La Audiencia aplaza el traslado de la fiscal M¨¢rquez hasta ver si lo ejecuta o lo suspende
La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha admitido a tr¨¢mite el recurso de la fiscal Mar¨ªa Dolores M¨¢rquez de Prado contra su traslado forzoso acordado por el Ministerio de Justicia. El tribunal ha dispuesto que la fiscal M¨¢rquez permanezca en la Audiencia hasta que los magistrados examinen si suspenden su traslado hasta la resoluci¨®n del fondo del recurso.
El recurso contencioso de la fiscal ha sido admitido a tr¨¢mite apenas 24 horas despu¨¦s de su presentaci¨®n, y en la misma resoluci¨®n, el tribunal acuerda formar una "pieza separada" para examinar la suspensi¨®n del traslado, solicitado por la fiscal.El tribunal admite tambi¨¦n la solicitud de la fiscal de no tener que abandonar la Audiencia hasta que el propio tribunal examine si ejecuta el traslado o lo suspende, decisi¨®n que, en principio, no deber¨ªa demorarse m¨¢s de un par de semanas.
La suspensi¨®n previa al examen de la pieza de suspensi¨®n se ha acordado "a los efectos previstos en la sentencia del Tribunal Constitucional 78/1996 de 20 de mayo, seg¨²n la cual, la Administraci¨®n debe esperar a que por el tribunal se adopte la correspondiente resoluci¨®n sobre dicha solicitud, antes de ejecutar el acto impugnado".
Fuentes de la Audiencia Nacional explicaron que la de ayer es una de las medidas "cautelar¨ªsimas" aceptadas por el Constitucional para evitar resultados irreversibles. La tramitaci¨®n tan lenta de las piezas de suspensi¨®n provocaba con frecuencia que cuando se acordaba la suspensi¨®n, el acto administrativo ya se hubiese ejecutado, lleg¨¢ndose a situaciones de imposible reparaci¨®n en algunos supuestos, como por ejemplo, la demolici¨®n de edificaciones.
Seg¨²n las fuentes consultadas, dicha suspensi¨®n previa fue introducida a instancias del catedr¨¢tico Eduardo Garc¨ªa de Enterr¨ªa, primero por el Tribunal Supremo y posteriormente fue acogida por el Tribunal Constitucional en una sentencia de mayo del pasado a?o.
A partir de ahora, el tribunal de lo contencioso examinar¨¢ en primer lugar la denominada "pieza de suspensi¨®n", en la que acordar¨¢ definitivamente si ejecuta el traslado forzoso de la fiscal o lo suspende. En el primer caso, si el tribunal acuerda la ejecuci¨®n, la fiscal deber¨ªa abandonar la Audiencia Nacional inmediatamente y concursar a otra plaza. Pero si la Sala acuerda la suspensi¨®n del traslado, M¨¢rquez de Prado permanecer¨ªa en su puesto hasta la resoluci¨®n del fondo del recurso. Seg¨²n fuentes de la Audiencia, un contencioso ordinario viene tardando en resolverse alrededor de dos a?os y durante ese tiempo la fiscal seguir¨ªa ejerciendo sus funciones.
"En la Audiencia la rutina es dejar en suspenso el acto administrativo, aunque puede influir mucho que la petici¨®n de traslado est¨¦ bien hecha", dijeron las fuentes consultadas, que precisaron que la ejecutividad del traslado deber¨¢ ser defendida por el abogado del Estado. La tesis que rutinariamente aplican los tribunales une la presunci¨®n de inocencia al derecho a la tutela judicial efectiva para evitar el perjuicio moral al funcionario. Sin embargo, los magistrados habr¨¢n de pronunciarse en esta ocasi¨®n sobre si el inter¨¦s p¨²blico de jueces y tribunales a no sufrir la "acritud" y los "excesos" de la fiscal ha de prevalecer sobre el inter¨¦s moral de ¨¦sta.
Hasta entonces, el tribunal ha reclamado el expediente administrativo al Ministerio de Justicia y ha dado a ¨¦ste un plazo de diez d¨ªas para cumplimentar las notificaciones a los interesados. El tribunal ha designado como ponente del recurso al magistrado Manuel Trenzado Ruiz.
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