Los usuarios podr¨¢n elegir su n¨²mero de tel¨¦fono a partir del pr¨®ximo a?o
Los usuarios podr¨¢n elegir su n¨²mero de tel¨¦fono, cualquiera que sea la compa?¨ªa telef¨®nica a la que s¨¦ abonen a partir del pr¨®ximo a?o. El capricho de los consumidores s¨®lo estar¨¢ limitado por las posibilidades t¨¦cnicas de los distintos operadores en el mercado (Telef¨®nica, Retevisi¨®n, varias empresas de cable y una tercera compa?¨ªa de ¨¢mbito nacional), seg¨²n establece el borrador de real decreto que regula la prestaci¨®n del servicio en el nuevo r¨¦gimen de competencia. Esa norma da cobertura jur¨ªdica a una tercera licencia de telefon¨ªa fija para el primer trimestre de 1998.
El Ministerio de Fomento ha introducido la posibilidad de elegir n¨²mero en el Borrador de real decreto por el que se aprueba el reglamento t¨¦cnico y de prestaci¨®n del servicio final telef¨®nico b¨¢sico. Ese texto pretende dar cobertura jur¨ªdica al concurso para la adjudicaci¨®n de una tercera licencia de telefon¨ªa fija, de cobertura nacional. Fomento espera que el reglamento se apruebe antes de final de a?o y que el concurso se pueda convocar y se resuelva en el primer trimestre de 1998.De ese modo, el pr¨®ximo a?o existir¨ªan en el mercado tres compa?¨ªas de telefon¨ªa fija de ¨¢mbito nacional (Telef¨®nica, Retevisi¨®n y el ganador del concurso) y tantas de ¨¢mbito local como empresas de televisi¨®n por cable decidan introducirse en ese otro mercado. Cableuropa, que se ha adjudicado siete de las 10 licencias que ha perseguido en distintas demarcaciones, ha anunciado que entrar¨¢ ya en telefon¨ªa fija y m¨®vil.
El borrador de real decreto establece los requisitos para acceder al concurso de la tercera licencia (Telef¨®nica y Retevisi¨®n tienen las otras dos), las caracter¨ªsticas del servicio que deber¨¢ prestar el adjudicatario y unos principios, muy b¨¢sicos, de calidad y r¨¦gimen tarifario.
El tercer operador de telefon¨ªa fija dispondr¨¢ de una licencia de explotaci¨®n por 20 a?os, prrogables por otros 10, aunque podr¨¢ ceder la licencia "siempre que el cedente haya realizado la explotaci¨®n durante un plazo no inferior a la quinta parte de la duraci¨®n del contrato [con el Estado]". Si el contrato con el Estado tiene una vigencia de 30 a?os, como el de Telef¨®nica o Retevisi¨®n, la titularidad de la tercera licencia podr¨¢ cambiar a los 6 a?os, tiempo suficiente para que los due?os del tercer operador prueben si es rentable o no mantenerse en el negocio.
Establece, adem¨¢s, que en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor del reglamento, los operadores que ya disponen de t¨ªtulo habilitante (Telef¨®nica y Retevisi¨®n) deber¨¢n adaptarse a la nueva normativa.
El borrador del real decreto introduce importantes novedades en la relaci¨®n entre los abonados y la compa?¨ªa elegida por ¨¦stos para realizar sus llamadas telef¨®nicas. Algunas de las normas recogidas para regular la relaci¨®n entre operadores y usuarios constituyen una reivindicaci¨®n tradicional de las organizaciones de consumidores. Su inclusi¨®n en el texto se debe en gran medida a las conversaciones mantenidas por Fomento con el Consejo Social de las Telecomunicaciones, constituido por los sindicatos CC OO, UGT, la Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios (OCU) y la Uni¨®n de Consumidores de Espa?a (UCE).
Entre las novedades que incorpora destacan las siguientes:
Impago de las facturas y suspensi¨®n del servicio. El aislamiento dejar¨¢ de ser el castigo para los morosos en el pago del recibo telef¨®nico. Al menos, parcialmente. Las compa?¨ªas telef¨®nicas podr¨¢n cortar la l¨ªnea a los abonados que retrasen m¨¢s de un mes el pago del ¨²ltimo recibo. Sin embargo, todas las operadoras deber¨¢n mantener el servicio de llamadas entrantes si el abonado satisface el pago de la cuota fija por uso de la l¨ªnea. Actualmente, si el abonado no paga el recibo a los 20 d¨ªas, Telef¨®nica corta el servicio de llamadas salientes y entrantes y, una vez saldada la deuda, obliga al consumidor a pagar otra vez la cuota de conexi¨®n (24.250 pesetas m¨¢s 16% de IVA) para recuperar la l¨ªnea.
Elecci¨®n del n¨²mero. Los nuevos abonados podr¨¢n elegir el n¨²mero de tel¨¦fono. "La elecci¨®n queda supeditada a las posibilidades t¨¦cnicas y a las limitaciones jur¨ªdicas a las que est¨¢ vinculado el operador", seg¨²n la nueva normativa. Fomento ha establecido que, a partir del pr¨®ximo 4 de abril, a las 13 horas, todos los n¨²meros en Espa?a tendr¨¢n nueve d¨ªgitos. Los actuales incorporar¨¢n el prefijo provincial que se emplea ahora y los nuevos empezar¨¢n todos por 8.
Compensaciones por servicio deficiente. Las relaciones entre abonado y operadora se regir¨¢n por un contrato-tipo que deber¨¢ ser aprobado por la Secretar¨ªa General de Telecomunicaciones despu¨¦s de escuchar a las empresas y a las organizaciones de consumidores. En ¨¦l se establecer¨¢n compromisos de calidad del servicio y mecanismos de compensaci¨®n a los usuarios si las operadoras no alcanzan los niveles de calidad en el servicio contratado.
Tarifas. La Comisi¨®n del Mercado de las Telecomunicaciones tendr¨¢ potestad para fijar las tarifas de los operadores que tengan la condici¨®n de dominantes (Telef¨®nica y aqu¨¦llos que alcancen una cuota de mercado del 25% en determinados servicios o demarcaciones geogr¨¢ficas). Telef¨®nica es ahora el ¨²nico que alcanza esa consideraci¨®n y, por tanto, tendr¨¢ menos libertad que sus competidores para fijar precios. Fomento deja la puerta abierta al establecimiento de un r¨¦gimen de tarifas fijas, m¨¢ximas, m¨ªnimas o sujetas a l¨ªmites.
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