El Supremo rechaza el ¨²ltimo recurso de Perote para evitar sentarse en el banquillo
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo desestim¨® ayer el recurso de casaci¨®n interpuesto por el coronel Juan Alberto Perote. Era el ¨²ltimo intento del ex jefe de la Agrupaci¨®n Operativa del Cesid para evitar sentarse en el banquillo acusado de un presunto delito de revelaci¨®n de secretos por el que el fiscal le pide 10 a?os de c¨¢rcel. Perote pretend¨ªa que su causa pasase a la jurisdicci¨®n ordinaria y, en particular, al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garz¨®n. La decisi¨®n del Supremo supone la inmediata apertura de la fase de juicio oral contra el antiguo agente secreto.
En una sentencia dictada ayer, la Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo desestima el recurso de casaci¨®n interpuesto por Jes¨²s Santaella, abogado de Perote, quien pretend¨ªa que la causa contra su cliente pasase a la jurisdicci¨®n ordinaria, impidiendo as¨ª la apertura de juicio oral en el Tribunal Militar Central. Se trataba, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, del ¨²ltimo de los recursos posibles contra un sumario, el 1/02/95, abierto contra el ex agente secreto el 18 de junio de 1995, cuando fue detenido en su domicilio acusado de la sustracci¨®n de 1.245 microfichas que contienen los llamados papeles del Cesid.El recurso, denominado t¨¦cnicamente declinatoria de jurisdicci¨®n, fue planteado por Santaella en noviembre del a?o pasado y produjo la suspensi¨®n de la causa cuando el sumario ya estaba terminado y las partes hab¨ªan presentado sus conclusiones provisionales: petici¨®n de 10 a?os de c¨¢rcel, por parte del fiscal, y absoluci¨®n, por parte de la defensa.
Tras la sentencia del Supremo, el Tribunal Militar Central proceder¨¢ a la apertura inmediata de la fase de juicio oral, que concluye con la celebraci¨®n de la vista p¨²blica. Antes de que el juicio propiamente dicho tenga lugar, el tribunal deber¨¢ determinar qu¨¦ pruebas acepta y proceder a su pr¨¢ctica.
Cuatro "papeles del Cesid"
El defensor de Perote, seg¨²n fuentes pr¨®ximas a la causa, ha pedido, una larga serie de pruebas, mientras que el fiscal se ha limitado a unas pocas. La m¨¢s importante es la incorporaci¨®n a la causa de los cuatro papeles del Cesid que le fueron intervenidos a Perote en su celda de la prisi¨®n de Alcal¨¢ de Henares (Madrid) durante el registro que realiz¨® el juez militar el pasado 27 de junio.Estos cuatro papeles -entre ellos, un documento de la OTAN que Perote intent¨® tragarse durante el registro- son la principal prueba de cargo contra ¨¦l, pues demuestran, en contra de lo que siempre ha mantenido, que hizo copias de las microfichas que se llev¨® del Cesid en noviembre de 1991 y devolvi¨® dos meses despu¨¦s.
La fecha del juicio contra el ex directivo del servicio secreto depender¨¢ de lo que se demore la pr¨¢ctica de las pruebas pero, en todo caso, seg¨²n las fuentes consultadas, debe celebrarse antes del verano.
El proceso contra Perote est¨¢ inmerso en una carrera contrarreloj, ya que la batalla jur¨ªdica se juega simult¨¢neamente en otros dos tribunales: el Constitucional y la Sala Tercera del Supremo.
El Tribunal Constitucional, que en enero deneg¨® la excarcelaci¨®n cautelar de Perote, debe resolver en breve si queda en libertad provisional por haber sobrepasado el tiempo de prisi¨®n preventiva. Ello depender¨¢ de si contabiliza o no el periodo que pas¨® en arresto domiciliario, entre el 15 de julio y el 29 de septiembre de 1995.
Por su parte, la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que examin¨® la semana pasada los papeles del Cesid, tiene que decidir si el contenido de las microfichas afecta o no a la seguridad nacional. Una sentencia desclasificatoria por parte de la Sala Tercera llevar¨ªa a exonerar a Perote del delito de revelaci¨®n de secretos relativos a la seguridad y defensa nacional, por el que est¨¢ procesado.
La Sala Quinta evit¨® ayer pronunciarse sobre este asunto, por no ser "el momento procesal'' adecuado, pero s¨ª advirti¨® que, cuando el defensor de Perote pide que su caso se traslade a la jurisdicci¨®n ordinaria, por serle de aplicaci¨®n el art¨ªculo 598 del C¨®digo Penal y no el 53 del C¨®digo Penal Militar, est¨¢ admitiendo, "se supone que en t¨¦rminos hipot¨¦ticos", que los documentos sustra¨ªdos afectan a la seguridad nacional, ya que el contenido de ambos art¨ªculos es el mismo y la aplicaci¨®n de uno u otro depende s¨®lo de que su autor sea o no militar.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.