Garz¨®n pide al Supremo que se pronuncie sobre la responsabilidad de Felipe Gonz¨¢lez en los GAL
El juez desentierra los 'papeles del Cesid' que fueron desclasificados en abril de 1997
El juez Baltasar Garz¨®n ha pedido al Tribunal Supremo que se pronuncie sobre si el ex presidente del Gobierno Felipe Gonz¨¢lez decidi¨® la creaci¨®n de la banda terrorista Grupos Antiterroristas de Liberaci¨®n (GAL). El magistrado remiti¨® el pasado jueves una exposici¨®n a la Sala Segunda del alto tribunal en la que da cuenta de que en el sumario que instruye por el caso O?ederra, en el que se investiga la creaci¨®n de la banda y cuatro asesinatos cometidos por sus miembros, existen indicios delictivos que afectan a Gonz¨¢lez. Como ¨¦ste tiene la condici¨®n de aforado, debe ser el Supremo quien valore si esos indicios son suficientes o no para proceder contra ¨¦l.
Garz¨®n justifica su decisi¨®n en que existen datos nuevos en el sumario del caso O?ederra que ¨¦l concreta en los documentos del servicio secreto Cesid, desclasificados por el Gobierno en abril de 1997.
El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairi?o, anunci¨® ayer que recurrir¨¢ la decisi¨®n del juez y record¨® que el fiscal encargado del caso, Pedro Rubira, el 7 de julio de 1998, ya pidi¨® que se levantasen las medidas cautelares contra los imputados y que no se procesase a nadie por entender que en el sumario no exist¨ªan pruebas suficientes. Esta postura, seg¨²n Fungairi?o, permanece inalterable.
Garz¨®n se encontraba ayer en Estrasburgo, donde participaba en las conmemoraciones del d¨¦cimo aniversario del Comit¨¦ para la Prevenci¨®n de la Tortura.
Reuni¨®n urgente
Fuentes del Supremo se?alaron que los magistrados de la Sala Segunda se reunir¨¢n la pr¨®xima semana con car¨¢cter de urgencia para resolver sobre la cuesti¨®n planteada. En primer lugar, deber¨¢n decidir si el caso lo estudian tres magistrados o toda la sala en pleno, como ya hicieron en el caso Marey, en el que result¨® condenado el ex ministro del Interior Jos¨¦ Barrionuevo.
La Sala Segunda del Supremo decidi¨® el 5 de noviembre de 1996, por seis votos contra cuatro, no citar a declarar a Felipe Gonz¨¢lez como imputado en el caso Marey por considerar que no hab¨ªa suficientes elementos para inculparle.
El caso O?ederra investiga "el surgimiento de la organizaci¨®n terrorista" GAL en 1983; el asesinato del etarra Ram¨®n O?ederra el 21 de diciembre del mismo a?o; los asesinatos de los tambi¨¦n etarras ?ngel Gurmindo y Vicente Perurena el 8 de febrero de 1984; y el atentado que cost¨® la vida al ciudadano franc¨¦s Christian Olaskoaga y graves heridas a su hermano Claude el 18 de noviembre de 1984.
Garz¨®n menciona en su escrito que en la causa "se contienen una serie de datos que directa o indirectamente est¨¢n referidos al Excmo. Sr. Presidente del Gobierno en ejercicio en 1983". Parte de ellos fueron tenidos en cuenta por el Supremo cuando decidi¨® que no eran suficientes para abrir un procedimiento contra Gonz¨¢lez. Aquellos datos se refer¨ªan a las declaraciones del ex secretario general de los socialistas de Vizcaya, Ricardo Garc¨ªa Damborenea, y el ex director de la Seguridad del Estado Juli¨¢n Sancrist¨®bal que implicaban a Felipe Gonz¨¢lez en la creaci¨®n de los GAL. Despu¨¦s han aparecido otros indicios que apuntan a Gonz¨¢lez y que se concretan en los documentos del Cesid desclasificados por el Gobierno y, en especial, el llamado Acta fundacional de los GAL de 6 de julio de 1983, donde se analizaban las posibilidades de guerra sucia contra ETA y se recomendaba que "la forma de acci¨®n m¨¢s aconsejable era la desaparici¨®n por secuestro"; otra nota de despacho de diciembre de 1984; una nota de 28 de septiembre de 1983 sobre el inicio inmediato de acciones violentas en ¨¦l Sur de Francia y otra hoja de despacho, que se corresponde con lanota anterior, en la que el director del servicio secreto Emilio Alonso Manglano anota: "Me lo quedo, Pte para el viernes".
El juez entiende que los meros documentos del Cesid, aislados, no ser¨ªan suficientes para elevar el escrito al Supremo, pero que "unidos a los que en su momento se tuvieron formalmente en cuenta, estos nuevos datos pueden motivar un punto de vista diverso o confirmar el adoptado, rechazando la eficacia de los nuevos elementos; En todo caso, unos y otros s¨®lo pueden y deben ser valorados por el ¨²nico ¨®rgano judicial autorizado para ello, la Sala Segunda del Supremo".
"Si no se tomara esta decisi¨®n", dice Garz¨®n, "tales aspectos quedar¨ªan permanentemente sin resolver, al no poder la Audiencia Nacional pronunciarse sobre los mismos, ni partir de ellos y mucho menos rechazarlos, a no ser que fueran absolutamente incongruentes, cosa que no sucede en este caso al hallarse incorporados a documentos oficiales, con registro en un archivo p¨²blico, con custodia gubernamental y amparados por la legislaci¨®n de secretos oficiales".
Garz¨®n se?ala en su escrito que en este momento tiene pendiente decidir sobre si procesa a algunos imputados como el ex director del Cesid, Emilio Alonso Manglano, y el que fuera jefe de su Agrupaci¨®n Operativa, el coronel Juan Alberto Perote, pero que no puede pronunciarse hasta que el Supremo valore "la eventual implicaci¨®n del entonces Presidente del Gobierno, o si por el contrario ¨¦ste es ajeno a toda la trama delictiva que se pone en marcha entre julio y septiembre de 1983 desde el seno de las instituciones del Estado" . La causa no puede avanzar, dice el juez, "hasta tanto no se fije el l¨ªmite de responsabilidad desde arriba".
Organizaci¨®n criminal
Garz¨®n analiza los documentos desclasificados, los relaciona con las declaraciones de Garc¨ªa Damborenea y Sancrist¨®bal y se?ala que "se desprende la existencia de un plan inicial para formar una organizaci¨®n criminal que despu¨¦s desarrollar¨¢ diversas actividades delictivas de acuerdo con el plan te¨®rico dise?ado y obedeciendo a directrices oficiales".
"El meritado plan", agrega el escrito, "supone una distribuci¨®n de funciones de los diferentes actores en juego cuya aprobaci¨®n depende en definitiva —seg¨²n el documento— de quien ostenta la mayor responsabilidad en la lucha antiterrorista, es decir, del Presidente del Gobierno".
Garz¨®n destaca que frente a quienes tratan de quitar importancia a los documentos del Cesid, "lo cierto es que se trata de un documento oficial; elaborado por los Servicios Secretos de Espa?a; que responde a un encargo previo realizado, por l¨®gica y por imposibilidad de otra alter nativa, desde una posici¨®n jer¨¢rquica superior, y que pretende dar respuesta a un problema que se considera grav¨ªsimo, que no es otro que el aumento imparable del terrorismo de ETA, arbitrando una soluci¨®n descabella da e ilegal para frenarlo". Garz¨®n precisa que esa posici¨®n tiene que estar ocupada por quien dirige la lucha antiterrorista, pero que es el Supremo quien debe de decirlo.
El an¨¢lisis del Acta fundacional de los GAL, seg¨²n el juez, da sentido a todo lo que ocurri¨® despu¨¦s. "No es un papel meramente te¨®rico sin trascendencia alguna, sino que, d¨¦ hecho, constituye el pilar fundamental en el que se apoya toda la estructura delictiva posterior". Dice Garz¨®n que no comparte la opini¨®n de que los GAL fueron una organizaci¨®n que surgi¨® por generaci¨®n espont¨¢nea, aislada y ajena a los ¨¢mbitos de competencia del Ejecutivo. Muy al contrario, precisa, fue "una organizaci¨®n criminal creada desde instancias oficiales en forma premeditada".
El escrito menciona que las actividades comienzan con el secuestro y muerte de los presuntos etarras Jos¨¦ Antonio Lasa y Jos¨¦ Ignacio Zabala en octubre de 1983 y contin¨²an con el secuestro de Segundo Marey, y el asesinato de Ram¨®n O?ederra, en diciembre de 1983, hasta el asesinato de Juan Carlos Garc¨ªa Goena, en julio de 1987.
El escrito anticipa que Garz¨®n procesar¨¢ a Manglano y a Perote por su participaci¨®n en la creaci¨®n de los GAL. En el documento el juez analiza el papel del Cesid y destaca el "permanente apoyo que presta a los que ejecutan la acci¨®n operativa en los hechos reivindicados por los GAL". Y recuerda que Manglano orden¨® a Perote la fabricaci¨®n de los sellos de caucho con las siglas de los GAL para utilizarlos en las reivindicaciones de atentados, como el de Juan Carlos Garc¨ªa Goena.
"Lo anterior demuestra aparentemente", seg¨²n el escrito, "que determinadas estructuras del Cesid —y desde luego el Director [Manglano] y el JAOME [Perote] est¨¢n presuntamente implicados tanto en la g¨¦nesis de los GAL como en su cobertura informativa y de inteligencia —aunque con discrepancias—, y en el apoyo o infraestructura que necesitan, como la fabricaci¨®n de los sellos o tampones con el anagrama GAL.
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