C¨®digo deontol¨®gico o C¨®digo Penal
El autor cree que los medios de comunicaci¨®n necesitan mecanismos de autocontrol que garanticen su compromiso ¨¦tico
Con la creaci¨®n de un Consejo de Garant¨ªas de la Informaci¨®n para velar por el cumplimiento de los principios ¨¦ticos del periodismo y resolver las quejas de los ciudadanos sobre los contenidos informativos, el Colegio de Periodistas de Catalu?a se ha dotado del primer C¨®digo de Deontolog¨ªa del Periodismo existente en Espa?a. Por la potencia y alcance que les dan las nuevas tecnolog¨ªas de la informaci¨®n, los medios de comunicaci¨®n se encuentran en la encrucijada donde confluyen el dinero, la imagen y el poder. Con frecuencia, la informaci¨®n es tratada desde los medios de comunicaci¨®n como mera mercanc¨ªa para ganar audiencia, publicidad y dinero, y tambi¨¦n a veces como poder pol¨ªtico para crear una opini¨®n p¨²blica favorable o contraria a los poderes del Estado. En la sociedad de la informaci¨®n en la que nos encontramos, de los medios de comunicaci¨®n depende en gran parte la existencia de una opini¨®n p¨²blica plural e independiente, requisito indispensable para el desarrollo de la vida p¨²blica, y la plenitud del sistema democr¨¢tico. Adem¨¢s, los medios de comunicaci¨®n, y principalmente la televisi¨®n por su utilizaci¨®n masiva, son factores decisivos para la formaci¨®n y la cultura de los ciudadanos. Dada la importancia decisiva de los medios de comunicaci¨®n, es necesario preservar el ejercicio del periodismo de las presiones externas tanto de los poderes pol¨ªticos, como de los intereses de los poderes econ¨®micos. El problema es que la soluci¨®n no es nada f¨¢cil, ya que en la actividad period¨ªstica hay que garantizar al mismo tiempo dos derechos fundamentales recogidos en todas las Constituciones europeas y que son a veces dif¨ªciles de conciliar: la libertad de expresi¨®n de editores y periodistas y el derecho los ciudadanos a recibir informaciones veraces y opiniones ¨¦ticas. Es un doble reto que debe hacerse compatible simult¨¢neamente y que no se puede olvidar para acertar en la elecci¨®n de las normas obligatorias m¨¢s adecuadas aplicables al periodismo. Si el control fuese principalmente Jur¨ªdico podr¨ªa encorsetar, sofocar obstaculizar la propia libertad de expresi¨®n, ya que, el derecho, por definici¨®n, supone un, heterocontrol ajeno a los propios medios de comunicaci¨®n que se ejerce y se impone con coacci¨®n y rigidez. Por tanto, parece m¨¢s adecuado establecer un control asumido desde el interior de los medios y que se ejerza como autocontrol ¨¦tico. En definitiva, en relaci¨®n con los contenidos de la informaci¨®n, es preferible aplicar un m¨¢ximo ¨¦tico y un m¨ªnimo jur¨ªdico. Sin embargo, ¨¦sta s¨®lo ser¨¢ una soluci¨®n v¨¢lida a condici¨®n de que los compromisos y la responsabilidad ¨¦tica se asuman p¨²blicamente, porque la ¨¦tica de los medios de comunicaci¨®n debe concebirse como una ¨¦tica social y p¨²blica, ya que los medios de comunicaci¨®n, sean p¨²blicos o privados, ejercen claramente una funci¨®n p¨²blica, por eso no es admisible afirmar que el ejercicio del periodismo queda reducido a una relaci¨®n privada entre los emisores, los medios de comunicaci¨®n y los receptores, los ciudadanos como personas individuales, porque tanto la libertad de expresi¨®n como el derecho a la informaci¨®n son derechos fundamentales que afectan al mismo tiempo a la ra¨ªz misma de la persona y al desarrollo de la sociedad y de la vida social.Para que este compromiso ¨¦tico sea efectivo se necesita adem¨¢s la existencia de mecanismos u ¨®rganos de autocontrol que garanticen su cumplimiento y que, en su caso, impongan las sanciones adecuadas. Son los tres requisitos que, de acuerdo con el Consejo de Europa, son indispensables para que existan verdaderos c¨®digos deontol¨®gicos del periodismo, para que el autocontrol ¨¦tico sea verdaderamente eficaz y para que la apelaci¨®n a la ¨¦tica no se reduzca a su utilizaci¨®n como mera est¨¦tica. En un momento en que algunos medios de comunicaci¨®n pretenden convertirse en poderes p¨²blicos aut¨®nomos sin ning¨²n control ni jur¨ªdico ni ¨¦tico, en que en el ejercicio del periodismo se confunde informaci¨®n, opini¨®n y publicidad, en que el deterioro cultural, principalmente en la televisi¨®n, es constante, la creaci¨®n en Catalu?a de un Consejo de la Informaci¨®n debe celebrarse como un paso importante para mantener o recuperar la credibilidad de los medios de comunicaci¨®n y la dignidad de la profesi¨®n period¨ªstica, factores indispensables para el desarrollo democr¨¢tico. Es lamentable que el acto de constituci¨®n de este Consejo no haya tenido al d¨ªa siguiente la m¨¢s m¨ªnima rese?a en un peri¨®dico de Madrid de ¨¢mbito nacional. Pese a algunas deficiencias notables en el Consejo Catal¨¢n de la Informaci¨®n, como la escasa presencia de los propietarios de las empresas informativas o la falta de garant¨ªas de la publicidad de los dict¨¢menes emitidos, que servir¨ªa a los ciudadanos como bar¨®metro de la credibilidad de los medios de comunicaci¨®n y de los periodistas, el ejemplo catal¨¢n debe servir de acicate para que desde la Federaci¨®n y asociaciones de prensa se agilicen los trabajos que se est¨¢n desarrollando para la creaci¨®n de un organismo de autocontrol ¨¦tico con atribuciones sobre toda la profesi¨®n period¨ªstica espa?ola. La aprobaci¨®n por el Parlamento del prometido Consejo Superior de lo Audiovisual completar¨¢ las garant¨ªas ¨¦ticas y tambi¨¦n jur¨ªdicas de los contenidos informativos. Si no se asume por los medios, editores y periodistas, el m¨¢ximo ¨¦tico del autocontrol a trav¨¦s de la aprobaci¨®n de aut¨¦nticos c¨®digos deontol¨®gicos, la indefensi¨®n en que se encuentran los ciudadanos ante los reiterados abusos en el ejercicio del periodismo servir¨¢ de coartada para que se solicite la imposici¨®n de un m¨¢ximo jur¨ªdico, a trav¨¦s de la aplicaci¨®n del C¨®digo Penal, a los contenidos informativos, con las graves consecuencias previsibles para la libre expresi¨®n.
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