El despido por testificar contra la empresa es radicalmente nulo
El Tribunal Constitucional ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declar¨® improcedente y no nulo el despido de un trabajador por declarar contra la empresa en un juicio laboral, por vulnerar su derecho a comunicar libremente informaci¨®n veraz. El trabajador hab¨ªa declarado como testigo en un procedimiento por sanci¨®n seguido contra Peugeot Talbot.
El Constitucional resuelve el recurso de amparo promovido por Francisco C.D. contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que revoc¨® un fallo anterior del juzgado de lo social que declaraba radicalmente nulo su despido.El trabajador de Peugeot Talbot recurri¨® en amparo contra su despido por entender que era una represalia como consecuencia de haber prestado testimonio contra los intereses de la empresa en otro juicio laboral.
En su sentencia, el Constitucional recuerda que la celebraci¨®n de un contrato de trabajo no implica en modo alguno la privaci¨®n para una de las partes, el trabajador, de los derechos que la Constituci¨®n le reconoce como ciudadano.
Francisco C.D. fue despedido por la comisi¨®n de una falta muy grave de transgresi¨®n de la buena fe contractual, pues, a juicio de la empresa, en su declaraci¨®n ante el juzgado de lo social, al declarar que no cumpl¨ªa con la producci¨®n exigida, cuando s¨ª la cumpl¨ªa, "consciente e intencionadamente false¨® la realidad con el claro fin de perjudicar los intereses de la empresa".
Sin embargo, el juzgado de lo social estim¨® que no hab¨ªa quedado acreditado que faltara a la verdad y afirm¨® que el despido fue como represalia a su declaraci¨®n, y lo anul¨®, lo que obliga a la readmisi¨®n. El TSJM declar¨® en cambio improcedente el despido, lo que dejaba la opci¨®n a la empresa a readmitirlo o a despedirlo con una indemnizaci¨®n.
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