Derecho ciudadano a una justicia de calidad
Si los derechos y las libertades que declara nuestra Constituci¨®n fuesen universalmente realizados, vivir¨ªamos en el mejor de los mundos posibles. De esa convicci¨®n, urgente en una ¨¦poca marcada por la falta de ideolog¨ªas globales, debe nacer cualquier an¨¢lisis de la relaci¨®n entre la sociedad, donde est¨¢n los ciudadanos con sus derechos, intereses y conflictos y el Estado y su Administraci¨®n. Cuando un ciudadano acude a los tribunales de justicia, lo menos que puede esperar es ser atendido en las condiciones de calidad y eficacia, propias de un pa¨ªs moderno en el alba del siglo XXI. Porque los derechos que est¨¢n declarados en el papel constitucional tienen que ser traducidos en la realidad o no servir¨¢n para nada.El d¨¦ficit hist¨®rico de la Administraci¨®n de Justicia espa?ola tiene que ver con una concepci¨®n corporativa del poder, seg¨²n la cual la persona que, desde el lado pol¨ªtico o administrativo, est¨¢ al frente de ese poder, es propietario del mismo. En tal caso, el horizonte de objetivos queda fijado no por los intereses del ciudadano, sino por los de la corporaci¨®n. Frente a esa concepci¨®n, debe alzarse la cultura del servicio p¨²blico, donde son los ciudadanos los propietarios de los derechos y libertades y de los valores instrumentales (la independencia judicial, por ejemplo). Los profesionales (jueces, fiscales, abogados, funcionarios) han de limitarse a poseer esos instrumentos, dentro del estatus constitucional y legal de cada uno, para la precisa finalidad del servicio. Creo que el Consejo General del Poder Judicial ha comprendido esa fundamental distinci¨®n, asumiendo la cultura del servicio y traslad¨¢ndola, como planteamiento de fondo, al Libro Blanco que acaba de aprobar. La iniciativa y su resultado han de merecer apoyo.
El contenido del Libro Blanco es, l¨®gicamente, complicado. Dada la complejidad procesal, no extra?a que el Consejo dedique buena parte del informe a planteamientos de reforma de los procesos.
Del an¨¢lisis emerge el desarrollo de propuestas relacionadas con el personal de la Administraci¨®n de Justicia. En el caso de los jueces, contiene una l¨ªnea clara por la formaci¨®n interdisciplinar (no hay buen juez si s¨®lo sabe Derecho), por el control de la actividad extrajudicial de ¨¦stos y por la racionalizaci¨®n de su r¨¦gimen de productividad y disciplina. Todo ello era necesario.
Una ¨²ltima apreciaci¨®n. El Libro Blanco no es la panacea de la Justicia. Se trata de comenzar un camino para la mejora global de un importante espacio de gobierno de lo p¨²blico. Ahora queda la tarea de convertir en realidad las reflexiones. Para ello, hay que contar con el resto de los poderes del Estado y de las comunidades aut¨®nomas.
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