Varios art¨ªculos de la Ley de Competencia de 1989 son inconstitucionales
El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado parcialmente inconstitucional la Ley estatal de Defensa de la Competencia de 1989 y ha reconocido la competencia ejecutiva en dicha materia, incluida la facultad sancionadora por pr¨¢cticas desleales, al Pa¨ªs Vasco y Catalu?a, siempre que se trate de actuaciones referidas a sus respectivos territorios y que no afecten al mercado nacional, seg¨²n una sentencia dada a conocer ayer.La resoluci¨®n, contra la que votaron tres de los doce magistrados del tribunal, confirma que la legislaci¨®n en materia de defensa de la competencia est¨¢ atribuida en exclusiva al Estado, pero el aspecto ejecutivo corresponde al Pa¨ªs Vasco y Catalu?a, aunque limitado "a aquellas actuaciones ejecutivas que hayan de realizarse en su territorio y que no afecten al mercado supracomunitario".
El Estado, por su parte, tendr¨¢ atribuidas las actuaciones ejecutivas en defensa de la competencia referidas a m¨¢s de una comunidad aut¨®noma -incluidas la vasca y catalana- y las de ¨¢mbito nacional. La sentencia declara inconstitucionales seis art¨ªculos de la Ley de Defensa de la Competencia aprobada el 17 de julio de 1989. No obstante, el Parlamento est¨¢ tramitando actualmente una nueva le de Defensa de la Competencia, que est¨¢ siendo debatida en comisi¨®n en el Senado para su aprobaci¨®n.
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