El Supremo dice que el 'caso Marey' no comprometi¨® la seguridad del Estado
La Sala Segunda del Tribunal Supremo hizo p¨²blico ayer el auto en el que rechaza las cuestiones previas planteadas por los abogados del ex ministro Jos¨¦ Barrionuevo, el ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y otros diez procesados por el secuestro de Segundo Marey. En el auto, la Sala rechaza que el caso Marey comprometiese la seguridad del Estado.
Respecto a la prescripci¨®n de los delitos, punto central del debate entre defensas y acusaciones, la Sala Segunda explica que es necesario que esa cuesti¨®n "aparezca tan clara que, sin dejar duda alguna al respecto, pueda afirmarse que, sin necesidad de la celebraci¨®n del juicio oral, ha transcurrido el plazo designado al efecto por la ley". Dicho plazo, seg¨²n las defensas, es de 10 a?os para los delitos de secuestro, pertenencia a banda armada y malversaci¨®n de fondos p¨²blicos, en tanto que el fiscal y las acusaciones consideran que es de 15 a?os para el secuestro y que este plazo arrastra la imprescriptibilidad de los dem¨¢s delitos.
Sobre la aplicaci¨®n del art¨ªculo 102.2 de la Constituci¨®n, la Sala se?ala que no puede acogerse el criterio formalista de considerar que cualquier delito que figura bajo el ep¨ªgrafe de "delitos contra la seguridad del Estado" puede aplicarse dicho precepto constitucional. Seg¨²n el 102.2 de la Constituci¨®n, si la acusaci¨®n contra el presidente o los miembros del Gobierno fuese por traici¨®n o por cualquier delito contra la seguridad del Estado, tendr¨ªa que ser planteada por iniciativa de la cuarta parte del Congreso y con aprobaci¨®n de la mayor¨ªa absoluta del mismo.
La seguridad del Estado
Seg¨²n el Supremo, "nadie puede pretender que sea necesario acudir al art¨ªculo 102.2 en relaci¨®n a delitos tales como la tenencia il¨ªcita de armas, atentados, desacatos, o des¨®rdenes que tambi¨¦n figuran como delitos "contra la seguridad del Estado". La Sala explica que ese precepto constitucional queda reservado para delitos que comprometen la paz o la independencia del Estado. "Pero siempre", a?ade, "teniendo en cuenta la gravedad y el car¨¢cter pol¨ªtico del hecho por sus circunstancias espec¨ªficas", lo que obliga a considerar que el secuestro de Marey, por un grupo de personas con armas no habr¨ªa comprometido la seguridad del Estado".[Los tres magistrados que se mostraron a favor de estimar la prescripci¨®n de los tres delitos del caso Marey fueron su presidente, Jos¨¦ Jim¨¦nez Villarejo, y Enrique Bacigalupo y Joaqu¨ªn Mart¨ªn Canivell, seg¨²n fuentes de la sala. Otro magistrado, Jos¨¦ Antonio Mara?¨®n, se pronunci¨® en favor de declarar ya prescritos los delitos de pertenencia a banda armada y malversaci¨®n, pero no el de detenci¨®n ilegal, informa Bonifacio de la Cuadra].
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