Multa de cien mil pesetas a una juez por delegar la toma de declaraci¨®n
Primera sanci¨®n del Poder Judicial por vulnerar la inmediaci¨®n
La Comisi¨®n Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sancion¨® ayer con una multa de 100.000 pesetas a la juez Mar¨ªa Jes¨²s Garc¨ªa P¨¦rez, como autora de una falta grave consistente en delegar en un funcionario su deber de tomar declaraci¨®n personalmente a unos querellados. Es la primera vez que el CGPJ, en aplicaci¨®n de la filosof¨ªa de su Libro Blanco de la Justicia, sanciona por incumplir la mediaci¨®n (deber del juez de estar presente en la declaraci¨®n procesal de un ciudadano).
Garc¨ªa P¨¦rez, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n n¨²mero 2 de Collado-Villalba (Madrid), deleg¨® en un funcionario de su juzgado la asistencia a la declaraci¨®n de los querellados, se?alada con audiencia p¨²blica, en una investigaci¨®n penal. Aunque el letrado defensor de los querellados pidi¨® que la juez asistiera a dicho acto procesal, Garc¨ªa P¨¦rez no estuvo presente.Abierto expediente por tal omisi¨®n, la Comisi¨®n Disciplinaria del CGPJ -presidida por Marcelino Murillo e integrada, adem¨¢s, por los tambi¨¦n vocales Manuela Carmena, Jos¨¦ Bruno Otero, Francesc Caminal y Rub¨¦n Antonio Jim¨¦nez- ha impuesto a la juez Garc¨ªa P¨¦rez, de 34 a?os y m¨¢s de cinco a?os en la judicatura, una multa de 100.000 pesetas. La Ley Org¨¢nica del Poder Judicial permite multar con hasta 500.000 pesetas las faltas graves.
La infracci¨®n que se ha apreciado en la actuaci¨®n de la juez est¨¢ definida en el art¨ªculo 418.9 de dicha ley como: "La inasistencia injustificada a los actos procesales con audiencia p¨²blica que estuvieren se?alados". Seg¨²n fuentes del CGPJ, es la primera vez que se sanciona por incumplir el deber judicial de la inmediaci¨®n, tanto en el proceso civil como en el penal, obligaci¨®n que muchos jueces eluden con el pretexto del exceso de trabajo.
Las mismas fuentes recordaron que el Libro Blanco de la Justicia, elaborado por el actual CGPJ, determina que los servicios de inspecci¨®n del Consejo deber¨¢n controlar si los jueces cumplen, entre otros deberes, el de asistencia personal a las declaraciones procesales de los ciudadanos. Una vez que la decisi¨®n sancionadora -recurrible ante el pleno el CGPJ y en v¨ªa contencioso administrativa- sea firme, ya quedar¨¢ claro que no existen excusas para dejar de cumplir el deber de inmediaci¨®n. Seg¨²n un vocal, "lo importante es que, a partir de ahora, el Consejo ya no tolerar¨¢ que los ciudadanos comparezcan y declara en ante los funcionarios".
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