?Corrupci¨®n o linchamiento?
Las decisiones judiciales, sean autos o sentencias, tienen que, estar presididas por el principio de no contradicci¨®n. Por imperativo constitucional. No puede no haber coherencia entre la argumentaci¨®n y el fallo. Cuando esto ocurre, la decisi¨®n est¨¢ viciada de incongruencia. La incongruencia puede, adem¨¢s, darse tanto por acci¨®n como por omisi¨®n. Es decir, tanto porque existe realmente una contradicci¨®n entre lo que el ¨®rgano judicial argumenta y lo que decide como porque incluye en su argumentaci¨®n lo que en ning¨²n caso puede incluir u omite lo que en ning¨²n caso no puede omitir para resolver el asunto sometido a su consideraci¨®n. El poder judicial est¨¢ sometido, sin excepci¨®n, a esta servidumbre. Y lo est¨¢ constitutivamente. Porque es un poder del Estado, pero no es portador de una voluntad propia sino ejecutor de una voluntad ajena: la voluntad de los propios ciudadanos manifestada por sus representantes a trav¨¦s de la aprobaci¨®n de la ley.El juez tiene que exteriorizar siempre de manera l¨®gicamente convincente "su" dependencia de la ley. En ella reside el fundamento de su independencia frente a los dem¨¢s poderes p¨²blicos y frente a los intereses privados. Dependencia de la ley e independencia del juez son las dos caras de la misma moneda. Justamente por eso, una decisi¨®n judicial viciada de incongruencia es algo muy grave. Supone la sustituci¨®n de la voluntad de la ley por el arbitrio del juzgador. La decisi¨®n judicial incongruente es el paradigma de la arbitrariedad. Supone la negaci¨®n simult¨¢neamente de los principios de unidad en la creaci¨®n del derecho, legitimaci¨®n democr¨¢tica e independencia del poder judicial y, consiguientemente, la subversi¨®n de la propia funci¨®n jurisdiccional. Tambi¨¦n por eso, el ordenamiento contempla v¨ªas para recurrir las decisiones viciadas de incongruencia en el interior del propio poder judicial o a trav¨¦s del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Hay decenas de sentencias en la materia.
De esto es de lo que se ha acusado a la Sala Segunda del Tribunal Supremo en general y a su presidente en particular. La Sala, mediante la manipulaci¨®n de una sentencia del Tribunal Constitucional, habr¨ªa incurrido en arbitrariedad al sustituir la voluntad de la ley por la suya propia. Como la manipulaci¨®n es una operaci¨®n que s¨®lo puede hacerse "a sabiendas", es claro que los magistrados habr¨ªan incurrido en prevaricaci¨®n. La acusaci¨®n es grav¨ªsima y debe ser investigada. Ante todo, por venir de quien viene. La ha formulado el presidente de una coalici¨®n que ha sido candidato a presidente del Gobierno en tres elecciones consecutivas, que ha sido consultado por el jefe del Estado en tres ocasiones para proponer candidato a presidente del Gobierno, que es el presidente del tercer grupo parlamentario... Ha sido una acusaci¨®n p¨²blica y reflexiva. No creo que sea f¨¢cil encontrar ni en el pasado ni en el futuro una denuncia de corrupci¨®n institucional superior a ¨¦sta.
Si lo que ha dicho Anguita es verdad, los magistrados deber¨ªan ser procesados. Lo que no puede aceptarse es que aqu¨ª no ha pasado nada. O han delinquido los magistrados o ha delinquido Anguita. Lo que no se puede negar es la existencia del delito, despu¨¦s de haber sido portada de todos los medios de comunicaci¨®n. Lo que est¨¢ en juego es la independencia judicial. Bien por corrupci¨®n de los jueces. Bien por linchamiento pol¨ªtico. No s¨¦ qu¨¦ es peor: si aceptar la corrupci¨®n judicial, en el caso de que la haya habido, o aceptar el linchamiento de jueces no corruptos por motivos exclusivamente pol¨ªticos.
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