El fiscal pide 92 a?os de c¨¢rcel para Galindo por el asesinato de los etarras Lasa y Zabala
El teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Jes¨²s Santos, pidi¨® ayer penas que totalizan 92 a?os de prisi¨®n para el general de la Guardia Civil Enrique Rodr¨ªguez Galindo, y otros tantos para el ex gobernador civil de Guip¨²zcoa Julen Elgorriaga por su intervenci¨®n en el secuestro, torturas y asesinato de los etarras Jos¨¦ Antonio Lasa y Jos¨¦ Ignacio Zabala. Las condenas solicitadas para el comandante ?ngel Vaquero y los presuntos autores materiales, Enrique Dorado y Felipe Bayo, suman 90 a?os para cada uno. Y para el ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y el abogado Jorge Argote, dos a?os de c¨¢rcel y 16 de inhabilitaci¨®n por encubrimiento. El juicio, seg¨²n fuentes pr¨®ximas al tribunal, podr¨ªa iniciarse en junio.
En el escrito de conclusiones provisionales del fiscal, notificado ayer, todos los acusados, a excepci¨®n de Vera (condenado por el secuestro de Segundo Marey) y Argote, han sido acusados de pertenencia a banda armada, si bien, el fiscal solicita por ese delito concreto 10 a?os de prisi¨®n y 750.000 pesetas de multa para Galindo y Elgorriaga, por su condici¨®n de "promotores y directivos" del grupo, y ocho a?os y 300.000 pesetas para Vaquero, Dorado y Bayo.El fiscal considera que el secuestro y asesinato de los dos etarras debe ser calificado como detenci¨®n ilegal y asesinato y que afecta Galindo, Elgorriaga y Vaquero como inductores y a Dorado y Bayo como autores materiales. La petici¨®n es de ocho a?os por cada una de las dos detenciones ilegales y 30 a?os por cada asesinato.
Santos considera que en el caso de estos cinco ¨²ltimos procesados concurre la agravante de prevalerse de su condici¨®n de funcionario p¨²blico que ten¨ªan en el momento de esas acciones.
Tambi¨¦n se recoge el delito de lesiones para los cinco principales implicados por el que se piden dos penas de tres a?os. El fiscal no menciona en toda la calificaci¨®n el t¨¦rmino torturas, ni considera los hechos como delito de torturas, como se hizo en el auto de procesamiento, debido a que el art¨ªculo 204 bis del C¨®digo Penal aplicable en el momento de los hechos exig¨ªa como requisito para calificar de torturas que los malos tratos hubieran sido infligidos en el curso de una investigaci¨®n oficial, y el fiscal considera que los hechos son ilegales desde su inicio.
Fuentes de la Audiencia Nacional explicaron que el delito de encubrimiento que se imputa al ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y al abogado vinculado al Ministerio del Interior Jorge Argote no ha prescrito debido a que presuntamente se cometi¨® entre los a?os 1991 y 1994.
25 millones de indemnizaci¨®n
El fiscal solicita una indemnizaci¨®n de 25 millones de pesetas para los herederos de cada una de las v¨ªctimas, y adem¨¢s insta la declaraci¨®n del Estado como responsable civil subsidiario, al ser funcionarios p¨²blicos los presuntos autores de los hechos.En la actualidad, ¨²nicamente permanecen en prisi¨®n preventiva el ex sargento Enrique Dorado y el ex cabo Felipe Bayo, mientras que el general Galindo y Elgorriaga se encuentran en libertad bajo fianza de 25 millones y el comandante Vaquero, relevado como segundo jefe de de la Comandancia de la Guardia Civil de Murcia, est¨¢ en libertad bajo fianza de 15 millones.
El relato de lo sucedido recoge que en 1983 la actividad terrorista de ETA, en sus diversas ramas constitu¨ªa un problema pol¨ªtico y social de primer orden en el Pa¨ªs Vasco y en toda Espa?a, agravado porque las autoridades francesas no colaboraban con las espa?olas y Francia se hab¨ªa convertido en un refugio para los terroristas.
En diversos sectores fue prosperando la idea de que para vencer en la lucha antiterrorista era necesario intervenir en Francia para mover a los franceses a colaborar con la polic¨ªa espa?ola, afirm¨¢ndose la convicci¨®n de la necesidad de actuar de alg¨²n modo en ese territorio.
El fiscal menciona el documento del Cesid conocido como Acta fundacional de los GAL, que lleva fecha de 6 de julio de 1983, y en el que, tras analizar las diversas posibilidades de intervenir en Francia, se concluye: "En cualquier circunstancia se considera que la forma de acci¨®n m¨¢s aconsejable es la desaparici¨®n por secuestro".
El escrito relata que entre 1983 y 1986 se realizaron numerosas acciones delictivas de los GAL y precisa que "una de las ramificaciones de los GAL estaba constituida por un reducido n¨²mero de Guardias Civiles destinados en el Servicio de Informaci¨®n de la 513 Comandancia de la Guardia Civil, con sede en San Sebasti¨¢n, y dirigidos por el entonces comandante y ahora general Enrique Rodr¨ªguez Galindo, y formado por el entonces capit¨¢n ?ngel Vaquero y los guardias Enrique Dorado y Felipe Bayo y otros cuya identificaci¨®n no ha sido posible.
Al lado de Galindo, dice el escrito, se encontraba Julen Elgorriaga, gobernador civil de Guip¨²zcoa en 1983, quien ten¨ªa el mando de las Fuerzas de Seguridad del Estado en la provincia.
El fiscal narra c¨®mo se produjo el secuestro en la madrugada del 16 de octubre de 1983 en la localidad de Bayona (Francia), c¨®mo se comunic¨® a Galindo y Elgorriaga su detenci¨®n ilegal y traslado al palacio de la Cumbre de San Sebasti¨¢n, donde ¨¦stos presenciaron "los suplicios" padecidos por los dos etarras, y c¨®mo fue Galindo quien ante el lamentable estado f¨ªsico de ambos, decidi¨® que se les hiciera desaparecer, dando instrucciones en ese sentido al capit¨¢n Vaquero.
El escrito se?ala tambi¨¦n que Dorado y Bayo trasladaron a Lasa y Zabala en los maleteros de sendos coches al paraje conocido como la Foya de Coves, en el t¨¦rmino de Busot (Alicante), donde les desnudaron, dejando ¨²nicamente las vendas y ap¨®sitos con las que estaban maniatados y amordazados, adem¨¢s de cubrirles las heridas.
Los situaron frente a una fosa cavada previamente y acto seguido, Dorado, en presencia de sus compa?eros, dispar¨® una vez sobre la cabeza de Jos¨¦ Antonio Lasa y dos sobre la de Jos¨¦ Ignacio Zabala, a "ca?¨®n tocante" caus¨¢ndoles la muerte instant¨¢nea. Los cuerpos fueron arrojados a la fosa y cubiertos con 50 kilos de cal viva con el fin de que los restos desapareciesen.
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