El proyecto de reforma del estatuto define a Cantabria como ''comunidad hist¨®rica''
Cantabria se define como "comunidad hist¨®rica" y abandona el concepto de "entidad regional hist¨®rica'' seg¨²n la proposici¨®n de ley para la reforma de su estatuto de autonom¨ªa obtenida por consenso de los cinco grupos representados en la Asamblea regional. El proyecto, culminado tras dos a?os de trabajos, suprime tambi¨¦n la posibilidad de que Cantabria sea integrada en otra comunidad aut¨®noma lim¨ªtrofe.Los ponentes calificaron el acto de "hito hist¨®rico". El documento deber¨¢ ser analizado por la Comisi¨®n de Desarrollo Estatutario, sometido luego a debate por la Asamblea Regional y finalmente remitido a las Cortes Generales.
La ley org¨¢nica que se pretende reformar data de 1981; un a?o despu¨¦s tom¨® posesi¨®n el primer Consejo de Gobierno, presidido por Jos¨¦ A. Rodr¨ªguez, a quien desde entonces sucedieron otros cuatro presidentes: Angel D¨ªazde Entresotos, Juan Hormaechea, Jaime Blanco y Jos¨¦ J. Mart¨ªnez Sieso. Seg¨²n el nuevo texto, el Consejo de Gobierno se convierte en Gobierno y la Asamblea Regional pasa a denominarse Parlamento. Entre las normas suprimidas figura que Cantabria pueda integrarse en Castilla y Le¨®n.
El presidente del Gobierno regional tendr¨¢ facultades para disolver anticipadamente el Parlamento en situaciones excepcionales, se crea el Consejo Consultivo y podr¨¢ nombrarse Defensor del Pueblo C¨¢ntabro.
La reforma prev¨¦ un nuevo mecanismo para la recepci¨®n por los ayuntamiento de los fondos del Estado, que hasta ahora llegaban a la Diputaci¨®n y en el futuro se liquidar¨¢n directamente. El n¨²mero de consejer¨ªas no ser¨¢ ya limitado y los diputados podr¨¢n percibir una remuneraci¨®n econ¨®mica por su tarea (hasta ahora cobran dietas). Los periodos de sesiones ser¨¢n de ocho veces al a?o en lugar de cuatro.
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