"La democracia significa mucho m¨¢s que el gobierno de la mayor¨ªa"
En los 78 folios del fallo del Tribunal Supremo canadiense los magistrados han intentado dar respuesta a tres cuestiones: ?De acuedo con la Constituci¨®n de Canad¨¢ puede la Asamblea Nacional, el poder legislativo o el Gobierno de Quebec decidir unilateralmente la secesi¨®n de la provincia de Canad¨¢? ?Concede el derecho internacional el derecho a la Asamblea Nacional, el poder legislativo o el Gobierno de Quebec a llevar a cabo esa secesi¨®n unilateralmente? En el caso de conflicto entre el derecho local y el internacional ?cu¨¢l de los dos es aplicable? Los criterios establecidos establecidos por el tribunal son los siguientes:Secesi¨®n
La secesi¨®n de Quebec de Canad¨¢ no puede conseguirse a trav¨¦s de la Asamblea Nacional, el legislativo o el Gobierno de Quebec de forma unilateral, esto es, sin negociaciones, y ser considerado como un acto legal. (...) Sin embargo, ese orden constitucional quedar¨ªa afectado si una clara mayor¨ªa declarara de forma inequ¨ªvoca su deseo de no permanecer en Canad¨¢. En el caso de que se iniciaran una eventuales negociaciones para la secesi¨®n, nuestra Constituci¨®n, no en menor medida que nuestra historia, reclamar¨ªa a los participantes en ellas que reconciliasen los derechos, obligaciones y leg¨ªtimas aspiraciones de todos los canadienses en el marco que resalta las responsabilidades constitucionales, tanto como los derechos constitucionales.:
Autodeterminaci¨®n
El derecho internacional a la autodeterminaci¨®n s¨®lo genera, en el mejor de los casos, un derecho a la autodeterminaci¨®n externa en casos de antiguas colonias, los pueblos oprimidos por una ocupaci¨®n militar, o un determinado grupo a quien se le impide el acceso al autogobierno para conseguir su desarrollo pol¨ªtico econ¨®mico, social y cultural. En estas tres situaciones el pueblo est¨¢ investido del derecho a la autodeterminaci¨®n externa porque se le ha denegado la capacidad para llevar a cabo internamente su derecho a la autodeterminaci¨®n. Estas excepcionales circunstancias son completamente inaplicables en Quebec bajo las condiciones actuales. Por lo tanto ni la poblaci¨®n de la provincia de Quebec, tanto si se caracteriza en los t¨¦rminos de "pueblo" o "pueblos", ni sus instituciones representativas, la Asamblea Nacional, el legislativo o el Gobierno de Quebec tienen el derecho, seg¨²n el derecho internacional, a secesionarse unilateralmente de Canad¨¢.:
Vigencia constitucional
Hemos hecho ¨¦nfasis en que la Constituci¨®n es m¨¢s que un texto escrito. Abarca todo el sistema global de leyes y principios que gobiernan el ejercicio de autoridad constitucional. Una lectura superficial de algunos pasajes de la Constituci¨®n, sin m¨¢s, puede ser enga?oso. Es necesario llevar a cabo una investigaci¨®n m¨¢s profunda de los principios subyacentes que animan el conjunto de nuestra Constituci¨®n, incluyendo los principios de federalismo, democracia, constitucionalismo y gobierno de la ley y respeto a las minor¨ªa. Estos principios deben inspirar nuestra apreciaci¨®n global de los derechos y obligaciones constitucionales que podr¨ªan entrar en juego en el caso de que una clara mayor¨ªa de quebequenses votaran en una clara pregunta a favor de la secesi¨®n.: Secesi¨®n unilateral
Aquellos que sostienen la existencia de un derecho as¨ª [la secesi¨®n unilateral] lo basan principalmente en el principio de democracia. Democracia, de cualquier manera, significa mucho m¨¢s que el simple gobierno de la mayor¨ªa. Como queda reflejado en nuestra jurisprudencia constitucional la democracia existe en el amplio contexto de otros valores constitucionales como los ya mencionados [federalismo, democracia, constitucionalismo y gobierno de la ley y respeto a las minor¨ªas]. En los 131 a?os transcurridos desde que se cre¨® la Confederaci¨®n, el pueblo de las provincias y territorios ha creado estrechos lazos de interdependencia (econ¨®mica, social, pol¨ªtica y culturalmente) basados en valores compartidos que incluyen el federalismo, la democracia, el constitucionalismo, el gobierno de la ley y el respeto a las minor¨ªas. Una decisi¨®n democr¨¢tica de los quebequenses a favor de la secesi¨®n pondr¨ªa en riesgo esas relaciones. La Constituci¨®n otorga orden y estabilidad y consecuentemente la secesi¨®n de una provincia "bajo la Constituci¨®n" no puede ser adoptada unilateralmente, esto es, sin una negociaci¨®n con los otros miembros de la Confederaci¨®n dentro del marco constitucional.
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