El Supremo anula que se graven algunas operaciones de capital
El Tribunal Supremo ha tirado por tierra la decisi¨®n que adopt¨® Hacienda en 1995 de que algunas operaciones relacionadas con reducciones de capital, cambios en la forma de emitir las acciones o dividendos pasivos tributen por el impuesto de actos jur¨ªdicos documentados. Dos sentencias del Supremo dan la raz¨®n a los recursos presentandos por la patronal CEOE y la de la banca AEB, que alegaban que estas operaciones ya tributan en su origen y no deben tributar de nuevo como actos jur¨ªdicos.
Las empresas estaban pagando por estas operaciones desde junio de 1995, momento en el que Hacienda aprob¨® el reglamento que regulaba el impuesto de sociedades ahora en vigor.
Las sentencias del Supremo liberan de tributar por actos jur¨ªdicos las siguientes operaciones: las escrituras de cancelaci¨®n de bonos u obligaciones, las reducciones de capital, la conversi¨®n de acciones nominativas en al portador o viceversa y los desembolsos por dividendos pasivos (acciones suscritas que no se hab¨ªan desembolsado totalmente). El impuesto sobre actos jur¨ªdicos grava con un 0,50% el importe de estas operaciones acreditadas en una escritura p¨²blica.
La argumentaci¨®n del Supremo es que las empresas ya pagan en su origen por estas operaciones como actos jur¨ªdicos, por lo que no deben volver a tributar si luego se modifican, aunque se requiera hacer una nueva escritural notarial.
Ahorro global
El director de asuntos fiscales de la CEOE, Javier Berruguete, se felicit¨® de la medida del alto tribunal y afirm¨® que aunque resulta dif¨ªcil calcular el ahorro global que la sentencia supone para las empresas, estim¨® que a nivel individual el ahorro puede ser importante. "En una empresa grande la desaparici¨®n de dividendos pasivos puede suponer 50 millones de pesetas de ahorro", dijo el experto fiscal.Berruguete explic¨® que s¨®lo tendr¨¢n derecho a que se les devuelva el importe pagado las empresas que liquidaron el impuesto e interpusieron a la vez un recurso ante la propia Hacienda. La mayor¨ªa de las empresas no presentaron recursos, se?al¨® el responsable de la patronal.
Sin embargo, no ser¨¢ la Hacienda estatal la que deje de cobrar por estas operaciones, ya que el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur¨ªdicos Documentados est¨¢ transferido a las comunidades aut¨®nomas.
Las autonom¨ªas ingresaron 400.000 millones de pesetas por el conjunto de este impuesto en 1996, pero la repercusi¨®n en sus arcas no ser¨¢ importante, ya que el grueso de la recaudaci¨®n procede de las transmisiones patrimoniales, que gravan las compraventas inmobiliarias de segunda mano.
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