Un juez malague?o condena al SAS por comportamiento inconstitucional
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado por "comportamiento inconstitucional" por trasladar a un m¨¦dico que llevaba 15 a?os en el mismo puesto, apenas unas semanas despu¨¦s de que impugnara la adjudicaci¨®n de una plaza. El Juzgado de lo Social n¨²mero 4 entiende que el cambio -decidido por la direcci¨®n del complejo hospitalario Carlos Haya de M¨¢laga- supuso una vulneraci¨®n del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva del facultativo.
El fallo es contundente: "Una actuaci¨®n empresarial motivada por el hecho de haber ejercitado una acci¨®n judicial tendente al reconocimiento de unos derechos de los que el trabajador se cree asistido, debe ser calificada como discriminatoria y nula por contraria a este mismo derecho fundamental". Manuel Rodr¨ªguez era jefe de la secci¨®n de Tratamiento del Dolor -ubicada en el hospital Civil y perteneciente al complejo hospitalario Carlos Haya- desde enero de 1982. A principios de 1997 sali¨® una convocatoria para cubrir el puesto de jefe del Servicio de Anestesiolog¨ªa. Se presentaron ¨¦l y otro facultativo al que finalmente se le adjudic¨® la jefatura. Rodr¨ªguez interpuso un recurso contencioso administrativo, que fue admitido a tr¨¢mite en septiembre de 1998. Tres semanas despu¨¦s, la direcci¨®n del Carlos Haya orden¨® su traslado a un programa de anestesia en el parto. El fallo argumenta que no hubo "justificaci¨®n organizativa alguna" para el cambio. Es m¨¢s, remarca la "coincidencia temporal" entre la admisi¨®n a tr¨¢mite del recurso y su salida de la secci¨®n de Tratamiento del Dolor. Para el juzgado, la decisi¨®n del hospital "estuvo revestida de ciertos visos de anormalidad, por no decir de razones no expl¨ªcitas". En la sentencia se apunta que la tutela judicial efectiva (derecho a defenderse judicialmente) no se satisface s¨®lo mediante la actuaci¨®n de los jueces, sino a trav¨¦s de la "garant¨ªa de indemnidad". O lo que es lo mismo, que del ejercicio de la acci¨®n judicial no pueden derivarse para el trabajador consecuencias perjudiciales: "La citada garant¨ªa se traduce en la imposibilidad de adoptar medidas de represalias derivadas del ejercicio por parte de trabajador de su derecho a pedir la tutela de los jueces". El juzgado ordena la reposici¨®n del facultativo en su anterior puesto y condena a Sigifredo Rodr¨ªguez, el m¨¦dico al que el hospital le adjudic¨® la jefatura disputada por ambos. El fallo desestima la pretensi¨®n del demandante de que se le concediera una indemnizaci¨®n. Al margen del respaldo judicial que supone la sentencia, en los ¨²ltimos meses Manuel Rodr¨ªguez fue apoyado por sus pacientes, que llegaron incluso a protagonizar concentraciones en su apoyo. Fuentes del SAS recordaron que la sentencia no era firme y que ha sido recurrida. Otra batalla judicial, en cambio, ha sido ganada por el SAS. Un juzgado ha desestimado la demanda presentada por cuatro m¨¦dicos, que se quedaron en la calle tras casi 10 a?os de trabajo porque sus plazas fueron amortizadas. El fallo -el segundo en el que se absuelve a la administraci¨®n sanitaria- argumenta que no hubo despido, sino "justa causa resolutoria" de la relaci¨®n laboral.
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