La Delegaci¨®n del Gobierno deber¨¢ pagar a un bar que cerr¨® ilegalmente
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado que se indemnice por da?os y perjuicios a los due?os del bar Max (distrito Centro), que fue clausurado tres meses en julio de 1992 por la Delegaci¨®n del Gobierno de Madrid tras aducir que en su interior se toleraba el consumo de drogas. La Delegaci¨®n del Gobierno de Madrid, entonces gobernada por el PSOE, cerr¨® el bar Max tras una inspecci¨®n policial en la que se intervino a uno de los due?os del local sustancias con apariencia de coca¨ªna y hero¨ªna, por tener sospechas de que en su interior se "toleraba" el consumo de estupefacientes.El levantamiento de la sanci¨®n se debe a que las sustancias que decomis¨® la polic¨ªa -subraya la Secci¨®n Primera del alto tribunal madrile?o- "eran lidoca¨ªna y piracetam", y, por tanto, no se hallan en la lista de productos catalogados por las autoridades sanitarias como droga. El tribunal se basa en un informe elaborado por la Direcci¨®n General de Farmacia.
Antes del cierre, y al tener conocimiento de que exist¨ªa el prop¨®sito gubernativo de clausurar el local, sus due?os presentaron un recurso de alzada ante la delegaci¨®n, que lo desestim¨®. Por eso acudieron a la v¨ªa judicial. Alegaron por un lado que, cuando la polic¨ªa inspeccion¨® el local y decomis¨® esas sustancias, los propietarios del bar eran otras personas. El tribunal rechaza este argumento: aunque ha cambiado la denominaci¨®n de la empresa, "est¨¢ probada la continuidad de las personas al frente de dicho negocio".
Los due?os tambi¨¦n alegaron que la orden de cierre era precipitada por cuanto en ese momento a¨²n no se hab¨ªan analizado por Farmacia el tipo de sustancias intervenidas. El informe de Farmacia les da la raz¨®n: la lidoca¨ªna y el piracetam no est¨¢n consideradas como drogas, aunque ambos productos, razona el tribunal, suelen emplearse "para adulterar hero¨ªna y coca¨ªna". Por tanto, el cierre fue ilegal y "debe indemnizarse" al local "por el dinero que dej¨® de percibir" durante los tres meses que dur¨® su clausura.
Exceso de horario
El alto tribunal madrile?o se ha pronunciado tambi¨¦n sobre otra sanci¨®n de tres meses de clausura impuesta por la Delegaci¨®n del Gobierno a la discoteca Porche (situada en el kil¨®metro 37 de la carretera de A Coru?a). El motivo, incumplir tres veces el horario l¨ªmite de cierre nocturno. La delegaci¨®n aplic¨® una falta grave y decret¨® tres meses de clausura, pues tres fueron las veces en que el local sobrepas¨® el horario. El tribunal declara "acreditado" que el local se "excedi¨®" tres veces en "el horario de apertura". No obstante, rechaza la posibilidad de convertir esas tres faltas leves en una grave, ya que una de ellas no es a¨²n firme (se est¨¢ investigando a¨²n su procedencia). El tribunal insta a la Delegaci¨®n del Gobierno a que imponga la multa que entienda oportuna por la falta leve derivada del incumplimiento del horario.
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