Un tribunal proh¨ªbe a Alcampo vender juguetes por debajo del precio de coste
La Audiencia de Barcelona ha ordenado a Alcampo que cese la venta de juguetes por debajo del precio de compra al productor o mayorista. En una sentencia conocida ayer, la Audiencia da la raz¨®n auna demanda presentada en 1995 por la Confederaci¨®n de Comercio de Catalu?a, que agrupa a 90.000 peque?os comerciantes, denunciando este tipo de ventas en el centro barcelon¨¦s de Sant Quirze del Vall¨¦s. La Audiencia califica de "desleales" las ventas de productos por debajo del precio de compra.
La Audiencia da un varapalo a las llamadas ventas a p¨¦rdidas, consistentes en ganar ventas en unos productos a costa de rebajar otros incluso por debajo del precio de compra. El tribunal dice que "este tipo de ventas responde a la teor¨ªa econ¨®mica de los islotes de p¨¦rdidas en oc¨¦anos de beneficios como t¨¦cnica para el aumento de las ventas y, a la postre, de los beneficios". El tribunal se?ala que este tipo de ventas parten "de ofrecer al comprador a precios muy reducidos e incluso con p¨¦rdidas ( ... ) a fin de crear una imagen general de barato del establecimiento".En la sentencia figuran algunos precios aplicados en el establecimiento en la campa?a de Reyes de 1994. As¨ª, el precio de adquisici¨®n de la mu?eca Barbie Cristal fue de 2.485 pesetas y se vend¨ªa a 1.895 con IVA incluido. En el caso del Circo Roman¨ª, el precio de compra era de 4.503 pesetas y se vend¨ªa a 3.895; con la moto Super cross, el precio de compra fue a 15.162 pesetas y la venta a 12.995 y en a mu?eca Bracitos, la compra fue a 4.693 pesetas y la venta a 3.995.
Alcampo no recurrir¨¢
La sentencia no tiene consecuencias econ¨®micas para Alcampo, ya que la demanda de los peque?os comerciantes tampoco lo ped¨ªa. Un portavoz de la empresa dijo que no se recurrir¨¢ al Supremo. El representante de Alcampo afirm¨® que las ventas de juguetes a estos precios "ces¨® inmediatamente a partir de 1994 al comprobar que hab¨ªa una duda sobre si era correcta. Es un caso desfasado porque se refiere a hechos de hace cuatro a?os, cuando no hab¨ªa Ley de Comercio", aprobada en 1996. "Entonces hab¨ªa cosas que estaban claras y otras no y eso daba lugar a interpretaciones", remach¨®.Miquel ?ngel Fraile, secretario general de la Confederaci¨®n de Comercio de Catalu?a, calific¨® la sentencia de "muy importante" "Tenernos el convencimiento de que este tipo de pr¨¢cticas son habituales", a?adi¨® el representante de los peque?os comerciantes. Fraile reclam¨® m¨¢s dedicaci¨®n por parte de la Administraci¨®n a sancionar estos actos y record¨® que en la actual Ley de Comercio, en vigor desde 1996, se prev¨¦n sanciones entre 2,5 y 100 millones de pesetas.
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