La defensa de los primeros 'okupas' a los que se pide c¨¢rcel tilda el juicio de antidemocr¨¢tico
El movimiento okupa despleg¨® ayer su artiller¨ªa legal en el primer juicio en Madrid en el que se aplica el C¨®digo Penal de 1996, que tipifica esta pr¨¢ctica como delito. El fiscal solicita cuatro meses de multa, o dos de c¨¢rcel en caso de impago, para Serafina V., de 28 a?os, y Alejandro B., de 20, por usurpaci¨®n de una finca en La Pasa, 6 (Centro). En su apoyo 16 testigos se autoinculpan como okupas. La defensa pide la absoluci¨®n: "Desde 1870 s¨®lo en la dictadura de Primo de Rivera [1923-1930] se consider¨® delito el uso pac¨ªfico de casas vac¨ªas. No tiene sentido en democracia".
La mayor¨ªa de los testigos autoinculpados como okupas admitieron haber vivido en La Pasa con los dos j¨®venes juzgados, aunque la causa s¨®lo est¨¢ abierta contra estos ¨²ltimos porque fueron los ¨²nicos identificados por la polic¨ªa tras la denuncia del propietario.Su abogado defensor, Endika Zulueta, destac¨® que los 16 testigos se hab¨ªan autoinculpado como okupas en la sala sin que el fiscal iniciase procedimiento alguno contra ellos. "Eso demuestra que se ha tipificado como delito una pr¨¢ctica que la sociedad no concibe como tal", argument¨®.
Los acusados manifestaron que hab¨ªan entrado al edificio "sucio y abandonado" sin emplear la fuerza porque la puerta estaba abierta. Fernando N., el due?o del inmueble, replic¨® que el edificio estaba vac¨ªo y cerrado (la ¨²nica inquilina estaba fuera con una hermana), "no abandonado", porque Urbanismo no le concede la licencia de obras. "Y al ser una casa antigua, para alquilarla hacen falta arreglos", a?adi¨®.
Los acusados y los autoinculpados aseguraron que s¨®lo tienen trabajos precarios y carecen de estabilidad econ¨®mica para acceder a una vivienda de otra manera. Algunos destacaron las numerosas casas vac¨ªas que hay en la ciudad mientras los alquileres est¨¢n por las nubes y justificaron su actitud como de "desobediencia civil".
Estos argumentos sirvieron a la defensa para plantear una eximente por "estado de necesidad". El fiscal la rechaz¨®: "Ninguno de los dos acusados estaba en la calle porque su familia les puede acoger, su necesidad subjetiva de vivienda la han sentido tambi¨¦n las generaciones anteriores, pero la vida no es f¨¢cil y el C¨®digo Penal est¨¢ para respetarlo, la rebeld¨ªa debe ir por otros cauces".
La defensa contraatac¨®: "No se puede exigir a la familia lo que es atribuci¨®n del Estado social de derecho y la situaci¨®n de la vivienda nunca ha estado peor. Adem¨¢s, a diferencia de los tiempos de nuestros padres y abuelos, ahora a estos j¨®venes se les sienta en el banquillo por algo que no se hab¨ªa considerado delito m¨¢s que con la dictadura de Primo de Rivera, ni siquiera en el franquismo".
Hasta 1996 a los okupas se les sol¨ªa aplicar la normativa civil que prev¨¦ su desalojo sin m¨¢s consecuencias. A veces los jueces les abr¨ªan una causa penal por coacciones, pero como falta, nunca como delito. Ahora la usurpaci¨®n de viviendas se castiga con multas de tres a seis meses, que, en caso de impago, pueden sustituirse por c¨¢rcel.
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