El Insalud reduce el sueldo a dos ATS condenados por una muerte
El Insalud ha embargado un 33% del sueldo a dos enfermeros del hospital Doce de Octubre tras verse obligado por los tribunales, como responsable civil subsidiario, a pagar 21 millones de pesetas a la familia de un beb¨¦ que muri¨® en este hospital debido a una imprudencia sanitaria. Las n¨®minas de ambos ATS se han visto reducidas en un 33% desde febrero de 1995, cuando la Secci¨®n Penal de la Audiencia de Madrid dio un plazo al Insalud para que se hiciese cargo de la indemnizaci¨®n. El embargo parcial de una n¨®mina para resarcirse del pago de una Indemnizaci¨®n es una medida infrecuente en la Administraci¨®n. Mar¨ªa Nieves Fern¨¢ndez P¨¦rez-Ravelo, abogada de uno de los ATS, ha pedido ahora a la Audiencia que inste al Insalud para que deje de retener a su cliente parte de la n¨®mina y le devuelva las cantidades retenidas. La petici¨®n de la abogada se produce tras haber conseguido que un tribunal civil dicte otra sentencia en la que se condena a la compa?¨ªa de seguros AGF a que responda con 10 millones de pesetas de la imprudencia sanitaria en la que incurri¨® la enfermera, Dolores R. C. Esta enfermera, y su compa?ero de trabajo Juan G. O., fueron condenados en 1993 a pagar casi 21 millones de pesetas a los padres de un beb¨¦ de 28 d¨ªas que muri¨® de un derrame cerebral en octubre de 1986. Al beb¨¦ se le suministr¨® una dosis de suero que conten¨ªa un exceso de sodio.
Juan G. O. fue condenado como autor del nefasto preparado de suero, mientras que su compa?era Dolores lo fue por no haber estado atenta a la evoluci¨®n sanitaria del beb¨¦ tras ser advertida de que hab¨ªa empeorado tras recibir el suero. En la condena penal, la Audiencia oblig¨® a ambos a pagar a los padres 15 millones de pesetas, que con los intereses se han convertido finalmente en 21, y declar¨® responsable subsidiario al Insalud.
"Cl¨¢usula abusiva"
El Insalud, tras muchos requerimientos, pag¨® la indemnizaci¨®n, pero comenz¨® a descontar a los acusados un 33% de sus n¨®mimas. Dolores R. C. pidi¨® al Insalud, a trav¨¦s de su abogada, que no le descontase a ella dinero, y que reclamase la parte de la indemnizaci¨®n que le correspond¨ªa a su aseguradora, la compa?¨ªa AGF. ?sta, sin embargo, rehus¨® hacerse cargo del pago. Aleg¨® que una cl¨¢usula del seguro le exoneraba de responsabilidad si la imprudencia m¨¦dica del asegurado se deb¨ªa a una mezcla equivocada de medicamentos. Su abogada, que define de "abusiva" esa cl¨¢usula, acudi¨® a los tribunales civiles. Adujo que el autor de la mezcla "no hab¨ªa sido Dolores, sino el otro enfermero condenado", y que "la ¨²nica acci¨®n delictiva de su cliente "era haber entrado de guardia en el hospital el d¨ªa en que se produjeron los hechos". Los tribunales le han dado ahora la raz¨®n, y han dictaminado que la compa?¨ªa aseguradora AGF debe pagar la parte de indemnizaci¨®n que corresponde a la ATS.
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