La Audiencia absuelve a Marcos Merino del fraude del "caso Osakidetza" por falta de pruebas
La Audiencia de Vitoria ha condenado por un delito continuado de falsedad documental a penas que oscilan entre un a?o y seis a?os y seis meses de prisi¨®n a cinco de los 11 acusados en el caso Osakidetza (presunto fraude masivo en las oposiciones de 1990). Entre los absueltos figura el ex n¨²mero tres de los socialistas vascos y actual miembro de su ejecutiva, Jos¨¦ Luis Marcos Merino. La Audiencia, que reconoce que ha fallado en virtud de indicios y no de pruebas directas, recalca que los condenados acordaron favorecer a opositores del entorno del PSE y de la UGT.
La Audiencia ha tardado m¨¢s de tres meses en hacer p¨²blica la sentencia. Los dos m¨¢ximos responsables de Osakidetza en el momento de los hechos, Mario Gonz¨¢lez, entonces director general, y Pedro P¨¦rez, director de gesti¨®n econ¨®mica, son los m¨¢s castigados, con unas penas de seis a?os y medio de c¨¢rcel a cada uno, y 500.000 pesetas de multa. Completan la lista de condenados Jos¨¦ ?ngel Mart¨ªn, t¨¦cnico del Servicio Vasco de Salud y hombre de confianza de P¨¦rez, sobre el que recae igual condena; Pablo Sastre, inform¨¢tico de Osakidetza, condenado a seis a?os, y el m¨¢ximo responsable de la empresa correctora de las pruebas, Francisco Javier Ab¨¢solo, penado con un a?o. Todos ellos deber¨¢n indemnizar de manera conjunta a Osakidetza con m¨¢s de 21 millones por los problemas derivados de la anulaci¨®n de la convocatoria. El tribunal considera que Marcos Merino debe ser absuelto por la inexistencia de un "cuerpo probatorio suficiente" para deducir su participaci¨®n en los hechos. El fallo subraya que su viaje a Madrid en marzo de 1991, donde se entrevist¨® con Francisco Javier Ab¨¢solo no constituye "ninguna prueba ni siquiera indiciaria" de delito. Inc¨®gnitas La sentencia deja en el aire, pese a la contundencia de las penas, algunas de las inc¨®gnitas que sobrevolaron todo el proceso de manipulaci¨®n de ex¨¢menes que se produjo en los ¨²ltimos meses de 1990 y los primeros de 1991. El delito continuado de falsedad en documento p¨²blico que se atribuye a los cinco condenados alcanz¨® a 300 ex¨¢menes y "se cometi¨® conforme a un plan preconcebido", seg¨²n destaca el fallo. Sin embargo, el tribunal pone de relieve la dificultad que existi¨® para encontrar pruebas de cargo. "Si bien la prueba de la falsificaci¨®n de los ex¨¢menes (...) resulta probada mediante la prueba directa, no ocurre lo mismo en relaci¨®n con la participaci¨®n de los hechos imputable a cada uno de los acusados, por cuanto no exista ninguna prueba directa de la misma". De esta manera, los magistrados de la Secci¨®n Primeria de la Audiencia vitoriana asumen que la implicaci¨®n de los altos cargos de Osakidetza est¨¢ basada en "pruebas indirectas y circunstanciales", y consideran v¨¢lido que por medio de estos indicios "se haya llegado a la convicci¨®n de culpabilidad a trav¨¦s de un proceso mental razonado". La sentencia se ajusta bastante a las peticiones de penas que hab¨ªa formulado el Ministerio Fiscal. El fallo destaca en todo momento la existencia de una trama organizada que parti¨® de la propia organizaci¨®n de la oposici¨®n para favorecer a un grupo de opositores ligados al partido socialista y la UGT. Mario Gonz¨¢lez, entonces responsable de Osakidetza, aparece como la persona que pidi¨® los discos inform¨¢ticos de los ex¨¢menes para custodiarlos y leerlos en su despacho, hecho que califica la sentencia de "injustificable". El fallo le atribuye dejaci¨®n en la vigilancia de las hojas, guardadas en una estancia -el conocido como b¨²nker- donde llegaron a reunirse las pesta?as identificativas y los propios ex¨¢menes, as¨ª como el permiso para publicar las listas provisionales de aprobados no autorizada por los propios tribunales. F¨¦lix Rojo, abogado defensor del ex director general de Osakidetza, anunci¨® ayer que recurrir¨¢ el fallo en los pr¨®ximos d¨ªas. En declaraciones a Europa Press, Felix Rojo se?al¨®: "No comparto bajo ning¨²n concepto la sentencia, donde le condenan a Gonz¨¢lez por indicios, y condenar por indicios es algo peligroso, en casi todos los casos". Pedro P¨¦rez contrat¨® a la firma correctora Euro Appraisal, una empresa que "carec¨ªa de experiencia y medios materiales para hacerlo", de manera directa "sin una justificaci¨®n clara". La Audiencia vitoriana pone de relieve los viajes que P¨¦rez realiz¨® en los primeros meses de 1991 a Madrid, sede de la firma, junto a Miguel ?ngel Mart¨ªn y Pablo Sastre, tambi¨¦n condenados "con la finalidad de proceder al cambio de ex¨¢menes previamente preparados, pues indudablemente en tales personas concurr¨ªan las condiciones necesarias para poder cometer los hechos". El ¨²ltimo condenado, Francisco Javier Ab¨¢solo, m¨¢ximo responsable de Euro Appraisal, dio v¨ªa libre a todo el proceso de manipulaci¨®n de las hojas de examen en la sede de la empresa antes de finalizar la fase de correcci¨®n, seg¨²n el tribunal. "Autoriz¨® y facilit¨® con la intermediaci¨®n de Pedro P¨¦rez, el acceso de ¨¦ste con los dem¨¢s ejecutores materiales del cambio de ex¨¢menes" a las oficinas donde se hallaban almacenados en Madrid. Asimismo, se le atribuye la entrega de los resultados de las pruebas al director de gesti¨®n econ¨®mica de Osakidetza. Respecto al resto de los imputados, Mar¨ªa Isabel Herrero, secretaria de los servicios centrales de Osakidetza, su hija Isabel Jim¨¦nez y Alberto Lertxundi, opositores, as¨ª como Oscar L¨¢zaro y Eloy Rodr¨ªguez, empleados de Euro Appraisal, la sentencia resalta la ausencia de indicios para ejecutar una condena.
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