El Constitucional exige conciliar la disciplina militar con las garant¨ªas
El Tribunal Constitucional ha declarado en una sentencia que, aunque el cometido asignado en el ¨¢mbito castrense a la potestad disciplinaria pueda aconsejar "una mayor intensidad o contundencia, no debe, sin embargo, debilitar las garant¨ªas procesales". Este pronunciamiento se contiene en una resoluci¨®n que otorga el amparo solicitado por un capit¨¢n de intendencia al que se impuso en 1993 un mes de arresto mientras se le tramitaba un expediente disciplinario. Al capit¨¢n Eduardo Brey Abalo se le prohibi¨® acceder a su destino en el Sanatorio Militar General¨ªsimo, de Guadarrama (Madrid), mientras se tramitaba contra ¨¦l un expediente disciplinario por falta grave. Brey infringi¨® dicha medida cautelar. Sorprendido en el establecimiento militar, el Jefe del Estado Mayor del Ej¨¦rcito le abri¨® otro expediente por falta grave y, como medida preventiva, decret¨® el arresto del expedientado durante un mes.
Brey recurri¨® esta decisi¨®n, pero la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central la estim¨® adecuada para "la defensa de los valores castrenses" y "mantener la disciplina". El capit¨¢n acudi¨® a la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo que, por tres votos frente a dos, rechaz¨® el recurso. En cambio, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, al que pidi¨® amparo, ha declarado vulnerado el derecho de Brey a la tutela judicial efectiva, ha anulado las resoluciones judiciales adversas y ha remitido las actuaciones al Tribunal Militar Central, para que dicte "una nueva resoluci¨®n compatible" con el derecho fundamental a la tutela judicial.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Rafael Mendiz¨¢bal, afirma que las resoluciones impugnadas "menoscaban hasta hacerlo desaparecer el derecho fundamental proclamado en el art¨ªculo 24.1 de la Constituci¨®n Espa?ola".
La Sala razona que el arresto preventivo constituye una privaci¨®n de libertad, por lo que incide en "un derecho fundamental de quien lo ha de padecer (...), aunque sea por un breve tiempo". A?ade que han de conciliarse la contundencia de la potestad disciplinaria en el ¨¢mbito castrense con las garant¨ªas procesales, ya que "en ning¨²n supuesto pueden plantearse como antag¨®nicas la disciplina de los ej¨¦rcitos y la tutela judicial de quienes forman en sus filas".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.