Viejos y nuevos poderes del Kremlin
La Carta Magna aprobada el 12 de diciembre de 1993 otorga al presidente ruso importantes atribuciones, pero el acuerdo alcanzado ayer, aunque luego rechazado por los comunistas, supone, seg¨²n fuentes diversas (no se ha difundido el texto), fuertes limitaciones al poder presidencial, y obligar¨ªa a algunas reformas en la Constituci¨®n y en la Ley de Gobierno de ser finalmente aprobado.Constituci¨®n actual.
- Nombra al primer ministro, con el respaldo de la Duma (C¨¢mara baja del Parlamento). Si la Duma rechaza por tres veces a su candidato, puede disolverla y convocar elecciones legislativas.
- Ratifica y destituye a los ministros nombrados por el jefe del Gobierno, y a este mismo.
- Disuelve la Duma si presenta dos mociones de censura contra ¨¦l en el plazo de tres meses o rechaza una moci¨®n de confianza del Gobierno. No puede disolverla en los seis ¨²ltimos meses del mandato presidencial, cuando est¨¢ en marcha un proceso pol¨ªtico para destituirle o durante la ley marcial o el estado de emergencia.
- Dirige la pol¨ªtica exterior.
- Ejerce el mando supremo de las Fuerzas Armadas.
- No puede ejercer el cargo durante m¨¢s de dos mandatos seguidos.
Poderes recortados.
- El presidente no podr¨¢ destituir ni al primer ministro ni a los miembros de su Gobierno mientras dure el mandato de la actual Duma, es decir, hasta diciembre de 1999.
- El primer ministro podr¨¢ nombrar su Gabinete de forma aut¨®noma, sin el visto bueno del l¨ªder del Kremlin. Con cuatro excepciones: los titulares de Exteriores, Interior, Defensa y Servicio Federal de Seguridad (heredero del KGB).
- La Duma no ser¨¢ disuelta hasta que agote su mandato. No habr¨¢ mociones de confianza del Gobierno ante la Duma, ni ¨¦sta presentar¨¢ mociones de censura. La Duma deber¨¢ ratificar, no s¨®lo el nombramiento del jefe del Gobierno, sino tambi¨¦n de los viceprimeros ministros.
- Se expresa la necesidad de controlar la utilizaci¨®n de los medios de comunicaci¨®n estatales.
Destituci¨®n.
- El l¨ªder del Kremlin puede cesar en su cargo por decisi¨®n propia, por incapacidad o por destituci¨®n motivada en graves cr¨ªmenes contra el Estado. Es necesario el voto de dos tercios de la C¨¢mara alta, tras un voto similar de la Duma y dict¨¢menes del Supremo y el Constitucional. Le releva el primer ministro, que debe convocar nuevas elecciones presidenciales en el plazo de tres meses.
Reforma constitucional.
- Es preciso el acuerdo de dos tercios de los diputados y senadores, as¨ª como de dos tercios de los Parlamentos de los 89 sujetos de la Federaci¨®n (rep¨²blicas, provincias y territorios).
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