Admitida a tr¨¢mite la demanda de Sogecable contra Campmany y Cacho
El Juzgado de lo Civil n¨²mero 64 de Madrid ha admitido a tr¨¢mite una demanda presentada por la empresa Sogecable (propietaria de Canal +1) contra el director de la revista ?poca, Jaime Campmany, el periodista Jes¨²s Cacho y Difusora de Informaci¨®n Peri¨®dica, SA (la editora de dicha revista) por imputarle iregularidades contables desde 1989.
La demanda fue anunciada por Sogecable el pasado 21 de febrero, tras la publicaci¨®n de las primeras informaciones en las que se acusaba de irregularidades a la empresa propietaria de Canal +.Tres d¨ªas despu¨¦s de ese anuncio, Jaime Campinany denunci¨® a Sogecable ante la Audiencia Nacional. La revista ?poca asegur¨® que hab¨ªa realizado esa denuncia despu¨¦s de conocer la intenci¨®n de Sogecable de demandarle.
La acci¨®n judicial de Sogecable fue anunciada despu¨¦s de que ?poca publicara el pasado 17 de febrero un art¨ªculo en el que acusaba a Canal + y a su empresa propietaria de enmascarar su situaci¨®n financiera y "haber vivido inmersa en una grave irregularidad contable".
Sogecable desminti¨® tales imputaciones y record¨® que siempre ha devuelto el dinero a los abonados que se han dado de baja y, adem¨¢s, "los balances de la compa?¨ªa, aprobados por su Consejo de Administraci¨®n y convenientemente auditados, son p¨²blicos y avalan la solvencia de la empresa". La sociedad propietaria de Canal + recurri¨® a los tribunales al considerar que "las mentiras del Sr. Cacho, tendentes a desacreditar el buen nombre de la compa?¨ªa y a difamar a sus administradores, han generado un da?o considerable a los intereses comerciales de la empresa".
Sobre esta demanda contra ?poca y Jes¨²s Cacho, pese a haber sido admitida a tr¨¢mite, prevalece el procedimiento penal que se abri¨® en la Audiencia Nacional contra los miembros del Consejo de Administraci¨®n de Sogecable.
Otra querella
Por otro lado, el abogado Manuel Murillo present¨® ayer una nueva querella contra los miembros del Consejo de Administraci¨®n de Sogecable y el socio auditor de Arthur Andersen, Jos¨¦ Antonio Rodr¨ªguez Gil. Esta querella, formalizada en nombre de dos abonados a Canal +, ha sido presentada por el mismo letrado que defiende a Francisco ?lvarez, ex mando ¨²nico de la lucha contraterrorista, y al comisario An¨ªbal Mach¨ªn, ambos procesados en el caso GAL.El contenido de la nueva querella es similar a la denuncia que en su d¨ªa present¨® el director de ?poca, Jaime Campmany, o la querella que acto seguido interpuso el ex abogado Javier Sainz Moreno. Y los supuestos delitos que figuran en ella son los mismos a los que se refer¨ªan los citados escritos: apropiaci¨®n indebida y falsedad de documentos.
En la querella, Murillo solicita de entrada la prisi¨®n provisional para el presidente de PRISA y de Sogecable, Jes¨²s de Polanco, y para el consejero delegado de ambas sociedades, Juan Luis Cebri¨¢n.
Seg¨²n la agencia Servimedia, Murillo no quiso pronunciarse sobre los rumores que han circulado acerca de que detr¨¢s de esa iniciativa, est¨¦n personas como Pablo Sebasti¨¢n o Antonio Garc¨ªa Trevijano, ambos columnistas habituales del diario El Mundo. Murillo admiti¨® a EL PA?S que Garc¨ªa Trevijano puede ser "amigo de sus clientes", Inmaculada Alvarez Murillas y Antonio Rivas P¨¦rez; pero a?adi¨® que desconoc¨ªa qui¨¦n les hab¨ªa aconsejado que le eligies en a ¨¦l como abogado.
Murillo fue dirigente del PSOE hist¨®rico y en la actualidad ejerce la acusaci¨®n en el caso Banesto en representaci¨®n del sindicato UGT.
Por otra parte, el juez Javier G¨®mez de Lia?o confirm¨® ayer que se considera competente para instruir las diligencias contra Sogecable, al desestimar un recurso de los abogados de esta empresa. El magistrado no aprecia la argumentaci¨®n de Sogecable, que se?alaba que, en el caso hipot¨¦tico de que hubiera habido un perjuicio, ¨¦ste no ser¨ªa superior a 20.000 pesetas por abona do, por lo que, en todo caso, se habr¨ªa cometido una falta continuada y no un delito.
G¨®mez de Lia?o se apoya en una resoluci¨®n del Supremo para sostener que "la competencia de la Audiencia Nacional viene determinada por una doble v¨ªa: en primer lugar las grandes defraudaciones que, sin tener en cuenta su diseminaci¨®n por el territorio nacional, producen una grave incidencia sobre la seguridad del tr¨¢fico y un perjuicio de entidad en la econom¨ªa nacional"; y en segundo lugar, la posibilidad de que se haya producido "un perjuicio patrimonial en una generalidad de personas que residan en el territorio de m¨¢s de una Audiencia".
Lia?o no ha apreciado el hecho de que conste en el juzgado una p¨®liza de seguros que acreditar¨ªa la ausencia de perjuicios.
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