Hacia un plan interno de estabilidad
EL CONSEJO de Ministros decidi¨® ayer presentar recursos de inconstitucionalidad contra las subidas salariales de los funcionarios en el Pa¨ªs Vasco y Asturias, un recurso contencioso contra el Gobierno foral navarro y 17 recursos contenciosos contra otros tantos ayuntamientos por la misma raz¨®n. Entiende el Gobierno que, una vez decidida la con relaci¨®n salarial de los funcionarios como uno de los instrumentos decisivos de su pol¨ªtica econ¨®mica -en este caso, encaminada a la reducci¨®n del d¨¦ficit del sector p¨²blico-, las comunidades aut¨®nomas y los ayuntamientos deben secundarla.Ni que decir tiene que el argumento del Gobierno es correcto y debe ser apoyado. Otra cosa es el procedimiento que se utiliz¨® para imponer esa congelaci¨®n, que fue analizado y cuestionado en su d¨ªa por la ausencia previa de negociaci¨®n. Pero hoy no es de recibo que, debiendo soportar el pa¨ªs en su conjunto un esfuerzo de recorte del gasto p¨²blico -que implica congelaciones dr¨¢sticas del sueldo para los funcionarios de la Administraci¨®n central-, los funcionarios al servicio de las comunidades aut¨®nomas o de los ayuntamientos puedan elevar sus sueldos. Por este procedimiento se est¨¢ creando un agravio comparativo, y ¨¦ste es en s¨ª mismo ya un argumento suficiente como para rechazar de plano el ajuste selectivo de los sueldos. No puede sostenerse durante mucho tiempo una distribuci¨®n salarial en la que la fijaci¨®n de los salarios p¨²blicos sea discreci¨®n de cada autonom¨ªa o cada ayuntamiento.
De hecho, las diferencias actuales entre los salarios de la Administraci¨®n central y los de las Administraciones aut¨®nomas ya se prestan a numerosos agravios y situaciones potencialmente conflictivas. Tal es el caso de los m¨¦dicos de la sanidad p¨²blica de Catalu?a y de la Comunidad Valenciana, cuyos salarios son m¨¢s elevados que los correspondientes a la Administraci¨®n central. Como regla general, seg¨²n los expertos consultados, se aprecia que los salarios auton¨®micos tienden a ser superiores, en t¨¦rminos generales, a los salarios del Estado central. Estas diferencias son un caldo de cultivo para conflictos potenciales y generan hostilidad hacia los sistemas de financiaci¨®n m¨¢s descentralizados o que implican mayor corresponsabilidad impositiva.
En todo caso, el Gobierno central deber¨ªa plantear con cierta urgencia un plan de estabilidad interna que permita comprometer a las comunidades aut¨®nomas en el cumplimiento de los objetivos de convergencia. En este caso, tampoco es necesario inventar nada. La analog¨ªa con ¨¦l Gobierno federal alem¨¢n para involucrar a sus l?nder y municipios en la correcci¨®n de las finanzas p¨²blicas, repartiendo las sanciones que resulten del incumplimiento de Maastricht entre el Gobierno y los Estados, puede ser perfectamente admisible, aunque existan diferencias anal¨ªticas. Desafortunadamente, en el momento actual, el grado de compromiso de algunas autonom¨ªas y municipios espa?oles con la estabilidad presupuestaria no rebasa las declaraciones verbales de adhesi¨®n, y una aquiescencia con las grandes declaraciones de principios de efectos pr¨¢cticos dudosos. La situaci¨®n real hoy es de una desconexi¨®n preocupante entre los intereses de la pol¨ªtica econ¨®mica del Estado y las exigencias de algunas Administraciones perif¨¦ricas, m¨¢s volcadas hacia la reivindicaci¨®n pol¨ªtica, que, ineludiblemente, lleva a un crecimiento del gasto. Dif¨ªcilmente se puede implicar a las autonom¨ªas o a los ayuntamientos en los objetivos de inflaci¨®n, control de deuda o de d¨¦ficit p¨²blico cuando la simple informaci¨®n estad¨ªstica sobre estas magnitudes ni est¨¢ unificada ni se transmite al Gobierno; y cuando se consigue trasladar es con numerosos retrasos o errores. Tarde o temprano, el Gobierno tendr¨¢ que afrontar el problema de la implicaci¨®n auton¨®mica y municipal en Maastricht; y cuanto m¨¢s tarde en hacerlo, m¨¢s dif¨ªcil ser¨¢ alcanzar una vertebraci¨®n satisfactoria.
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