El proyecto de ley para indemnizar a v¨ªctimas del terrorismo prev¨¦ que se aplique desde enero de 1968
La proposici¨®n de ley sobre solidaridad con las v¨ªctimas de actos terroristas, cuyo texto entreg¨® ayer Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar al candidato socialista a la Presidencia del Gobierno, Jos¨¦ Borrell, tiene un ¨¢mbito temporal de aplicaci¨®n de m¨¢s de 30 a?os, desde el 1 de enero de 1968 hasta la pr¨®xima entrada en vigor de la ley. Justamente desde las fechas en que ETA inici¨® su actividad terrorista. El primer atentado con v¨ªctimas de la banda fue el 7 de junio de 1968, con el asesinato en Villabona (Guip¨²zcoa) del guardia civil Jos¨¦ Pardines. La aplicaci¨®n de la ley, extendida a todos los actos de las organizaciones terroristas -GRAPO, FRAP, GAL...- abarca, por tanto, una parte de la etapa del franquismo.
El borrador de la propuesta fue entregado ayer por el vicepresidente primero, Francisco ?lvarez Cascos, tambi¨¦n a los grupos parlamentarios, seg¨²n Europa Press.
En su exposici¨®n de motivos el texto de la proposici¨®n de ley admite su car¨¢cter especial y, por tanto, no debe sentar precedente.
La ley se justifica, seg¨²n el texto, porque "las v¨ªctimas del terrorismo no han sido resarcidas en concepto de indemnizaciones por responsabilidad civil derivada de actos terroristas".
Son beneficiarios de la ley las v¨ªctimas del terrorismo por da?os f¨ªsicos o ps¨ªquicos. En caso de fallecimiento, ser¨¢n beneficiarios el c¨®nyuge, la persona que estuviera conviviendo con la v¨ªctima en el momento del fallecimiento o los herederos legales en l¨ªnea directa descendente o ascendente hasta el segundo grado de parentesco inclusive. Los interesados pueden acogerse voluntariamente a los beneficios de la ley.
La cuant¨ªa de las indemnizaciones vendr¨¢ determinada por la sentencia judicial cuando ¨¦sta exista y, en su defecto, por un baremo de aplicaci¨®n general. La reparaci¨®n alcanza a los casos de fallecimiento; incapacidades permanentes en sus diversos tipos y grados, y a mutilaciones o lesiones permanentes.
Las cuant¨ªas se actualizar¨¢n en funci¨®n del ?ndice de Precios al Consumo (IPC) anual, si es que existe una sentencia, y las compensaciones son compatibles con otras ayudas administrativas o medidas de asistencia que puedan corresponder a los beneficiarios, en virtud de disposiciones legales dictadas con anterioridad.
La tramitaci¨®n tiene un plazo de 12 meses para la resoluci¨®n de las solicitudes o peticiones, y se establece que una vez transcurrido ese tiempo, regir¨¢ el silencio administrativo positivo (se entienden aceptadas si no hay contestaci¨®n de la Administraci¨®n).
El desarrollo reglamentario tiene un plazo de tres meses. Las indemnizaciones tienen exenciones tributarias en IRPF y en el impuesto de sucesiones. Se financiar¨¢n mediante un cr¨¦dito extraordinario, con posibilidad de fraccionamiento de las compensaciones.
Finalmente, el Gobierno propone la posible subrogaci¨®n total y autom¨¢tica del Estado si se acepta el principio de indemnizar por la cuant¨ªa establecida en las sentencias y, en el caso de establecimiento de baremos, una subrogaci¨®n parcial en la cuant¨ªa de la cantidad abonada.
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