Imprudencia
El Ministerio Fiscal solicita pena de dos a?os de prisi¨®n menor para el agente de la autoridad que mat¨® a Miriam, acompa?ante en un veh¨ªculo cuyo conductor se salt¨® un control de alcoholemia. La muerte la ocasion¨® el agente por imprudencia. Se ha publicado que las razones determinantes de la acusaci¨®n, y de las que discrepa la acusaci¨®n particular, descansan en la ausencia de dolo eventual. El agente no previ¨® ni quiso la muerte que origin¨®, am¨¦n de la conducta presuntamente delictiva del conductor y el peligro para la vida de los perseguidores y otros usuarios de la v¨ªa. Sin embargo, deben existir razones de mayor relevancia jur¨ªdica que justifiquen su postura. Se dieron cuando sostuvo que en la muerte, por apu?alamiento, de Mar¨ªa no se daba el ensa?amiento y el Tribunal Supremo ha confirmado este criterio que, desde el principio, era razonable. No es el n¨²mero de pu?aladas sino el dolor, inhumano y deliberado, que se ocasiona a la v¨ªctima la que califica el ensa?amiento. Ahora tambi¨¦n deber¨ªa explicar, y bien, por qu¨¦ aprecia imprudencia por muy temeraria que sea. Puede que no se comprenda bien que el salto de un control de alcoholemia posibilite el empleo de armas para su detenci¨®n, cuando el veh¨ªculo escapa y el ¨²nico fuego que escupe es por el tubo de escape; tampoco que no se sea consciente que las balas, cuando no son de goma, pueden matar o que la conducci¨®n temeraria deba ser frenada de la forma que se fren¨®. Diariamente se conoce de la detenci¨®n de terroristas armados sin que los agentes encargados de llevarla a cabo, a pesar de poner en riesgo su vida, usen sus armas, como tampoco pegan un tiro, ni al aire, para evitar el da?o que, con la misma periodicidad, sufren algunas personas en el norte. Aqu¨ª se ha dado un tiro, y no al aire. Las razones que se han le¨ªdo no parecen suficientes. Deben existir otras, penalmente relevantes, que justifiquen la decisi¨®n del fiscal. Deber¨ªan darse a conocer en profundidad, m¨¢s cuando la petici¨®n fiscal determina que la conducta del agente no sea enjuiciada por un Jurado y est¨¢ en franca contradicci¨®n con la opini¨®n que se tiene sobre los supuestos en los que se pueden utilizar armas.EUGENIO SU?REZ PALOMARES
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