Derechos y legalidad: o en serio, o en riesgo
Kohl ha pasado en fechas recientes a engrosar la lista de hombres p¨²blicos de primer nivel que pone de manifiesto con sus actos el peculiar sentido de la legalidad que se expresa en los fen¨®menos de corrupci¨®n. Tambi¨¦n en el estadista alem¨¢n retirado se ha hecho presente el pol¨ªtico legibus solutus, esto es, por encima de las reglas del pacto, pensadas (por ¨¦l y por quienes como ¨¦l act¨²an) solamente para los dem¨¢s. Casi al mismo tiempo, Yeltsin -el ruso no es un escenario para medias tintas- recib¨ªa carta de impunidad (pues de eso se trata) de su sucesor. Es decir, en este supuesto, se formalizaba con luz y taqu¨ªgrafos lo que tantas veces ha operado -"hoy por ti ma?ana por m¨ª"- desde la base del contrato no escrito del traspaso de los trastos de la gobernaci¨®n.Pero no para ah¨ª la cosa. Un titular de prensa informa ahora de que Chirac, aunque habr¨ªa materia, "no es penalmente responsable" por imperativo constitucional, debido a que el cargo le blinda frente a eventuales acciones judiciales. S¨ª parece serlo Jupp¨¦, despu¨¦s de que, en 1995 (cfr. EL PA?S de 12 de octubre de ese a?o) el fiscal de Par¨ªs, no obstante contar con abrumadores indicios de criminalidad contra ¨¦l, en uso del criterio de oportunidad, hubiera decidido no proceder. Y sabemos asimismo que, en Israel, el presidente Weizman es ahora objeto de una investigaci¨®n por evasi¨®n fiscal.
El hilo conductor de todos estos supuestos odiosos est¨¢ trenzado de dinero sucio: una buena parte, en el caso de Kohl, procedente -todo un paradigma- del comercio de armas; dinero que, al fin, suele perderse en oscuras cuentas de partido y en otras cuentas. En el de Weizman la cuenta ser¨ªa personal. Aunque la verdad ?qu¨¦ m¨¢s da? O, dicho con m¨¢s propiedad, ?qu¨¦ ser¨¢ peor y m¨¢s destructivo, el il¨ªcito individual o el il¨ªcito de partido, la compraventa del pol¨ªtico individual o la del pol¨ªtico colectivo? Sobre todo si se est¨¢ al papel constitucional, esencial e irremplazable, del partido pol¨ªtico en nuestras democracias.
Hay alguna tendencia a restar importancia a estas modalidades de ilegalidad cuando son delictivas, como si formaran un cap¨ªtulo aparte de la delincuencia com¨²n. Pero no es as¨ª, porque ninguna diferencia ontol¨®gica la separa de ¨¦sta y, adem¨¢s, porque, en todo caso, ambas suelen ir de la mano, incluso se presuponen y necesitan rec¨ªprocamente. En efecto, hay trabajos, sobre todo, los de captaci¨®n y manejo de los fondos negros, que precisan de expertos en negocios poco limpios; que de esa manera indirecta resultan -se quiera o no se quiera- incorporados a la gesti¨®n de la parte sumergida de la pol¨ªtica en acto, cuya importancia es realmente no desde?able. Y aunque las acciones concretas -seg¨²n su naturaleza y el rango y papel del sujeto activo- puedan producir una diversidad de figuras antijur¨ªdicas de desigual gravedad penal, dada la esencial homogeneidad negativa de todas ellas y su estrecha interimplicaci¨®n, al final del c¨ªrculo -vicioso donde los haya- resulta francamente indiferente que las mismas se encuentren catalogadas en una u otra regi¨®n del C¨®digo Penal.
Hubo un momento, cuando comenz¨® a menudear la irrupci¨®n de esta clase de vicisitudes en el circuito judicial, en que cupo pensar con ingenuidad comprensible que podr¨ªan estar comenzando a darse las condiciones para un cambio de situaci¨®n. Para una progresiva dignificaci¨®n de la vida p¨²blica, por la entrada en actividad de toda la constelaci¨®n de mecanismos de control (del parlamentario a los propios de los aparatos administrativos) en buena medida desactivados y, a veces, fuera de uso; y quiz¨¢ susceptibles de rehabilitaci¨®n -"a la fuerza ahorcan"- bajo la presi¨®n del esc¨¢ndalo producido por la m¨¢s que ocasional emergencia de tales aparatosas formas de ilegalidad criminal.
Pero la verdad es que de eso nada, es decir, nada relevante, ha ocurrido. Alguna concesi¨®n circunstancial, por lo general asociada a momentos preelectorales, pero ninguna revitalizaci¨®n seria de los presupuestos estructurales y org¨¢nicos del imperio de la ley en aquellos lugares institucionales en que su vigencia real ha demostrado hallarse tan comprometida. Peor a¨²n, en su lugar, la demonizaci¨®n de los conductores de las actuaciones judiciales y de las actuaciones judiciales mismas, con la contrapartida frecuente de la exaltaci¨®n de los procesados y condenados a la pat¨¦tica e in¨¦dita condici¨®n de h¨¦roes civiles. Hasta llegar, como en el caso de Craxi, a una suerte de obscena beatificaci¨®n.
Mientras, en el lugar de la seria pol¨ªtica de las reformas y de la profundizaci¨®n de las cautelas constitucionales y legales del ejercicio del poder que tanta falta hacen, la proclamaci¨®n del arrepentimiento, como nueva categor¨ªa de la pol¨ªtica. Obviamente, s¨®lo como figura ret¨®rica, es decir, ni siquiera acompa?ado de los requisitos previstos por el viejo moralista para dar credibilidad a la invocaci¨®n de la rancia instituci¨®n penitencial.
Y todav¨ªa m¨¢s, en algunos proyectos, de los que el de Berlusconi es todo un modelo (al parecer, contagioso), se sugiere que el problema no est¨¢ en la crisis de la legalidad en la actuaci¨®n de los actores p¨²blicos, sino en el exceso de legalidad -y, como consecuencia, de jurisdicci¨®n- en el vigente modelo de Estado. El derecho ser¨ªa una traba para el recto sentido (el managerial) de la pol¨ªtica, que tiene su referente m¨¢s significativo en el poderoso due?o de la empresa que se hizo Estado. Y que ahora vuelve a intentarlo, no sin posibilidades: as¨ª est¨¢n las cosas. Poco bien, si se tiene en cuenta que lo mejor del actual constitucionalismo, el que se tratar¨ªa de desmantelar, despeg¨® precisamente en Italia y, no por casualidad, tras la derrota del fascismo.
El argumento, a pesar de la notable falta de rigor y de los elocuentes resultados de la prueba de los hechos, hace fortuna, sobre todo entre los damnificados por el moderado ocasional retorno de la legalidad en serio que ha supuesto la exigencia de responsabilidades, generalmente de C¨®digo Penal, en algunos casos. Pero es un argumento ciertamente pobre, pues, en marcos constitucionales como los que rigen en nuestros pa¨ªses, el ¨²nico l¨ªmite impuesto a la pol¨ªtica legislativa es el representado por el respeto de los derechos fundamentales; y, en el caso de la actividad pol¨ªtico-administrativa, este mismo y el de la ley, la penal en ¨²ltimo extremo. As¨ª, entre lo indiferente para el derecho y lo directamente inconstitucional, ilegal o delictivo, no se dir¨¢ que no existe un campo de actuaci¨®n realmente inmenso para la gesti¨®n de la polis.
Por otra parte, sugerir del poder judicial que podr¨ªa estar siendo o haber sido abusivamente invasivo en los sangrantes casos de referencia, es tambi¨¦n algo que no se sostiene. Primero, porque aqu¨¦l no sale por s¨ª mismo a buscar los casos. Y, sobre todo, porque bastar¨ªa -que no es mucho pedir a sus responsables- con que la tasa de ilegalidad e ilegalidad criminal decreciera en ciertos ¨¢mbitos, para mantener a los jueces y a los fiscales administrando una justicia menos problem¨¢tica, con beneficio sobre todo para el justiciable de a pie, que ganar¨ªa tiempo y dinero.
Junto al argumento de demasiado derecho, se maneja tambi¨¦n,
Viene de la p¨¢gina anterior
cada vez m¨¢s, el de demasiados derechos, y demasiado r¨ªgidos, en nuestras constituciones, se entiende. Lo que estar¨ªa representando una suerte de hipoteca para las mayor¨ªas que, sin haber votado aquellos textos, tienen que vivir bajo su imperio; en la pr¨¢ctica, la verdad, bastante tenue. De todas formas la experiencia demuestra que cada generaci¨®n recibe en herencia alguna hipoteca y que la representada por el otro polo de la alternativa, el de un constitucionalismo d¨¦bil y pobre de contenidos, con todas sus consecuencias, ser¨ªa, con seguridad, bastante m¨¢s gravosa para la inmensa mayor¨ªa.
En la materia hay hoy buenas razones para no dormirse, e incluso, me atrever¨ªa a decir, para no dormir. Basta pensar que ya en la actualidad forman parte de nuestro entorno europeo -junto a las pol¨ªticas reductivas en curso- iniciativas tan elocuentes como las referendarias suscritas en Italia por el partido de Panella y Bonino, que se resuelven en la propuesta de supresi¨®n de algunos derechos fundamentales, que lo son, sobre todo, para los sujetos m¨¢s d¨¦biles. Se trata de la cancelaci¨®n de garant¨ªas elementales de los derechos de los trabajadores, y de los derechos sociales. En concreto, el lanzamiento directo del trabajo como mercanc¨ªa tout court al mercado y la eliminaci¨®n de la sanidad p¨²blica y de las pensiones, en beneficio de las aseguradoras privadas.
Dados los actuales ritmos y prioridades de la pol¨ªtica dir¨ªase que no hay espacio en la agenda para prestar a estas cuestiones y a sus vicisitudes una atenci¨®n de la profundidad que merecen; quiz¨¢ porque su calado exige compromisos y perspectivas m¨¢s que de legislatura. Pero lo cierto es que la propia pol¨ªtica padece hoy una carga de deslegitimaci¨®n, de grav¨ªsimas consecuencias para todos, que no me parece descabellado asociar a ese desentendimiento.
Perfecto Andr¨¦s Ib¨¢?ez es magistrado.
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