Una modesta proposici¨®n
El autor formula un plan para "evitar que los hijos de autores pobres en Espa?a sean una carga para sus padres o su pa¨ªs"
Siguiendo las huellas de Jonathan Swift, es grande la tentaci¨®n de proponer que al menos una parte de los hijos herederos de autores pobres sean engordados y vendidos en el mercado como comida. Resolver¨ªa muchos problemas. No obstante, la s¨¢tira deber¨ªa fundarse en otro aspecto de la situaci¨®n socio-literaria actual, quiz¨¢s menos gastron¨®mico pero de enorme trascendencia cultural. Estos hijos no siempre tienen la capacidad intelectual de sus padres y, por ende, suelen limitar sus reflexiones sobre un dado tema a los aspectos puramente familiares, de entrecasa, relegando u olvidando el tema que tocan, m¨¢s fecundo y de mayor alcance.
Los derechos de autor no deber¨ªan ser hereditarios, ni siquiera por un lapso definido, ya sea de 70, 50 o menos a?os. Javier Mar¨ªas (EL PA?S, 23 de abril de 1999) dice no ver mayores diferencias hereditarias entre una parcela de tierra, un banco, una panader¨ªa, un inmueble o un restaurante y una obra literaria. Dice que no ver¨ªa mal que todo pasase al dominio p¨²blico al cabo de un tiempo (y vale la pena recordar aqu¨ª que la Revoluci¨®n de Octubre hab¨ªa abolido la herencia, pero que los l¨ªderes sovi¨¦ticos abrogaron esta medida poco despu¨¦s).
El razonamiento de Mar¨ªas es falaz. La diferencia hereditaria entre un bien literario y otros bienes no culturales reside en la naturaleza inamovible del bien literario, definitivamente cerrado a toda modificaci¨®n una vez acabado. Quien hereda una parcela de tierra, una panader¨ªa o un paquete de acciones est¨¢ heredando un "medio de producci¨®n" que rinde ganancias en la medida en que el heredero lo trabaje y lo modifique: que labre la tierra o la venda (a mayor o menor precio seg¨²n su estado), que fabrique pan, que administre las acciones y las haga fructificar en Bolsa. El valor del bien heredado depender¨¢ siempre de la contribuci¨®n en trabajo por parte de los herederos.
No as¨ª el valor del bien literario. Nada puede -?ni debe!- hacer un heredero de Cervantes por mejorar El Quijote. La novela es la que es. Toda injerencia ajena desnaturaliza la obra.
Esto es as¨ª no a los 70 o 50 a?os de la muerte del autor. Esto es as¨ª a partir del momento mismo en que el autor deja de existir. No es posible que algo tan rigurosamente personal (individual o colectivamente) como una obra literaria pueda, en un momento dado, cambiar de propietario.
Pero tampoco es concebible que la obra literaria, en el supuesto de que deje de ser heredable, pase sin m¨¢s al dominio p¨²blico. Mi modesta proposici¨®n es que toda obra literaria -tambi¨¦n la Odisea, tambi¨¦n el Quijote, tambi¨¦n la obra de Javier Mar¨ªas despu¨¦s de su muerte (Dios no lo quiera)- sea explotable ¨²nica y exclusivamente mediante el pago de derechos de autor, y para siempre. Estos derechos, que en definitiva paga el p¨²blico, deber¨ªan ir ¨ªntegramente a una Caja de Letras administrada tal vez por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) bajo el control del Gobierno. Y esta Caja de Letras deber¨ªa destinar estos devengos a un plan de becas, a instituciones o iniciativas de fomento de la literatura y a obras sociales como asistir a las viudas y desde luego a los hu¨¦rfanos de autores pobres.
S¨®lo la abolici¨®n simult¨¢nea de la herencia literaria y del "dominio p¨²blico" podr¨¢ eliminar la injusticia que se?ala Mar¨ªas. Y evitar que, como alternativa, se venda parte de la descendencia de los autores pobres, previamente engordada, como comida en el mercado.
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