La Audiencia vizca¨ªna absuelve a dos dirigentes de LAB y multa a un tercero por desobediencia a la Ertzaintza
La Audiencia Provincial de Vizcaya ha absuelto a tres dirigentes de LAB de los delitos de desobediencia, resistencia a la Ertzaintza y de una falta de insultos a los agentes, respectivamente, y s¨®lo condena a uno de ellos, Domingo Lorca, responsable de Acci¨®n Sindical, al pago de una multa de 2.000 pesetas por una falta de desobediencia.La resoluci¨®n desestima la petici¨®n del fiscal, que solicitaba ocho meses de c¨¢rcel para Lorca por desobediencia a la autoridad y otros tantos para Txutxi Ariznabarreta por resistencia, as¨ª como una multa de 20.000 pesetas para Itziar Lopategi, por insultos. La Secci¨®n Segunda vio el caso el pasado enero.
Los hechos de los que son absueltos los tres dirigentes del sindicato abertzale tienen relaci¨®n con los incidentes registrados el 7 de febrero de 1997 durante una protesta delante del Palacio de Justicia de Bilbao contra la detenci¨®n de la Mesa Nacional de Herri Batasuna. El tribunal desea "aclarar desde un pimer momento" que, salvo en el caso de Lorca, los agentes de la Ertzaintza que intervinieron en los hechos "han sido incapaces de poder ratificar la presencia" de los acusados en el lugar. La sentencia reconoce que identificar a los mismos fue posible gracias a las im¨¢genes captadas por las c¨¢maras de seguridad del propio Palacio de Justicia.
"Las tan mencionadas im¨¢genes", han servido para acreditar que Lorca se neg¨® ante la Ertzaintza a identificarse, tal y como le imput¨® el fiscal. Sin embargo, estima que la desobediencia s¨®lo fue en calidad de responsable de la concentraci¨®n, no a t¨ªtulo personal. Resalta que una interpretaci¨®n constitucional lleva a que la identificaci¨®n policial debe ser "racional, adecuada y pertinente (...) sin abrir espacios inmunes que permitan detenciones encubiertas".
Por lo que se refiere a la acusaci¨®n contra Ariznabarrena de obstaculizar la detenci¨®n de Lorca, los magistrados consideran que "falla un previo como que es que la detenci¨®n era improcedente", por lo que le absuelve. Tambi¨¦n absuelve a Lopategi de la falta de insultos, aunque tenga "la vehemente sospecha de que ciertamente pudo insultar a los agentes", pero ¨¦stos no pudieron "ni siquiera ratificar" su presencia en el lugar de los hechos.
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