El Constitucional deja libres a Aida ?lvarez y a su esposo, condenados por Filesa
El Tribunal Constitucional decidi¨® ayer la puesta en libertad de la ex coordinadora de finanzas del PSOE Aida ?lvarez y de su marido, Miguel Molledo, mientras se resuelve el recurso de amparo presentado contra su condena en el caso Filesa (financiaci¨®n irregular del PSOE). Ambos salieron ayer de la c¨¢rcel de la isla de La Palma (Tenerife), donde cumpl¨ªan sendas penas de dos a?os y cuatro meses. El fiscal se ha opuesto a la libertad provisional de otros dos condenados por el Supremo en el mismo asunto, Alberto Flores y Luis Oliver¨®, a los que se impusieron penas de 10 a?os.
Con la salida de prisi¨®n de ?lvarez y, unas horas despu¨¦s, de Molledo, son ya tres los condenados por el caso Filesa que disfrutan de la libertad provisional, a la espera de la resoluci¨®n de sus recursos de amparo, del total de seis que ingresaron en prisi¨®n tras la sentencia condenatoria de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. El otro es el ex senador socialista Josep Mar¨ªa Sala.En cambio, permanece en prisi¨®n el ex diputado Carlos Navarro y, por el momento, tambi¨¦n Flores y Oliver¨®, contra cuya excarcelaci¨®n se ha pronunciado el fiscal.
La resoluci¨®n adoptada ayer respecto a ?lvarez y Molledo por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional -firmada por los magistrados Fernando Garc¨ªa-Mon, Rafael de Mendiz¨¢bal, Carles Viver y Tom¨¢s S. Vives- analiza la doctrina elaborada por el propio tribunal sobre esta materia. Se trata de evitar al condenado "un perjuicio que har¨ªa perder al amparo su finalidad", procurando a la vez no producir una "perturbaci¨®n grave de los intereses generales".
El Constitucional se?ala que el inter¨¦s general consistente en la ejecuci¨®n de los fallos judiciales firmes no puede ser entendido de modo tan r¨ªgido que haga inviable en todo caso la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de las resoluciones judiciales". Lo que la sala denomina relevante son Ias concretas circunstancias del caso".
En el caso de ?lvarez y Molledo, el Constitucional razona, en lo que se refiere a las penas privativas de libertad, que "la relativamente escasa entidad de la pena impuesta (...) y la absoluta irreparabilidad de los da?os que para el derecho de los recurrentes a la libertad supondr¨ªa la ejecuci¨®n de la sentencia, habida cuenta del plazo habitual de resoluci¨®n de procesos de amparo como el presente, conducen a la concesi¨®n de la suspensi¨®n solicitada". En cambio, no suspende las respectivas penas de 100.000 pesetas de multa ni el pago de parte de las costas.
Visita a una iglesia
?lvarez y Molledo, que se negaron a hacer declaraciones a su salida de la prisi¨®n, se dirigieron tras abandonar la c¨¢rcel al Santuario de Nuestra Se?ora de las Nieves, en Santa Cruz de la Palma, para agradecer su puesta en libertad, informa Efe.La pareja ha permanecido privada de libertad desde el 28 de noviembre de 1997. Residentes en Santa Cruz de Tenerife, eligieron para cumplir su condena la c¨¢rcel de Santa Cruz de la Palma, para permanecer m¨¢s cerca de sus hijos, de corta edad. La petici¨®n que hicieron de cumplir sucesivamente la condena para poder atender a los ni?os fue denegada por el Supremo.
El informe del fiscal, favorable, como el del abogado del Estado, a la libertad provisional de ?lvarez y Molledo, se remite a la doctrina del Tribunal Constitucional en materia de suspensi¨®n de penas privativas de libertad. Se?ala el fiscal que, hasta el a?o 1985, la regla general era la suspensi¨®n en todo caso y a partir de entonces se abrieron excepciones a dicha regla en funci¨®n de la extensi¨®n de la pena, la gravedad del delito y la alarma social producida. Y, por su cuenta, el fiscal estima como pena de larga duraci¨®n desde cinco a?os de c¨¢rcel en adelante.
El fiscal, ante la inconcreci¨®n del t¨¦rmino "pena de larga duraci¨®n", ha establecido la barrera de los cinco a?os que, por el momento, ha sido seguida por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional en lo que se refiere a las peticiones de suspensi¨®n de la condena realizadas por los condenados por el caso Filesa. As¨ª, Sala, condenado a tres a?os, y ?lvarez y Molledo, a dos a?os y cuatro meses cada uno, est¨¢n ya en libertad, mientras que Navarro, condenado a nueve a?os, continua en prisi¨®n mientras se tramita su recurso de amparo.
El l¨ªmite de los cinco a?os ha sido empleado tambi¨¦n por el Ministerio Fiscal para oponerse a la suspensi¨®n de las penas privativas de libertad de Flores y Oliver¨®, condenados cada uno de ellos a 10 a?os de c¨¢rcel. De seguir la sala el criterio del fiscal, aunque ¨¦ste reconoce que "en la ponderaci¨®n a efectuar intervienen otros factores", ambos recurrentes continuar¨¢n en la c¨¢rcel. La regla no escrita de los cinco a?os significar¨ªa un retroceso respecto a la regla general de suspender las penas de c¨¢rcel mantenida por el Constitucional en su primer lustro de funcionamiento.
La consolidaci¨®n del criterio de no conceder la libertad provisional a los recurrentes de amparo condenados a m¨¢s de cinco a?os de c¨¢rcel ser¨¢ probablemente aplicado tambi¨¦n por el fiscal a los 23 dirigentes de la Mesa de HB, condenados por colaboraci¨®n con banda armada a la pena de siete a?os de c¨¢rcel para cada uno de ellos.
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