El Supremo confirma que Ca?ellas cometi¨® cohecho, pero el delito ha prescrito
El Tribunal Supremo confirm¨® ayer que el ex presidente del Gobierno balear Gabriel Ca?ellas cometi¨® un delito de cohecho al aceptar 50 millones de pesetas del adjudicatario de las obras del t¨²nel de S¨®ller, con los que se pag¨® a proveedores del PP. El alto tribunal ha revocado parcialmente la sentencia de Baleares y atribuye ahora al contratista, Antonio Cuart, un delito de cohecho, que considera prescrito igual que el de Ca?ellas.
Dado que todos los implicados en el caso S¨®ller estaban absueltos por haber prescrito los delitos declarados en la sentencia de Baleares, el principal punto de inter¨¦s del pronunciamiento del Supremo resid¨ªa en el intento del ex presidente balear Gabriel Ca?ellas, de "restablecer su buen nombre". Pero lejos de mejorar su situaci¨®n, la sentencia del alto tribunal le dedica un sever¨ªsimo p¨¢rrafo en el que incluso agrava las estimaciones de los magistrados de Baleares.El fallo de la Audiencia balear declar¨® que despu¨¦s de publicado el real decreto de adjudicaci¨®n de las obras del t¨²nel de S¨®ller, el administrador de la concesionaria, Antonio Cuart, libr¨® un cheque por valor de 50 millones de pesetas y se lo entreg¨®, "por la adjudicaci¨®n obtenida", al entonces presidente del Gobierno balear y del PP de las islas, Gabriel Ca?ellas. El tal¨®n se canje¨® por otros diez cheques bancarios de cinco millones con los que se efectuaron "pagos a los proveedores del PP sin hacerlo constar en documento alguno."
Ca?ellas arguy¨® en su recurso que no existi¨® beneficio personal alguno por lo que su conducta deber¨ªa ser examinada como una infracci¨®n a la Ley de Financiaci¨®n de Partidos Pol¨ªticos, por lo que s¨®lo deber¨ªa haber sido sancionado administrativamente con una multa. Ca?ellas apelaba a la "realidad social" del momento en que se produjeron los hechos - el a?o 1989-, en torno a la financiaci¨®n de los partidos.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, se?ala que la regulaci¨®n del sistema de financiaci¨®n de los partidos est¨¢ orientado a garantizar la regularidad y transparencia de su actividad econ¨®mica. "No podemos decir", se?ala la sentencia, "que en el caso presente, la actuaci¨®n del secretario general, [Jos¨¦ Antonio Beristain], fuese clara y transparente en cuanto que dedic¨® todos sus esfuerzos a enmascarar la cantidad recibida, descomponi¨¦ndola en diez cheques distintos, a los que fue dando salida espaciadamente con objeto de no dejar rastros contables".
Respecto a si la conducta de Ca?ellas puede integrar un delito de cohecho caracterizado por la recepci¨®n de una d¨¢diva o regalo, el Supremo se?ala que no es necesario que "el lucro o ventaja personal se canalice exclusivamente en favor del interesado o de sus familiares o allegados, pudiendo tener una ¨²ltima y final aplicaci¨®n en favor de una entidad p¨²blica o privada, como ha sucedido en el caso presente".
Ventajas pol¨ªticas
Para el alto tribunal, el autor de este delito "satisface su deseo de beneficiarse, aprovech¨¢ndose de las ventajas pol¨ªticas que le proporciona el figurar como principal causante o intermediario en el aumento de las arcas del partido pol¨ªtico al que pertenece". "No es necesario", prosigue la sentencia, "que el dinero o los regalos vayan a parar directamente al peculio del funcionario corrupto, basta con que ¨¦ste se haya beneficiado indirectamente y en otras afectas de actividad personal, como puede ser el ostentar un cargo importante en el partido, situaci¨®n que se ve reforzada cuando pueda alegar y esgrimir, frente a sus correligionarios, la importancia de su papel al servicio de las finanzas del partido pol¨ªtico finalmente beneficiado".La desestimaci¨®n del recurso de Ca?ellas fue acogida ayer por la oposici¨®n balear, PSIB-PSOE, IU y PSM, con peticiones de dimisi¨®n de su esca?o auton¨®mico, informa Andreu Manresa. El secretario general del PSIB-PSOE, Andreu Cresp¨ª, signific¨® que Ca?ellas no ha conseguido lo que quer¨ªa: que le declararan inocente. Por contra, el PP y Ca?ellas guardaron silencio hasta conocer en su integridad la sentencia del Supremo. El Gobierno Balear anunci¨® para las 10 de esta ma?ana su pronunciamiento oficial. Respecto al adjudicatario de las obras del t¨²nel, Antonio Cuart, la sentencia estima parcialmente el recurso presentado por la acusaci¨®n de IU, y considera que ¨¦ste cometi¨® el delito de cohecho del art¨ªculo 391 del anterior C¨®digo Penal. Sin embargo, al haber transcurrido ya cinco a?os, se le declara absuelto por prescripci¨®n.
La sentencia explica que existen razones de pol¨ªtica criminal que exigen castigar al particular que trata de corromper la integridad del funcionario ofreci¨¦ndole d¨¢divas o presentes. Resalta que sin ese prop¨®sito de corromper no hay delito, pero considera que en este caso "la d¨¢diva fue entregada y la corrupci¨®n pretendida".
El Supremo desestima el recurso de la acusaci¨®n popular ejercida por IU respecto a la existencia de un delito de prevaricaci¨®n continuada del que ser¨ªan autores Ca?ellas y uno de sus consejeros y en el que habr¨ªa participado como inductor el contratista de la obra. Tras un prolijo examen de las actuaciones, el tribunal concluye que "las anormalidades surgidas durante la ejecuci¨®n de las obras pudieron seguramente haber sido resueltas con decisiones de signo distinto a las adoptadas", pero no existe una "base f¨¢ctica" suficiente para establecer que se ha conculcado directa y flagrantemente el ordenamiento.
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