Los j¨®venes de 16 a 18 a?os que cometan delitos graves ser¨¢n internados hasta 5 a?os La
Ley Penal del Menor, aprobada por el Congreso, deja impunes a los ni?os de menos de 14 a?os
El pleno del Congreso de los Diputados aprob¨® ayer definitivamente la Ley Org¨¢nica Reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor, que prev¨¦ como sanci¨®n m¨¢xima el internamiento en centro cerrado de uno a cinco a?os de los j¨®venes de 16 a 18 a?os que cometan acciones de extrema gravedad, entre ellas las terroristas. Esta medida, complementada con hasta cinco a?os de libertad vigilada, es una de las 13, fundamentalmente de car¨¢cter reeducativo, que permite imponer la nueva ley penal para ni?os de 14 a 18 a?os. Los de 13 o menos a?os ser¨¢n impunes.
La votaci¨®n global de la ley, por su car¨¢cter de org¨¢nica, super¨® con creces el m¨ªnimo de 176 votos afirmativos, ya que obtuvo 198 (PP, CiU, CC, IU y PNV) frente a 8 en contra del Grupo Mixto y 138 abstenciones (PSOE).Las enmiendas introducidas por el PP en el Senado motivaron algunas de las reticencias parlamentarias de ayer a un proyecto de ley bien acogido por los expertos e informado favorablemente en su d¨ªa por el Consejo General del Poder Judicial, que entre las escasas cr¨ªticas, plante¨® que el m¨¢ximo de internamiento de los menores se redujera a tres a?os.
El socialista ?lvaro Cuesta critic¨® de la ley la falta de "un sustento pr¨¢ctico para poder aplicarla", ya que los 4.000 millones de pesetas previstos es una dotaci¨®n inferior al coste cuantificado por algunas comunidades aut¨®nomas. Cuesta advirti¨® tambi¨¦n de que la ley requiere 130 nuevos fiscales, que no han sido previstos.
Fuentes del Ministerio de Justicia informaron, en cambio, que dado que la ley no entrar¨¢ en vigor hasta un a?o despu¨¦s de su publicaci¨®n en el Bolet¨ªn oficial del Estado, durante ese periodo se tomar¨¢n las medidas adecuadas para dotar de los necesarios magistrados, fiscales, funcionarios y t¨¦cnicos especializados en menores.
La diputada del PNV Margarita Ur¨ªa lament¨® el paso atr¨¢s dado en el Senado, al introducir una enmienda que reduce la aplicaci¨®n de la ley. El texto anterior facultaba al juez para que aplicara la ley a los j¨®venes de entre 18 y 21 a?os, mientras que en el texto final tal facultad excluye a los infractores de 18 a 21 a?os cuando el delito se haya cometido con violencia o intimidaci¨®n en las personas o con grave peligro para la vida o integridad f¨ªsica de aquellas.
Por su parte, Pablo Castellano, por IU, critic¨® toda la filosof¨ªa de la ley, porque "supone un juicio penal a los menores", cuando los ni?os no deben ser imputables penalmente.
Mar¨ªa Bernarda Barrios, del PP, contest¨® que la ley se basa precisamente en la reeducaci¨®n y reinserci¨®n del menor y record¨® a los socialistas que no fueron capaces de elaborar esta ley.
Aparte de las 13 medidas que prev¨¦ la ley (ver cuadro adjunto), he aqu¨ª varias de las novedades de la nueva regulaci¨®n:
- Pagar¨¢n los padres.
Los padres, tutores y guardadores legales o de hecho de los menores estar¨¢n obligados tambi¨¦n a resarcir los da?os y perjuicios ocasionados por el menor, si bien el juez podr¨¢ moderar esa responsabilidad cuando aquellos no hubieren favorecido la conducta del menor con negligencia grave.
- Internamientos excepcionales.
Las medidas de internamiento se reservan s¨®lo para los casos de mayor peligrosidad, como cuando se use la violencia o la intimidaci¨®n o se ponga en peligro a las personas. El internamiento durante un m¨¢ximo de cinco a?os, complementado con un m¨¢ximo de otros cinco a?os de libertad vigilada, s¨®lo podr¨¢ imponerse a los j¨®venes desde los 16 a?os, por conductas de extrema gravedad, incluidos los delitos de terrorismo o relacionados con ellos.
- Centros adecuados.
Los centros de internamiento ser¨¢n espec¨ªficos para menores y, por lo tanto, diferentes de los establecidos en la legislaci¨®n penitenciaria para los mayores de edad. Seg¨²n fuentes de Justicia, en esos centros se dispondr¨¢ de un ambiente adecuado a la edad y condiciones de los menores y se favorecer¨¢n los v¨ªnculos sociales y el contacto con familiares y allegados.
- Juicios no p¨²blicos.
Entre las garant¨ªas que establece la ley para proteger al menor figura la prohibici¨®n de que los juicios sean p¨²blicos, as¨ª como de que se divulgue la identificaci¨®n o imagen del menor.
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