Actividades no lectivas
La profesora de mi hijo se niega a participar en las actividades complementarias que aparecen recogidas en el Plan Anual de Centro aprobadas por el Consejo Escolar. Dice que que no est¨¢ obligada a ello. Adem¨¢s, en caso de actividades que se desarrollaran fuera del centro, argumenta que no existe un seguro que cubra su responsabilidad en caso de accidente. ?Est¨¢ obligada a participar en las actividades? Si no es as¨ª, ?debe el centro poner los medios para que sus alumnos s¨ª participen? Mar¨ªa Mart¨ªn. M¨¢laga. R. Se consideran actividades complementarias las organizadas por los centros durante el horario escolar. Estas actividades deben ser organizadas y vigiladas por el profesorado del centro, aunque tambi¨¦n pueden colaborar y participar otras personas. Por tanto, el profesorado est¨¢ obligado a participar en todas las actividades complementarias que se recojan en el Plan Anual. En el caso de que el profesor se niegue a ello, el centro deber¨¢ designar a otra persona y depurar responsabilidades con el profesor que se ha negado. Integraci¨®n A ra¨ªz de los incidentes en un centro escolar, protagonizados por menores de entre 6 y 12 a?os, la delegada de Educaci¨®n en Ja¨¦n no se plantea una revisi¨®n del sistema que, continua siendo incapaz de integrar a todos, y s¨®lo se plantea crear un aula-guetto donde encerrar los problemas. ?No es un tratamiento retr¨®grado de la situaci¨®n? ?Es ¨¦sta la escuela comprensiva e integradora que propugna la LOGSE? R. A simple vista, y teniendo en cuenta la soluci¨®n adoptada por el C P Mu?oz Garnica, de Ja¨¦n, resulta dif¨ªcil comprender su queja. Usted afirma que la decisi¨®n es contraria al modelo de escuela comprensiva e integradora, ya que supone la creaci¨®n de un aula-guetto. Esto no es cierto, puesto que se ha hecho todo lo contrario. Estos alumnos han sido escolarizados, tras la petici¨®n expresa de sus familias, en aulas ordinarias de centros p¨²blicos en Ja¨¦n, que se encuentran m¨¢s pr¨®ximos a sus nuevos domicilios. La dispersi¨®n e integraci¨®n es una medida que garantiza el derecho de estos alumnos a recibir una educaci¨®n en las condiciones que establece la LOGSE.
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