los funcionarios o de otras personas que se encuentren pr¨®ximas, o bien con el objeto de recuperar los efectos, instrumentos o pruebas que razonablemente pudiera aportar y pudieran servir de base para determinar su culpabilidad.
Tercero. La resoluci¨®n deber¨¢ motivarse de forma sucinta, aunque suficiente, por el funcionario responsable.La medida de registro personal ( ... ) s¨®lo podr¨¢ efectuarse dependiendo de las circunstancias de la detenci¨®n, naturaleza del hecho delictivo, actitud del detenido u otras circunstancias debidamente valoradas por el responsable policial.
Cuarto. La pr¨¢ctica de este registro deber¨¢ efectuarse en sala pr¨®xima o inmediata a los calabozos por los funcionarios que asuman la custodia del detenido, participando si es posible los que hayan efectuado la detenci¨®n y respetando. la intervenci¨®n de agentes masculinos o femeninos, seg¨²n el sexo del detenido.
Quinto. La pr¨¢ctica del desnudo integral de detenidos ( ... ) deber¨¢ hacerse constar en el Libro-Registro de Detenidos.
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