Un auto ordena suspender las obras del centro Nervi¨®n Plaza al a?o de su apertura
Una resoluci¨®n dictada por la Secci¨®n Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla, el pasado 15 de febrero, ordena la paralizaci¨®n de las obras de la parte central del centro comercial Nervi¨®n Plaza, que fue inaugurado en marzo de 1998. El texto acuerda requerir a los demandados -las propietarias del centro- o, de no ser hallados, "a las personas propietarias de la obra, o en su defecto, a los que la est¨¦n llevando a cabo para que la suspendan en la forma y t¨¦rminos previstos en la ley". El pronunciamiento judicial estima el recurso presentado por el Sevilla F. C. contra la decisi¨®n del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 14 de Sevilla, del 24 de febrero de 1998, que no acept¨® la demanda de interdicto de obra nueva -procedimiento especial que trata de conseguir la paralizaci¨®n de una obra por considerar que perjudica los derechos del demandante- contra las empresas propietarias del centro comercial, FCC Inmobiliaria, Finesar Alkazar y Compa?¨ªa Cordobesa Renta Inmobiliaria. En los razonamientos jur¨ªdicos, la Secci¨®n Quinta de la Audiencia de Sevilla se?ala que se cumplen todos los requisitos necesarios para admitir a tr¨¢mite la demanda -no aprecian prop¨®sito "abusivo o fraudulento" al interponerla y el titular (Sevilla C. F.) est¨¢ afectado por la obra en construcci¨®n- y revoca la decisi¨®n del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 14. El auto ordena la suspensi¨®n de la obra "sin perjuicio de lo que se pueda acordar en el previsible supuesto de que la comisi¨®n judicial que se persone en la obra para llevar a cabo su paralizaci¨®n pueda comprobar la efectiva y completa terminaci¨®n de la misma". La directiva del Sevilla F. C., que lament¨® la demora la resoluci¨®n "y por tanto carece de eficacia", anunci¨® que estudia "las acciones" que podr¨ªa ejercer ante el pronunciamiento de la Audiencia Provincial.
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