?Se puede hablar de derechos?
El autor defiende que la decisi¨®n de tres comunidades de no renovarautom¨¢ticamente las licencias de radio vigentes lesiona los derechos de los radiodifusores, oyentes y profesionales.
La reciente decisi¨®n de los gobiernos de las Comunidades Aut¨®nomas de Catalu?a, Castilla-La Mancha y Castilla-Le¨®n de convocar concursos de adjudicaci¨®n de licencias sobre emisoras de FM a las que venc¨ªa el plazo de concesi¨®n, plantea una serie de cuestiones que entiendo del m¨¢ximo inter¨¦s para los radiodifusores espa?oles e incluso para los radiodifusores a nivel internacional, por el precedente que ello supone sobre lo que suele ser habitual en los pa¨ªses de nuestro entorno.En efecto, la decisi¨®n de los responsables de dichas Comunidades Aut¨®nomas otorga el mismo tratamiento a las emisoras de nueva creaci¨®n que a las emisoras antiguas a las que ahora vence el plazo para el que fueron concedidas, es decir, considero que todas ellas deben ser objeto de nueva concesi¨®n sobre las mismas bases y sobre los mismos presupuestos.
Esta decisi¨®n rompe lo que ven¨ªa siendo habitual y lo que es pr¨¢ctica consagrada, tanto a nivel nacional como internacional, y que se concreta en la renovaci¨®n autom¨¢tica e inmediata de las concesiones de radio a las que vence el plazo de concesi¨®n, siempre y cuando no haya mediado infracci¨®n grave de las condiciones de la concesi¨®n. Pr¨¢ctica consagrada que viene abonada por argumentos de todo tipo, jur¨ªdicos y econ¨®micos, que fundamentan lo que parece claro desde la simple ¨®ptica del sentido com¨²n: que no puede ser tratada de la misma forma una emisora de nuevo cu?o, cuya concesi¨®n se otorga por primera vez, que otra que lleva 10, 20, 30 a?os, e incluso 70 en las emisoras m¨¢s antiguas del espectro radiof¨®nico espa?ol, cumpliendo correctamente con su funci¨®n y vocaci¨®n de radiodifusor.
Y es que todo el mundo comprende que las emisoras de nueva creaci¨®n deben ser ofertadas libremente en los procesos de licitaci¨®n de nuevas emisoras a cuantos sientan vocaci¨®n radiof¨®nica. Las frecuencias radiof¨®nicas son un bien escaso y todo el mundo debe tener oportunidad de presentarse a los concursos y resultar adjudicatario, siempre que su oferta mejore los par¨¢metros de los restantes licitadores. Se ejercita as¨ª la igualdad de oportunidades y se refuerza la libertad de expresi¨®n a trav¨¦s de la aparici¨®n de nuevas voces en el dial radiof¨®nico, que se a?aden a las ya existentes, ampliando el abanico de las ofertas informativas plurales que los ciudadanos deben recibir y entre las que deben ejercitar sus opciones.
Sin embargo, es asimismo perfectamente entendible que otro es el caso de las emisoras que fueron concedidas en su d¨ªa, que llevan a?os o d¨¦cadas ejerciendo como radiodifusores, y a las que ahora vence el plazo de su concesi¨®n.
En estas emisoras, en efecto, existe ya un conjunto de intereses que est¨¢n en juego y que deben ser protegidos.
En primer lugar, los intereses de los oyentes, que son los prioritarios para los radiodifusores, oyentes que llevan a?os eligiendo libremente en el dial su emisora, y a los que una decisi¨®n no renovatoria les llevar¨ªa a perder su libre y diaria opci¨®n. En este caso, entiendo que el mismo principio de defensa de la libertad de expresi¨®n que cubre a los aspirantes a nuevos radiodifusores cubre tambi¨¦n el derecho de los antiguos a que su voz siga siendo o¨ªda, y libremente seleccionada.
En segundo lugar, los intereses de los radiodifusores como profesionales de la informaci¨®n, que desean seguir cumpliendo su funci¨®n de informar, educar y entretener a los oyentes, tal y como vienen ejerciendo durante a?os.
Seguidamente est¨¢n los intereses de las empresas de radiodifusi¨®n que realizan de forma constante inversiones en renovaci¨®n tecnol¨®gica que deben ser amortizadas y rentabilizadas adecuadamente, y que se ver¨ªan seriamente en peligro si se comprueba que el fin del plazo de la concesi¨®n puede significar la p¨¦rdida de sus inversiones.
Pi¨¦nsese en el efecto disuasorio que tal pr¨¢ctica tendr¨ªa para cualquier nuevo aspirante a radiodifusor si las reglas de juego significaran la posible p¨¦rdida de sus inversiones, aunque hayan cumplido con todas las condiciones de la concesi¨®n y servido correctamente su funci¨®n social.
Pi¨¦nsese tambi¨¦n en la actitud de los radiodifusores ante las grandes y nuevas inversiones que vienen requeridas por el gran reto que supone la nueva tecnolog¨ªa digital, inversiones que necesitan plazos de amortizaci¨®n superiores a los diez a?os.
Intereses, por ¨²ltimo, de los profesionales y trabajadores de las emisoras cuyo trabajo necesita estabilidad y fiabilidad en el horizonte temporal de su trabajo.
Todos estos intereses, que deben ser protegidos, fundamentan el tratamiento preferencial que estas emisoras deben tener a la hora de su renovaci¨®n, e incluso fundamentan plazos m¨¢s largos de los de diez a?os actualmente en vigor, habiendo incluso opiniones, como las de la Asociaci¨®n Internacional de Radiodifusi¨®n (AIR), que entiende que deben tener car¨¢cter indefinido, que s¨®lo debe ser roto si media falta grave de las condiciones establecidas.
En cualquier caso, hoy, en Espa?a, entendemos que se debe continuar con el criterio de la renovaci¨®n autom¨¢tica, eludiendo adem¨¢s el permanente estado de condicionamiento que supondr¨ªa el que los radiodifusores vivieran las renovaciones con zozobra, en medio de criterios que pueden estar motivados por razones pol¨ªticas, con premiados y castigados, antes que por razones profesionales. ?sta es la pr¨¢ctica y la doctrina a nivel internacional. As¨ª, la Asociaci¨®n Internacional de Radiodifusi¨®n (AIR), antes mencionada, que representa a m¨¢s de 17.000 emisoras de radio y televisi¨®n de las Am¨¦ricas y Europa, ha declarado expresamente, fundada en la Base X de su Legislaci¨®n Uniforme, que "las licencias se otorgar¨¢n por tiempo indeterminado o, en todo caso, por el mayor t¨¦rmino que autoricen los textos constitucionales, a fin de amparar el adecuado desarrollo de las radiodifusoras y garantizar las inversiones realizadas. Cuando las licencias sean otorgadas por tiempo determinado, el titular tendr¨¢, en principio, derecho de preferencia para la renovaci¨®n de dicha licencia por igual t¨¦rmino".
Una radioemisora es hoy una organizaci¨®n de medios t¨¦cnicos, de capitales y de conocimientos tan vasta como complicada, para que nadie intente establecerla sin la razonable seguridad de que podr¨¢ continuar oper¨¢ndola, en tanto atienda correctamente las obligaciones que, al "salir al aire", asume frente al pueblo. Pero es, adem¨¢s, un instrumento para el ejercicio de la Libertad de Expresi¨®n del Pensamiento, y no podr¨¢ exig¨ªrsele independencia de acci¨®n, si est¨¢ permanentemente sometida al riesgo de que se le cancele su autorizaci¨®n para operar.
Esta Base X requiere que las licencias sean otorgadas por los plazos m¨¢s largos que autoricen, en cada pa¨ªs, las disposiciones constitucionales vigentes, y por ello es que ella pretende que, al cabo de ese plazo, se reconozca a quien ha cumplido correctamente su misi¨®n como radioemisor, un derecho preferencial a seguir operando por un plazo igual al de la licencia original".
Por ¨²ltimo, la Asociaci¨®n Europea de Radio (AER), que re¨²ne a 5.000 de las 8.000 emisoras privadas existentes en Europa, pertenecientes a nueve pa¨ªses europeos, entiende que "se debe dar prioridad absoluta a la renovaci¨®n inmediata de sus licencias a los radiodifusores existentes en todos los casos en que no haya mediado violaci¨®n grave de las condiciones de la concesi¨®n".
A?ade la AER que "ser¨ªa, en efecto, incomprensible que el cierto clima de tolerancia con muchas emisoras ilegales, cuya existencia ilegal en alg¨²n caso se pretende cubrir con el manto de la libertad de expresi¨®n, se agrave ahora con la posible interrupci¨®n en su funci¨®n social de cualquier radiodifusor que lleva a?os cumpliendo en la legalidad con todos sus deberes y obligaciones, y que la Asociaci¨®n Europea de Radio entiende que lo que hace es sencillamente reclamar sus derechos".
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