Absuelto de delito ecol¨®gico un representante de la Federaci¨®n de Rugby
La titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 9 de Barcelona ha absuelto de delito ecol¨®gico a un representante de la Federaci¨®n Catalana de Rugby y a una empresa de transportes por los vertidos realizados en la zona de Can Sabadell, de Viladecans, para la construcci¨®n de un campo de rugby. El fiscal acus¨® por considerar que se trata de un humedal que deb¨ªa ser protegido. La absoluci¨®n se basa en que el Ayuntamiento de Viladecans autoriz¨® los vertidos.
El fiscal de medio ambiente, Jos¨¦ Joaqu¨ªn P¨¦rez de Gregorio, acus¨® de delito ecol¨®gico al representante de la Federaci¨®n Catalana de Rugby, para quien solicit¨® una pena de dos a?os de prisi¨®n menor y multa de siete millones de pesetas, y al gerente de la empresa Transportes J. Aldeguer, con una petici¨®n de un a?o de c¨¢rcel y seis millones de pesetas de multa. La federaci¨®n pretend¨ªa construir un campo de rugby y contrat¨® a la empresa transportista para llevar tierras y escombros con los que rellenar los terrenos. ?stos, seg¨²n certificaron varias administraciones, "no estaban incluidos en ninguna figura especial de protecci¨®n". La sentencia mantiene: "No se ha podido demostrar que los acusados vertieran tierras y escombros en un lugar distinto al que autoriz¨® el Ayuntamiento". La juez Mar¨ªa Rosa Aragon¨¦s precisa tambi¨¦n: "No hay duda de que los acusados actuaron dentro del terreno objeto de licencia municipal. Por ello, y en buena l¨®gica, entendieron que su actuaci¨®n era perfectamente ajustada a derecho". La denuncia inicial de Depana y la acusaci¨®n del fiscal consideraban que se trataba de un humedal que deb¨ªa ser protegido. Sin embargo, los vertidos contaban con licencia del Ayuntamiento de Viladecans, que calificaba esos terrenos de "suelo urbanizable programado". En la misma l¨ªnea de defensa, los acusados presentaron informe favorable de la Mancomunidad de Municipios del ?rea Metropolitana y del Consejo Comarcal del Baix Llobregat. Por todo ello, la sentencia se?ala que "era imposible que los acusados supieran el impacto ambiental de su acci¨®n". La juez considera que la zona es un espacio natural defendible "per se" pero entiende que los acusados incurrieron en error invencible que exime de responsabilidad criminal.
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