Penas de cuatro a?os para tres guardias civiles por torturar al etarra Urra
La Audiencia Provincial de Bilbao ha condenado a un total de 12 a?os y seis meses de prisi¨®n y a 18 a?os de inhabilitaci¨®n especial a tres guardias civiles por torturar al miembro de ETA Kepa Urra, tras ser detenido en enero de 1992 en una operaci¨®n del instituto armado contra el comando Vizcaya, "con el fin de obtener una confesi¨®n". El tribunal considera probado que, antes de llevarle al cuartel bilba¨ªno de La Salve, los tres agentes trasladaron al detenido a un descampado, donde, esposado, "le desnudaron, le golpearon con un objeto romo y le arrastraron por el suelo".
Junto a las penas de c¨¢rcel y la inhabilitaci¨®n especial, la sala les condena a pagar solidariamente medio mill¨®n de pesetas por da?os y perjuicios y declara al Estado responsable civil subsidiario. Adem¨¢s, exonera de toda culpa a los otros tres agentes que fueron acusados de torturas.El caso Urra fue citado por dos relatores contra la tortura de las Naciones Unidas y qued¨® reflejado en el informe de Amnist¨ªa Internacional de 1993. El miembro de ETA fue detenido en la madrugada del 29 de enero de 1992 y trasladado sobre las once de la ma?ana al hospital con un cuadro similar a la arritmia cardiaca. El entonces gobernador de Vizcaya, Daniel Vega, lleg¨® a ironizar sobre el caso ante la prensa al decir que "las arritmias les entran cuando son detenidos, pero su coraz¨®n funciona bien cuando ponen un bomba, asesinan a un ni?o o matan a un funcionario policial".
La sentencia indica que en la primera exploraci¨®n, tras ser conducido al hospital de Basurto, unas seis horas despu¨¦s de su arresto por la Unidad Especial de Intervenci¨®n de la Guardia Civil, Kepa Urra presentaba una docena de erosiones, cuatro equimosis (hematomas) y dos peque?as lesiones en la base del cuello. La ponente de la sentencia, la magistrada Olatz Aizpurua, considera probado que "las erosiones descritas fueron producidas por los tres agentes en la zona del descampado" al que fue trasladado el etarra Urra inmediatamente despu¨¦s de ser detenido y antes de llegar al centro de detenci¨®n de La Salve. Asimismo, las cuatro equimosis "fueron producidas por objetos romos y por un mecanismo de acci¨®n directa, compatibles tanto con lo ocurrido durante la detenci¨®n como con lo ocurrido en el descampado".
La defensa de los guardias civiles mantuvo durante el proceso que las lesiones eran debidas a la violencia del arresto. La sentencia califica la detenci¨®n de "violenta", pero deja claro que la mayor parte de los politraumatismos se deben a torturas.
Los agentes condenados, Jos¨¦ Mar¨ªa de las Cuevas Carretero, Manuel S¨¢nchez Corbi y Antonio Lozano Garc¨ªa, introdujeron a Urra en un veh¨ªculo policial sin distintivos y "se dirigieron hasta un lugar no identificado de monte descampado, donde sacaron del coche a Kepa Urra y los tres agentes le desnudaron, le golpearon con un objeto no identificado y le arrastraron por el suelo al tiempo que le preguntaban por su nombre, que en ese momento desconoc¨ªan, por el lugar donde se hallaba el zulo y por las armas, as¨ª como por nombres de sus compa?eros".
Pese a que Urra denunci¨® tambi¨¦n torturas en el cuartel de La Salve, la resoluci¨®n deja claro que "no ha quedado probado que fuera objeto de maltrato alguno" en este centro del instituto armado.
El fiscal cambi¨® de criterio
El testimonio en la vista de los diferentes m¨¦dicos forenses que le examinaron en el hospital ha sido la pieza clave para incriminar a los tres guardias. De hecho, el ministerio fiscal, que en un primer momento no acusaba a ninguno de los agentes, present¨® acusaci¨®n contra los tres que finalmente han sido condenados.Tanto el director de la cl¨ªnica forense de Bilbao, Rafael Alcaraz, como el m¨¦dico forense, Guillermo Portero, "han descartado que las erosiones hubieran podido producirse en la forma en que describen la detenci¨®n los agentes", seg¨²n los fundamentos de la sentencia. La sentencia no da validez al informe emitido por el forense propuesto por la defensa, "que no vio nunca ni examin¨® al detenido y se ha basado en los datos que las propias defensas han aportado". Finalmente, el cuadro de rabdomiolisis (da?o muscular) que presentaba Urra en el hospital se relaciona con el "esfuerzo muscular de la detenci¨®n, con la lesi¨®n muscular ocasionada en la detenci¨®n y con la lesi¨®n muscular ocasionada por los agentes en la zona del monte cuando golpearon a Kepa Urra".
Los tres agentes exonerados son el instructor de la detenci¨®n, Arturo Prieto Bozec, y los agentes Alejandro Hern¨¢ndez Mosquera y Diego P¨¦rez de los Cobos Orihuel. Estos dos ¨²ltimos hab¨ªan sido acusados de infligir malos tratos (supuestamente le taparon la nariz y la boca y le pellizcaron) al activista de ETA cuando estaba ingresado en el hospital.
Seg¨²n el testimonio de los guardia civiles, acudieron el 30 de enero al centro de custodia del Pabell¨®n Jado en el hospital de Basurto para comprobar si las medidas de seguridad eran adecuadas. La ponente considera "soprendente" que ambos justifiquen su presencia con ese testimonio cuando este pabell¨®n penitenciario "es el ¨²nico que existe en Vizcaya" de este tipo con las medidas de seguridad pertinentes. Adem¨¢s, califica de "no menos sorprendente" que los m¨¦dicos indicaran que era "habitual la presencia de agentes durante los reconocimientos y exploraciones m¨¦dicas que se efectuaban al paciente". Con todo, la sentencia plantea la existencia de una "duda seria y razonable" sobre el hipot¨¦tico ataque y mantiene la presunci¨®n de inocencia para ambos guardias.
Respecto del instructor, la secci¨®n primera de la Audiencia de Bilbao indica que "no hay prueba alguna que acredite que conoc¨ªa lo ocurrido en la zona del descampado" o que lo hubiera ordenado o consentido.
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