De la 'Moribunda' al 'Muchachito'
La nueva Constituci¨®n venezolana es una amalgama de 395 art¨ªculos, muchos contradictorios
El presidente venezolano, Hugo Ch¨¢vez, la llama cari?osamente El Muchachito. Los cr¨ªticos de la nueva Constituci¨®n venezolana, cuya redacci¨®n final fue aprobada en la noche del jueves por la Asamblea Constituyente, son algo m¨¢s sarc¨¢sticos; para ellos es La Nueva Moribunda. La anterior (la Constituci¨®n de 1961), ya fallecida pol¨ªticamente en espera del refer¨¦dum popular del 15 de diciembre, fue enterrada por el chavismo, aupado al poder a trav¨¦s de las urnas, en diciembre de 1998, tras 40 a?os de bipartidismo y, seg¨²n denuncian sus seguidores, de saqueo de las arcas del Estado. La nueva Carta Magna es una amalgama de buenas intenciones, a veces progresistas, otras conservadoras, pero casi siempre contradictorias, desarrolladas en 395 art¨ªculos."La crisis de un pa¨ªs se presenta cuando algo est¨¢ muriendo y no termina de morir y, al mismo tiempo, cuando algo est¨¢ naciendo y no termina de nacer". Son declaraciones de Ch¨¢vez al diario argentino La Naci¨®n, publicadas el 16 de noviembre de 1999. Esa crisis qued¨® solucionada el jueves, cuando la Asamblea Nacional Constituyente -elegida el 25 de julio de 1999- alumbr¨® tras semanas de trabajo acelerado el texto de lo que posiblemente sea la Carta Magna m¨¢s larga, articulada y enrevesada del mundo.
El lirismo del que suele hacer gala Ch¨¢vez en sus discursos impregna la nueva Constituci¨®n desde el primer p¨¢rrafo: "El pueblo de Venezuela, inspirado por los poderes creadores y por los grandes sentimientos de amor necesarios para emprender todo proceso de cambio, representado por la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protecci¨®n de Dios y guiado por la doctrina y acci¨®n de Sim¨®n Bol¨ªvar, el Libertador...". En el largu¨ªsimo pre¨¢mbulo, que sigue enumerando intenciones, se reconoce la preexistencia de los pueblos ind¨ªgenas (a cuyos descendientes se otorga en el articulado posterior derechos y obligaciones, como a todo ciudadano, y se les reconoce como pueblo). Tambi¨¦n se define que el sistema pol¨ªtico de Venezuela es "una democracia social, participativa y protag¨®nica [palabra no admitida en el diccionario de la lengua]".
El art¨ªculo 10, dentro del t¨ªtulo II, es una pol¨¦mica declaraci¨®n, que afecta a las fronteras internacionalmente reconocidas: "El espacio geogr¨¢fico de la Rep¨²blica es el que correspond¨ªa a la Capitan¨ªa General de Venezuela antes de la transformaci¨®n pol¨ªtica iniciada el 19 de abril de 1810, con las determinaciones y modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad". Esta ¨²ltima frase es una clara referencia a Guyana ex brit¨¢nica -rica en mi-nerales-, sobre la que Venezuela reclama la soberan¨ªa de sus 2/3 partes (159.000 kil¨®metros cuadrados). ?sta es una reivindicaci¨®n hist¨®rica, de gran calado popular, que Ch¨¢vez se ha comprometido a resolver por medios pac¨ªficos a trav¨¦s de la ONU.
La Constituci¨®n es progresista en lo referente a la defensa y protecci¨®n de los derechos humanos (Cap¨ªtulo II, De los derechos individuales): proh¨ªbe expresamente la pena de muerte; la cadena perpetua o cualquier otra "pena infame"; proh¨ªbe asimismo a las autoridades del pa¨ªs "permitir o tolerar la desaparici¨®n forzada de personas" y el empleo de la tortura en cualesquiera de sus formas.
La Constituci¨®n chavista declara que los delitos de lesa humanidad no prescriben ni son amnistiables, en l¨ªnea con los tratados internacionales y la doctrina aprobada tras la II Guerra Mundial, y que ha llevado al ex dictador chileno Augusto Pinochet a perder su libertad, en espera de la conclusi¨®n del proceso de extradici¨®n a Espa?a. El mensaje es: no existe impunidad alguna para estos delitos. El articulado venezolano, a diferencia de otros, va m¨¢s lejos: "El Estado est¨¢ obligado a investigar y sancionar los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades".
La misma Constituci¨®n es, en cambio, conservadora en lo referente a la familia (aunque reconoce el derecho de los hijos naturales y equipara el matrimonio a las uniones de hecho) y de forma clara es conservadora en la cuesti¨®n del aborto. En una concesi¨®n a la Iglesia cat¨®lica local, los constituyentes han aprobado: "El derecho a la vida es, desde el momento de la concepci¨®n, inviolable". En un borrador anterior, ya olvidado, se otorgaba ese derecho a la vida tan s¨®lo a los nacidos, y no desde la concepci¨®n. Este cambio cierra, seg¨²n diversas organizaciones feministas, la futura regulaci¨®n del aborto. En la actualidad est¨¢ permitido el terap¨¦utico, y en casos muy limitados.
Pero los aspectos m¨¢s criticados de la Carta Magna, adem¨¢s de los art¨ªculos referidos a la libertad de informaci¨®n, son aquellos que regulan hasta el detalle la vida econ¨®mica del pa¨ªs y los que establecen la base de una democracia plebiscitaria (capacidad de destituir cargos electos por consulta popular) que, seg¨²n los opositores y desafectos del chavismo, facilita el nacimiento de un Gobierno autoritario. El recorte de funciones del Legislativo (una C¨¢mara de 160 diputados) y del Judicial (un Supremo con cinco salas), en detrimento de los nuevos poderes (el Ciudadano y el Electoral), preocupa a los partidos tradicionales (Acci¨®n Democr¨¢tica, socialdem¨®crata, y Copei, democristiano), descabalgados del futuro inmediato.
La excesiva puntillosidad en el cap¨ªtulo referido a las cuestiones sociales y econ¨®micas es, a juicio de los empresarios venezolanos, un grave error, pues, a su criterio, "crea un cors¨¦" legal que dificulta cualquier cambio, seg¨²n recoge la prensa venezolana.
La Carta Magna dice: "Toda persona tiene derecho al trabajo (...). El Estado promover¨¢, de conformidad a la ley, todas las acciones necesarias y apropiadas para garantizar el pleno empleo..." (Cap¨ªtulo V, Derechos sociales). El art¨ªculo 45 es de los m¨¢s intervencionistas: "La jornada de trabajo diurna no exceder¨¢ de ocho horas diarias ni de 44 horas semanales"; tambi¨¦n regula la jornada nocturna. Se proh¨ªben las horas extraordianrias obligatorias y se garantiza un salario m¨ªnimo a todos los trabajadores.
La patronal venezolana, agrupada en Fedec¨¢maras, ha calculado que esta reducci¨®n, por ley constitucional, de la semana laboral, representar¨¢ el 10% del Producto Interior Bruto (PIB). Este dato, unido a que la nueva Constituci¨®n garantiza el derecho a la sanidad universal y a la educaci¨®n, provoca perplejidad a los economistas. A Fedec¨¢maras no le salen ninguna de sus cuentas: la Constituci¨®n garantiza un incremento del gasto p¨²blico en un pa¨ªs sumido en una recesi¨®n y sin capacidad de maniobra a medio plazo. La cifras son inapelables: la ca¨ªda del PIB en los tres primeros trimestres de 1999 supera el 9%, la inflaci¨®n tiene dos d¨ªgitos y el desempleo oficioso alcanza el 22%. No hay dinero para cumplir con una Carta Magna que muchos tildan de simple oferta electoral. ?Y despu¨¦s de las elecciones qu¨¦?
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