Globos pinchados
El BOE de 26 de febrero pasado publicaba la orden del ministro de Econom¨ªa y Hacienda de 24 de febrero de 1997 por la que se declara lesiva a los intereses p¨²blicos la resoluci¨®n del Tribunal Econ¨®mico-Administrativo Central de 16 de diciembre de 1996. El se?or Rato y Figaredo, aunque parezca sorprendente, rectificaba as¨ª formalmente la posici¨®n del Gobierno y sus propias declaraciones en relaci¨®n a la presunta prescripci¨®n de 600 expedientes y la consiguiente p¨¦rdida de 200.000 millones de pesetas. En efecto, esta orden, contradiciendo la posici¨®n mantenida hasta esa fecha por el se?or Aznar, el se?or Rato y los miembros del PP, mantiene que la prescripci¨®n de los expedientes no se ha producido. Pero lo m¨¢s importante, con serlo, no es s¨®lo que el ministro finalmente haya reconocido lo que todo el mundo ya sab¨ªa, sino adem¨¢s que considere que la resoluci¨®n del Tribunal Econ¨®mico-Administrativo Central que establec¨ªa lo contrario incurre en infracci¨®n del ordenamiento jur¨ªdico y es lesiva a los intereses p¨²blicos y, en consecuencia, se proponga impugnarla ante la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa.Todos debemos alegrarnos de que el actual ministro de Econom¨ªa haya llegado ?por fin! a esta conclusi¨®n y que, adem¨¢s, est¨¦ dispuesto a defenderla ante los tribunales. Como luego dir¨¦, s¨®lo falta que el discurso pol¨ªtico se acomode a lo que se afirma en el BOE.
Con est¨¢ orden hay que dar por concluida la segunda versi¨®n de la campa?a de acusaciones a los Gobiernos anteriores que, fundamentada en la proclamada prescripci¨®n, de algunos expedientes, se iniciaba por el Gobierno y el PP el 14 de enero.
Como se recordar¨¢, en su primera versi¨®n, la campa?a se centr¨® en tomo a la acusaci¨®n de una "amnist¨ªa fiscal encubierta" producida por la prescripci¨®n de 600 expedientes debido a irregularidades y retrasos en la actuaci¨®n de la inspecci¨®n atribuibles a los Gobiernos socialistas, a la que r¨¢pidamente se le dio el aspecto de prevaricaci¨®n al a?adirse que dicha "amnist¨ªa" se produjo precisamente en beneficio de determinados "amiguetes" del partido socialista. Acusaci¨®n gruesa a la que el propio presidente del Gobierno, el se?or Aznar, dio solemnidad y refrendo a trav¨¦s de la radio y la televisi¨®n p¨²blicas.
Como ha se?alado P. Solbes en estas mismas p¨¢ginas, esta versi¨®n se vino abajo r¨¢pidamente cuando se puso de manifiesto que no exist¨ªa jurisprudencia reiterada del Tribunal Supremo que permitiera fundamentar la prescripci¨®n que el Gobierno predicaba; cuando qued¨® claro que era imposible que alguien pudiese saber a qui¨¦n se refer¨ªan los expedientes sin que alg¨²n responsable de Hacienda hubiera faltado gravemente a su secreto profesional; cuando los propios funcionarios afectados por las acusaciones vertidas negaron la prescripci¨®n y la "amnist¨ªa encubierta" y, por supuesto, que hubieran recibido cualquier tipo de instrucci¨®n pol¨ªtica contraria a la legalidad o los intereses de la Hacienda p¨²blica. Y, sobre todo, cuando el secretario de Estado de Hacienda, inicial actor de esta farsa, reconoc¨ªa p¨²blicamente que no exist¨ªan pruebas de que los expedientes se paralizaran por una decisi¨®n pol¨ªtica y fue incapaz de aportar a la Comisi¨®n de Econom¨ªa y Hacienda un solo indicio de prueba en esta direcci¨®n.
A pesar de ello, la campa?a no se extingui¨®, sino que se recompuso. Arrumbada la acusaci¨®n de prevaricaci¨®n, la nueva versi¨®n se centr¨® en un aspecto aparentemente t¨¦cnico, referido a la gesti¨®n de los anteriores responsables pol¨ªticos de la Administraci¨®n Tributaria.
La formulaci¨®n m¨¢s acabada de esta segunda versi¨®n tuvo lugar precisamente durante la comparecencia del secretario de Estado de Hacienda, se?or Costa, ante la Comisi¨®n de Econom¨ªa y Hacienda del Congreso el pasado 29 de enero, y se basaba en dos pilares: dar como hecho cierto la prescripci¨®n de los expedientes y entender que la misma se produjo por la actuaci¨®n negligente e insuficiente de los anteriores responsables de la Administraci¨®n tributaria.
Aunque, como se ha dicho antes, en esa fecha ya se hab¨ªa puesto claramente de manifiesto que no era posible alegar la existencia de jurisprudencia reiterada que m¨ªnimamente permitiese sostener la prescripci¨®n de los expedientes, el secretario de Estado, en su comparecencia, afirm¨® 34 veces su existencia apoy¨¢ndose en un concepto voluntariamente elusivo y sin relevancia jur¨ªdica como "el criterio de los ¨®rganos jurisdiccionales", concluyendo con palabras tan contundentes como ¨¦stas: "... La realidad, guste o no, es que de acuerdo con los criterios de los ¨®rganos jurisdiccionales, en estos momentos han prescrito importantes derechos econ¨®micos de la Hacienda p¨²blica". Para fundamentar la acusaci¨®n de negligencia se elev¨® a posici¨®n general del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda lo dicho en una resoluci¨®n de la Direcci¨®n General de Tributos de 1991, sin tener en cuenta que hab¨ªa sido dictada a otro efecto y con manifiesto desprecio del hecho de que la posici¨®n un¨¢nime de toda la Administraci¨®n tributaria ha sido siempre la contraria a la contenida en ella.
Pues bien, aunque ya en la comparecencia del secretario de Estado, la oposici¨®n y alguno de los grupos parlamentarios que apoyan al Gobierno pusieron claramente de manifiesto la inconsistencia t¨¦cnica y pol¨ªtica de esta segunda versi¨®n, ahora la orden ministerial que suscribe el se?or Rato le acaba de dar el golpe de gracia, ya que, en contra de todo lo hasta ahora manifestado, considera que "ni en el ¨¢mbito administrativo ni en la esfera judicial existe uniformidad de criterio", por lo que, tras las oportunas consideraciones jur¨ªdicas, es forzoso llegar a una conclusi¨®n t¨¦cnica contraria a la prescripci¨®n de los expedientes. Posici¨®n que, como se sabe, ha sido la mantenida siempre por la Administraci¨®n tributaria, precisamente en defensa de los intereses econ¨®micos de la Hacienda p¨²blica.
?C¨®mo es posible un cambio tan radical de posiciones, se preguntar¨¢ el lector incr¨¦dulo? Sin duda, en primer lugar, porque la posici¨®n de la prescripci¨®n era indefendible. Pero adem¨¢s, quiz¨¢ tenga algo que ver con el giro apreciado el que el 28 de enero, un d¨ªa antes de la comparecencia del secretario de Estado en la Comisi¨®n de Econom¨ªa del Congreso la Direcci¨®n General del Servicio Jur¨ªdico del Estado emiti¨®, a solicitud del director de la Agencia Tributar¨ªa, un informe con el que la propia orden se considera conforme y que, por lo que se deduce mantiene un punto de vista no coincidente con las posiciones reiteradas de Costa y Rato acerca de la prescripci¨®n.
Hasta aqu¨ª algunos hechos, de los que se siguen varias preguntas: si no hay actuaci¨®n delictiva, ni prevaricaci¨®n, ni cohecho, ni instrucciones pol¨ªticas, ni favorecimiento de amigos y "amiguetes" del PSOE, ?por qu¨¦ se hacen esas gruesas y calumniosas afirmaciones que no se pueden sostener? ?El se?or Aznar pedir¨¢ disculpas al PSOE alguna vez por lo que dijo ante la radio y la televisi¨®n p¨²blicas o habr¨¢ que recordarle permanentemente que minti¨® a los espa?oles?
Pero, si tampoco existe la prescripci¨®n de los expedientes, como solemnemente reconoce el se?or Rato en el BOE del 26 de febrero pasado, ?de qu¨¦ estamos discutiendo? Para la perplejidad del lector, la cuesti¨®n no ha terminado. La capacidad de mantener dos discursos radicalmente contrarios de modo simult¨¢neo ha sido ampliamente acreditada por el se?or Rato, y no por cierto en nombre de la dial¨¦ctica, sino en el m¨¢s puro estilo sofista. As¨ª, tras dejar escrito en el BOE que "ni en el ¨¢mbito administrativo ni en la esfera judicial existe uniformidad de criterio" (26 de febrero), el se?or Rato afirmaba con pasi¨®n en el Congreso de los Diputados unos d¨ªas despu¨¦s que el criterio de la prescripci¨®n es el mantenido por los tribunales de justicia no s¨®lo de forma mayoritaria, sino "ya de forma un¨¢nime" (12 de marzo de 1997).Que esto sea dif¨ªcilmente conciliable con la l¨®gica -o con el pudor intelectual- es lo de menos. De lo que se trata es de salir bien de una ci¨¦naga en la que, por tratar de meter a la oposici¨®n, se ha zambullido tambi¨¦n el Gobierno.
Lo malo es que para que el Gobierno salga bien pol¨ªticamente de este asunto tiene que ir mal para los intereses de la Hacienda p¨²blica. Esto es, cuanto m¨¢s pierda la Hacienda en los pleitos planteados frente a los presuntos defraudadores, menos incre¨ªble resultar¨¢ la posici¨®n del Gobierno. Un panorama nada halag¨¹e?o para los intereses generales, que resultan estar defendidos por quien tiene manifiesto inter¨¦s pol¨ªtico en que se declare prescrito el derecho de la Hacienda p¨²blica a cobrar la deuda liquidada. Como la discusi¨®n va a seguir, bueno ser¨¢ saber d¨®nde estamos. Es estos d¨ªas se acaba de iniciar formalmente la tercera fase de la campa?a. Sino hay delitos, ni hay prescripci¨®n... al menos deber¨¢ haber negligencia. Para ello, los actuales responsables no han dudado ni en preparar informes ad hoc ni en avanzar conclusiones tendenciosas. Contar¨¢n a su favor con un dato: no hay una instituci¨®n perfecta, y por mucho que haya avanzado en su eficacia la Agencia Tributaria -como lo ha hecho en estos a?os pasados-, siempre estar¨¢ en el mundo de lo razonablemente mejorable. Lo que tampoco servir¨¢ para probar nada m¨¢s que lo que ya sabemos: que el futuro puede ser mejor que el pasado. Aunque nada: asegure que as¨ª lo sea, y menos al paso que vamos.
Por ahora, lo ¨²nico cierto es el coste que este experimento ha su puesto ya para la credibilidad del Gobierno, para sus apoyos pol¨ªticos, para la honorabilidad de los anteriores responsables de la Administraci¨®n tributaria, para la propia Hacienda p¨²blica, para todos los funcionarios que con su esfuerzo han sabido construir la Administraci¨®n tributar¨ªa moderna y eficaz que hoy tenemos, y sobre todo para los ciudadanos, que han tenido que contemplar con estupor a un Gobierno democr¨¢tico actuando como lo ha hecho el actual en este asunto.
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