La Generalitat proh¨ªbe la entrada de menores de 14 a?os a los toros y el boxeo
El Gobierno catal¨¢n ha aprobado un decreto que proh¨ªbe la entrada de menores de 14 a?os a los toros, al boxeo y a las dem¨¢s modalidades de combates y luchas, a excepci¨®n de las reconocidas por el Comit¨¦ Ol¨ªmpico Internacional y siempre y cuando se celebren respetando las normas de este organismo. Este decreto, que fue aprobado en la ¨²ltima reuni¨®n del Consell Executiu, entrar¨¢ en vigor el d¨ªa 1 de abril de 1999. Esta medida es consecuencia de una resoluci¨®n aprobada por el Parlament en junio de 1997 por la cual instaba al Gobierno de la Generalitat a regular el acceso de los ni?os y los adolescentes a los citados espect¨¢culos. Los responsables de plazas, recintos y locales deber¨¢n dar cumplimiento a esta disposici¨®n impidiendo la entrada a los menores de 14 a?os. Para ello, podr¨¢n exigir el DNI a los adolescentes mayores de esa edad. El incumplimiento de esta norma ser¨¢ sancionado seg¨²n lo dispuesto en en la ley de polic¨ªa del espect¨¢culo, actividades recreativas y establecimientos p¨²blicos. El Gobierno catal¨¢n aprob¨® en la misma sesi¨®n un decreto sobre la regulaci¨®n de la identificaci¨®n y el registro de animales de compa?¨ªa. Este decreto obliga a identificar a los animales dom¨¦sticos con un tatuaje o con un microchip implantado bajo la piel. La identificaci¨®n por uno de estos dos sistemas debe realizarse dentro de los tres meses siguientes al nacimiento del animal y antes de efectuar con ¨¦l cualquier transacci¨®n. La norma establece para su aplicaci¨®n un periodo transitorio de entre uno y dos a?os, en funci¨®n de si el animal est¨¢ o no censado en el municipio correspondiente, que debe ser el de residencia habitual. Los ayuntamientos deber¨¢n comunicar su censo de animales a la Generalitat.
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