Convocatoria aut¨®noma
La disoluci¨®n anticipada del Parlamento es una suerte de reliquia hist¨®rica que no encaja muy bien en la organizaci¨®n del Estado democr¨¢tico. Ten¨ªa sentido en el constitucionalismo mon¨¢rquico del siglo XIX antes de que existiera el sufragio universal. Una vez impuesto ¨¦ste de manera irreversible, las elecciones deber¨ªan celebrarse por calendario, es decir, en fechas predeterminadas e inamovibles. Es como se viene haciendo en los Estados Unidos, que fue el ¨²nico pa¨ªs que se constituy¨® democr¨¢ticamente desde el principio. Y es como deber¨ªa hacerse en todas partes. Los partidos competir¨ªan sabiendo que los electores se van a pronunciar tal d¨ªa de tal a?o y que el que no llegue en condiciones acabar¨¢ en mal lugar. Exactamente igual que le ocurre a los atletas que est¨¢n compitiendo estos d¨ªas en los Mundiales. Todos saben que el a?o que viene van a tener que competir en las Juegos Ol¨ªmpicos y saben ya el d¨ªa y la hora en la que tendr¨¢n que hacerlo. El calendario de la competici¨®n deportiva es inimaginable que no sea neutral. El de la competici¨®n pol¨ªtica tambi¨¦n deber¨ªa serlo. La disoluci¨®n anticipada es una ruptura de la neutralidad, una prima a la posesi¨®n del poder que no deber¨ªa existir. Dicho esto, parece que ser¨ªa l¨®gico que concluyera que las pr¨®ximas elecciones auton¨®micas andaluzas deber¨ªan celebrarse una vez agotada la legislatura y que no deber¨ªa disolverse anticipadamente el Parlamento. Creo, sin embargo, que no deber¨ªa ser as¨ª. Es cierto que esta legislatura est¨¢ siendo una legislatura muy estable, que el pacto con el PA ha funcionado de manera razonablemente satisfactoria y que no hay problemas de gobernabilidad que impidan agotar la legislatura. Incluso hay algunos proyectos de ley, como el de las Cajas de Ahorro, que ser¨ªa bueno que se aprobaran cuanto m¨¢s pronto mejor. Pero las elecciones andaluzas no deber¨ªan coincidir por segunda vez consecutiva con las elecciones generales. Ser¨ªa la tercera vez que coincidir¨ªan las elecciones andaluzas y generales. En el 86 fue el Gobierno de la Naci¨®n, y no el andaluz, el que las hizo coincidir. En el 96 la coincidencia vino impuesta por la no aprobaci¨®n de los presupuestos, tanto generales como andaluces. La coincidencia en la pr¨®xima convocatoria electoral no tiene justificaci¨®n. No hay ninguna raz¨®n para hacer coincidir el debate pol¨ªtico andaluz con el debate pol¨ªtico general. El argumento de la mayor participaci¨®n electoral en caso de coincidencia no puede ser aceptado. Si se quiso la v¨ªa del art¨ªculo 151 de la Constituci¨®n fue para tener una autonom¨ªa pol¨ªtica que permitiera a los andaluces tener un debate propio. ?se es el valor que tiene que ser preservado. Ten¨ªa sentido a principios de los ochenta y contin¨²a teniendo sentido hoy. Por lo dem¨¢s, los ciudadanos andaluces no han suministrado ning¨²n motivo para que se desconf¨ªe de ellos a la hora de convocarlos aut¨®nomamente a las urnas. Al contrario.JAVIER P?REZ ROYO
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