La Audiencia Nacional archiva las imputaciones de apropiaci¨®n indebida y estafa contra Sogecable
La sala establece que Canal + no se qued¨® con las fianzas de sus abonados ni con el IVA
La Audiencia Nacional archiv¨® ayer la parte principal del caso Sogecable, se?alando que Canal + no se qued¨® con dinero de las fianzas de los abonados, ni con la diferencia resultante de la rebaja del IVA que, en 1993, aplic¨® el Gobierno a la televisi¨®n de pago. La sala de lo Penal reprueba la actuaci¨®n de Javier G¨®mez de Lia?o como juez instructor -por s¨¦ptima vez en este procedimiento- y concluye que no existe delito de apropiaci¨®n indebida ni de estafa en la actuaci¨®n de Sogecable y "no est¨¢ justificado continuar la investigaci¨®n" por estos dos delitos. Contra esta resoluci¨®n no cabe recurso.
Esas imputaciones eran la base por la que la causa se investigaba en la Audiencia Nacional y constitu¨ªan las principales acusaciones contra Sogecable. Respecto a los otros delitos conexos, cuya investigaci¨®n ya no ser¨ªa competencia de la Audiencia -y por lo que la sala no se pronuncia sobre su archivo-, el tribunal deja libertad de criterio al juez Ismael Moreno -actual instructor- para que archive el caso o contin¨²e la investigaci¨®n. En referencia a esos su puestos delitos conexos -falsedad, posible trato de favor a Ca nal + por la concesi¨®n de un canal cuando Jorge Sempr¨²n era ministro, delito socretario o fiscal la sala se?ala que la instrucci¨®n se toma "un tanto err¨¢tica y con pe ligrosa proximidad a una causa general".
El tribunal -constituido por los magistrados Fernando Garc¨ªa Nicol¨¢s, Jorge Campos Mart¨ªnez y Jos¨¦ Ricardo de Prada- da un giro radical al caso, al desmontar lo que era la base de las graves acusaciones lanzadas contra administradores de Sogecable y el profesional de Arthur Andersen que audit¨® sus cuentas.
Injustificado
Donde Lia?o estimaba que exist¨ªa un delito de apropiaci¨®n indebida y deb¨ªa seguir la causa, el tribunal dice que no hay tal delito y no est¨¢ justificado seguir su investigaci¨®n. Se refiere a que, en el momento en que el cliente se abona a Canal + se hace un contrato por el que entrega una cantidad a cambio de un descodificador, dinero que se reintegra al abonado al concluir el servicio, siempre que el aparato est¨¦ en buen estado.Los acusadores y el juez sosten¨ªan la obligatoriedad de inmovilizar el dinero en una cuenta por tratarse de un dep¨®sito; pero la sala se?ala que no hab¨ªa obligaci¨®n alguna de conservar y custodiar ese dinero s¨®lo porque en los contratos se utilizara la palabra "dep¨®sito". "Sabido es", se explica en el auto, "que los contratos son lo que son con independencia de la denominaci¨®n que le den las partes. (...) Lo que se pacta es una entrega de dinero para garantizar la devoluci¨®n del adaptador cuando termine el contrato. (...) En la mente del suscriptor no est¨¢ presente que Canal + tenga que inmovilizar la cantidad recibida, sino s¨®lo la obligaci¨®n de Canal + de reintegro en las condiciones se?aladas. Lo que se pacta es una fianza en met¨¢lico, y no un dep¨®sito espec¨ªfico, y, por tanto, huelga hablar de la obligaci¨®n de inmovilizaci¨®n de las cantidades".
El Tribunal recuerda que los propios peritos de Hacienda adscritos al caso ya recordaron que en la legislaci¨®n vigente en el momento de los hechos no exist¨ªa obligaci¨®n de inmovilizar los dep¨®sitos. La obligaci¨®n se incorpora en la ley 17/1997, de 3 de mayo, lo que indica que antes no exist¨ªa.
Respecto al delito de estafa, se se?alaba en las acusaciones que la rebaja en el tipo del IVA se habr¨ªa ocultado a los abonados y se les habr¨ªa seguido cobrando la misma cantidad como cuota mensual. Esos hechos, se?ala la sala, "tal y como se describen s¨ª ser¨ªan constitutivos de delito de estafa, pero es que la investigaci¨®n desmiente tales aseveraciones. de la querella".
Ocurri¨® que se subi¨® la cuota en la renovaci¨®n del contrato y ello coincidi¨® con la rebaja del IIVA. "Que tal aumento", seg¨²n el Tribunal, "puede revestir cierta opacidad para el abonado es una cosa, y que se le enga?e no deduciendo la rebaja del tipo del IVA es otra muy diferente. Lo cierto es que esto ¨²ltimo nunca ocurri¨®, y de los diversos recibos de abono que obran en autos se puede comprobar c¨®mo en ellos se rese?a siempre la cantidad que corresponde pagar por el tipo de IVA vigente en el momento". No hay, por tanto, delito de estafa alguno.
Con la base de estos dos delitos que no lo son, Lia?o impuso diversas medidas cautelares. A Jes¨²s de Polanco, fianza de 200 millones, comparecencias cada 15 d¨ªas en el juzgado y prohibici¨®n de salir de Espa?a sin permiso. Al socio auditor de Arthur Andersen Jos¨¦ Antonio Rodr¨ªguez Gil, cinco millones de fianza y las mismas restantes medidas que a Polanco. Carlos March y Leopoldo Rod¨¦s tienen que presentarse cada 15 d¨ªas y, como Jos¨¦ Mar¨ªa Aranaz y Gregorio Mara?¨®n, pedir autorizacion para dejar Espa?a.
El nuevo juez instructor, Ismael Moreno, deber¨¢ resolver si deja sin efecto tales medidas y si archiva el resto de la causa.
Acusadores descontentos
La decisi¨®n de la Audiencia Nacional desencaden¨® diversas reacciones entre las partes acusadoras. Manuel Murillo, que ejerce la acusaci¨®n particular, consider¨® "prematura" la decisi¨®n de archivar los delitos de apropiaci¨®n indebida y estafa al considerar que no "no se ha investigado a fondo". Javier Sainz Moreno, autor de la primera querella contra Sogecable, dijo que "oponerse a PRISA es como luchar contra molinos de viento, porque la batalla siempre estar¨¢ perdida de antemano".Seg¨²n Antonio Garc¨ªa Trevijano, colaborador de El Mundo, el auto es el resultado de la "operaci¨®n montada por este grupo de comunicaci¨®n" para apartar al juez Lia?o. Jos¨¦ Mar¨ªa Stampa Braun, abogado -acusador, calific¨® de "positivo" el auto porque permite al juez seguir investigando. En su opini¨®n, ahora, el juez Ismael Moreno deber¨ªa citar como imputado a Juan Luis Cebri¨¢n.
El diputado socialista Alfredo P¨¦rez Rubalcaba, declar¨® que ya se ha desenredado una "madeja" cuyo origen se remonta a un informe solicitado por un secretario del Gobierno, que el Ejecutivo debe identificar.
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