S¨®lo el Rey antes del presidente catal¨¢n
El documento para aumentar el autogobierno de Catalu?a, aprobado anteayer por el Gobierno de CiU aborda los siguientes aspectos:Constituci¨®n. Desarrollo legislativo de la Carta Magna mucho m¨¢s proauton¨®mico, de acuerdo con el art¨ªculo 149.1 de la Constituci¨®n. Con una generosa interpretaci¨®n, el Gobierno de CiU aspira a gestionar todas las infraestructuras de inter¨¦s general en Catalu?a: puertos, aeropuertos, carreteras y obras p¨²blicas. La Generalitat catalana ser¨ªa por tanto la Administraci¨®n ordinaria o ¨²nica en Catalu?a mediante el traspaso de competencias reservadas a la Administraci¨®n central en virtud del art¨ªculo 150.1 de la Constituci¨®n. Estatuto. El informe propugna la reforma del Estatuto de Autonom¨ªa como v¨ªa opcional para la consecuci¨®n de mayores cotas de autogobierno para Catalu?a. Protocolo. La propuesta parte de la idea de que Catalu?a debe tener un trato equivalente al de cualquier Estado. El representante de la Generalitat es el representante ordinario del Estado en Catalu?a. En cambio, la representaci¨®n de los poderes p¨²blicos centrales corresponde a la figura del Delegado del Gobierno. Los decretos de protocolo no se adecuan, seg¨²n el informe, a los textos constitucional y estatutario. Si esto se corrige, en Catalu?a, despu¨¦s del Rey, jefe del Estado, la precedencia le corresponder¨ªa al presidente de la Generalitat y no al del Gobierno central en los actos p¨²blicos. Para ello, el informe propone la supresi¨®n del Ministro de Jornada que acompa?a el Jefe del Estado en sus viajes. El presidente de la Generalitat s¨®lo deber¨¢ ser refrendado por el Rey o por el presidente del Parlamento catal¨¢n y no por el presidente del Gobierno central. Hacienda. El informe aboga por una gesti¨®n por delegaci¨®n de la Administraci¨®n Tributaria y un sistema de financiaci¨®n auton¨®mica similar al foral, tal como ha reiterado Jordi Pujol con su propuesta de pacto fiscal.
Representaci¨®n internacional. Se propugna la incorporaci¨®n de la Generalitat a todos aquellos organismos internacionales que tengan especial incidencia en los ¨¢mbitos de la lengua y la cultura. Y se reserva la intervenci¨®n en las pol¨ªticas de la Uni¨®n Europea y la participaci¨®n en aquellos organismos en los que se tomen decisiones.
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