La Audiencia de Madrid obliga a las c¨¢rceles a facilitar m¨¢s tel¨¦fonos
Las reclusas de Alcal¨¢-Meco podr¨¢n quintuplicar sus llamadas
La Secci¨®n Quinta de la Audiencia de Madrid ha ordenado a Instituciones Penitenciarias quintuplicar el n¨²mero de llamadas telef¨®nicas que pueden establecer las reclusas de Alcal¨¢-Meco. Un auto estima un recurso de Olga S.M., porque s¨®lo le permit¨ªan cuatro llamadas al mes. El tribunal ordena a la prisi¨®n que cambie sus normas y permita a las internas hacer al menos 25 llamadas mensuales, como marca el reglamento.
Antes de tomar esta decisi¨®n, los jueces pidieron a la direcci¨®n de Alcal¨¢-Meco que les facilitara "el horario de llamadas, el n¨²mero de internas y el de cabinas que exist¨ªan en el centro". La prisi¨®n inform¨® de que dispon¨ªa de siete cabinas para 292 internas y 360 minutos diarios, distribuidos en ma?ana y tarde, para que las reclusas establezcan sus llamadas. El tiempo m¨¢ximo de llamada por cada interno es de cinco minutos. El tribunal ha multiplicado los 360 minutos diarios disponibles por las siete cabinas del centro y advierte de que hay tiempo de sobra -2.520 minutos cada d¨ªa- como para ampliar el n¨²mero de comunicaciones por interna. "Si esos 2.520 minutos los multiplicamos por los 30 d¨ªas del mes, resulta que [las 296 internas] podr¨ªan comunicarse por tel¨¦fono durante 75.600 minutos", razona el tribunal, que llega a la conclusi¨®n de que hay tiempo suficiente para que las internas puedan efectuar cada mes alrededor de 25 llamadas.
En la actualidad, a las internas que nunca reciben visitas se les permite hacer siete llamadas al mes, y siete a las que s¨ª reciben visitas. Prisiones justific¨® estas limitaciones "en el buen orden de la prisi¨®n, que obliga a establecer un n¨²mero de llamadas para cada interna". Se?al¨® que esa limitaci¨®n se debe tambi¨¦n al n¨²mero de internos que habitualmente hay en el centro y a la negativa de Telef¨®nica a aumentar el n¨²mero de cabinas.
M¨¢ximo de cinco
El tribunal, en un auto del que ha sido ponente el magistrado Arturo Beltr¨¢n, considera "no v¨¢lidos" los argumentos dados por Instituciones Penitenciarias. Las cuentas revelan que, con los actuales medios y poblaci¨®n reclusa, es posible aumentar sustancialmente las llamadas. "La explicaci¨®n que se ha dado [Instituciones Penitenciarias] para limitar el n¨²mero de llamadas no es v¨¢lida, y, como no se ha dado ninguna otra, no puede sino estimarse el recurso de la interna", se?ala el tribunal. Y agrega: "El n¨²mero de llamadas que t¨¦cnicamente es posible hacer, aun en el c¨¢lculo menos generoso, y en el supuesto de que todas las internas deseen llamar cuantas veces sea posible, es superior al n¨²mero de llamadas que reglamentariamente puede hacerse, pues el reglamento fija un m¨¢ximo de cinco llamadas por semana". Por tanto, el centro deber¨¢ autorizar "el n¨²mero m¨¢ximo de llamadas permitidas reglamentariamente a la recurrente y, por extensi¨®n, a cuantas presas lo soliciten, extensi¨®n que tiene sentido por el car¨¢cter general del problema", apostilla este tribunal, que es el m¨¢ximo ¨®rgano judicial penitenciario de la Comunidad de Madrid.
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