Urralburu y Arag¨®n, condenados a once y siete a?os de c¨¢rcel por cobrar comisiones ilegales
Gabriel Urralburu, ex presidente socialista del Gobierno de Navarra, ha sido condenado a once a?os de prisi¨®n por un delito continuado de cohecho con ocho constructoras y dos delitos contra la Hacienda Foral, seg¨²n la sentencia sobre la trama navarra del caso Rold¨¢n que se hizo p¨²blica ayer en la Audiencia Provincial de Pamplona. Antonio Arag¨®n, su consejero de Obras P¨²blicas, ha sido declarado culpable de un delito fiscal y de otro de cohecho, por los que deber¨¢ cumplir siete a?os. Sus respectivas esposas, Olivia Balda y Ana Isabel Romeo, fueron condenadas a tres a?os. La pena para Luis Rold¨¢n, ex director de la Guardia Civil, y su testaferro, Jorge Esparza, son de tres y cuatro a?os respectivamente.
Cinco horas necesit¨® el magistrado Rafael Ruiz de la Cuesta, ponente de la sentencia, para dar lectura a los 143 folios en los que se condena a los seis procesados en un juicio cuya vista dur¨® cuatro meses y por el que desfilaron m¨¢s de 80 testigos.Adem¨¢s de las penas de prisi¨®n, el tribunal impone a Gabriel Urralburu la inhabilitaci¨®n especial durante nueve a?os para empleo o cargo p¨²blico y una multa de 780 millones; a Antonio Arag¨®n, la misma inhabilitaci¨®n y 650 millones de multa, y a Jorge Esparza y Luis Rold¨¢n -ya condenados anteriormente a penas de 28 y nueve a?os, respectivamete- otra sanci¨®n de 500 millones a cada uno, con responsabilidad personal subsidiaria de un a?o de privaci¨®n de libertad.
El tribunal ha desestimado el eximente de anomal¨ªa ps¨ªquica planteada por la defensa de Arag¨®n y su supuesto arrepentimiento al reconocer durante la vista que recibi¨® 70 millones de pesetas de diversos constructores en concepto de "regalos". En este sentido, los tres magistrados se?alan que no intent¨® reparar los da?os durante la instrucci¨®n de la causa, que su confesi¨®n ha sido "parcial" y que ha sido irrelevante la puesta a disposici¨®n de la sala de sus cuentas suizas, ya que est¨¢n vac¨ªas. Destacan tambi¨¦n su dependencia y protecci¨®n hacia Urralburu, al que defendi¨® en su declaraci¨®n.
Gran amistad con Rold¨¢n
La sentencia se?ala como hechos probados que Urralburu y Arag¨®n, presidente y consejero, respectivamente, del Gobierno navarro desde 1984 hasta 1991, trabaron "gran amistad" con Rold¨¢n cuando era delegado del Gobierno en Navarra, y con Esparza, director comercial de Huarte.En el marco de esa relaci¨®n, Esparza les inform¨® de que pod¨ªan cobrar cantidades por adjudicaciones irregulares de obras p¨²blicas y se puso a su disposici¨®n "para tratar de recibir y gestionar el dinero obtenido a trav¨¦s de una trama". ?sta consist¨ªa en adquirir inmuebles y activos financieros, as¨ª como en crear sociedades mercantiles instrumentales para ocultar los beneficios.
El matrimonio Urralburu constituy¨® la sociedad Residencia Menorquina y Arag¨®n cre¨® Copcan. A nombre de ambas sociedades compraron varios pisos, fincas y chal¨¦s en diversas partes de Espa?a. Todas ellos, con talones pagados por constructoras.
Los cuatro procesados llegaron a un acuerdo para repartirse el dinero que consiguieran de las constructoras que concursaban en Navarra, "encarg¨¢ndose Esparza de la contabilidad de los ingresos obtenidos y del cobro y distribuci¨®n entre ellos, para lo que realiz¨® unas fichas, parte de las cuales fueron guardadas en una caja de seguridad de una entidad bancaria de Ginebra.
Entre ellas existe una referencia al pago a la empresa de sondeos CIES por un estudio electoral encargado por Urralburu. Ese estudio se abon¨® con dinero procedente de la constructora Inversiones Vela. El resto de las d¨¢divas fueron para sus inversiones inmobiliarias personales.
Seg¨²n la sentencia, la primera decisi¨®n de Urralburu y Arag¨®n fue la de cambiar el sistema de subasta por el de concurso, lo que otorgaba mayor discreccionalidad en las adjudicaciones. ?stas se revest¨ªan de las formalidades legales requeridas. Posteriormente, hac¨ªan saber a las constructoras que deb¨ªan pagar por conseguir la obra. El precio estipulado era el 5% de la adjudicaci¨®n, aunque en ocasiones se modificaba a la baja o al alza,"como posible maniobra de distracci¨®n por si hubiera una investigaci¨®n".
El tribunal asegura que ocho constructoras pagaron comisiones millonarias a los condenados. Se trata de Huarte y su filial Hasa, bajo la presidencia de Mario Caprile, a la que se le levant¨® el veto que ten¨ªa durante la anterior legislatura por su dif¨ªc¨ªl situaci¨®n econ¨®mica y que emple¨® facturas para maquillar su contabilidad; Agrom¨¢n, "que utiliz¨® la personalidad falsa de Julio Agrassot Colomer para librar cheques bancarios y pagar a los acusados"; Obrasc¨®n, "que manej¨® facturas inexistentes"; La¨ªn, Aldesa, FOCSA y Cubiertas y MZOV. Todas ellas pagaron al menos 770 de millones de pesetas en comisiones ilegales a los procesados.
El fraude de la autov¨ªa
Sobre la autov¨ªa de Leizar¨¢n, una de las principales obras otorgadas por el Gobierno de Urralburu, el fallo se?ala que a causa de las amenazas de ETA el ex presidente y el ex consejero de Obras P¨²blicas dieron un trato de favor a los adjudicatarios La¨ªn y Obrasc¨®n concedi¨¦ndoles un aumento en el 20% de la obra, "incremento que no trascendi¨® a los subcontratistas y auxiliares, que eran los que sufr¨ªan las amenazas y los sabotajes". Asimismo, destaca que las empresas beneficiadas conocieron la adjudicaci¨®n mucho tiempo antes de la concesi¨®n y asegura que la versi¨®n de los pagos por contravigilancia facilitada por estas constuctoras es falsa porque nunca existi¨®.La sentencia asegura que Urralburu y Arag¨®n defraudaron a la Hacienda de Navarra 68 y 26 millones, respectivamente, en sus declaraciones del impuesto de la renta de los a?os 1990 y 1991. El tribunal destaca la agravante de que ambos utilizaron a personas interpuestas para ocultarse a s¨ª mismos como deudores tributarios. Los dos deber¨¢n indemnizar al fisco con la misma cantidad.
Javier Asia¨ªn, el abogado de Urralburu, anunci¨® que recurrir¨¢ la sentencia en casaci¨®n y critic¨® que la sala no haya penado ¨²nicamente el delito principal.
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