Extradici¨®n para casos de terrorismo
Por primera vez desde el restablecimiento de la democracia en Portugal (1974), la Constituci¨®n lusa admite excepciones al principio de no extradici¨®n de ciudadanos portugueses, en condiciones de reciprocidad, para los casos de "terrorismo y criminalidad organizada" siempre y cuando los Estados destinatarios tengan asegurado el respeto a los derechos humanos.A t¨ªtulo excepcional, la legislaci¨®n portuguesa aceptar¨¢ estas entregas a pa¨ªses donde impera la cadena perpetua siempre que los Estados destinatarios se comprometan a sustituir esta sanci¨®n por otra de duraci¨®n limitada. Esta decisi¨®n constituye un avance para la lucha antiterrorista espa?ola, que recientemente vio c¨®mo los tribunales portugueses denegaban la extradici¨®n a Espa?a del supuesto etarra Jos¨¦ Luis Telletxea Maia, pendiente a¨²n de un recurso al Tribunal Supremo Administrativo luso para intentar conseguir el asilo pol¨ªtico en Lisboa.
El caso Telletxea provoc¨® un serio malestar en el Gobierno espa?ol, cuyo ministro de Asuntos Exteriores, Abel Matutes, lleg¨® a expresar su temor de que Portugal pudiera convertirse en un nuevo santuario para la citada organizaci¨®n terrorista.
La colaboraci¨®n policial entre los dos pa¨ªses es "excelente", a juicio de ambas partes, pero los tribunales portugueses, en una decisi¨®n sin precedentes en la Europa democr¨¢tica, no accedieron a la extradici¨®n del supuesto etarra argumentado persecuciones pol¨ªticas y sistem¨¢ticas violaciones de los derechos humanos en Espa?a contra ciudadanos vascos.
Un grupo de intelectuales y destacados activistas de la izquierda portuguesa firmaron un comunicado contra la extradici¨®n de Telletxea Maia alegando que las acusaciones realizadas contra el supuesto etarra "fueron obtenidas mediante torturas". El nuevo texto constitucional abre las puertas para que casos como ¨¦ste no vuelvan a repetirse.
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